Acuerdo N° 000154-2022-GR-LL/CR. Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Chepén
Fecha de publicación | 21 Octubre 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Trujillo, 29 de septiembre de 2022
El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad en Sesión Ordinaria de fecha 28 de septiembre del 2022 y continuada de fecha 29 de septiembre del 2022; VISTO Y DEBATIDO el expediente administrativo que contiene el Dictamen Nº 079 -2022-GRLL-CR/COMPLAN de fecha 16 de septiembre de 2022 y la propuesta de acuerdo regional relativo a la transferencia Financiera a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPÉN, hasta por la suma de DOCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES (S/ 12,922,799.00), destinados al cofinanciamiento de la ejecución del proyecto, con CUI N° 2334369 DENOMINADO ““MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE RIEGO DEL CANAL DE LURIFICO, TRAMOS CRITICOS DESDE CHEPEN ALTO HASTA LURIFICO, DISTRITO DE CHEPEN, PROVINCIA DE CHEPEN - LA LIBERTAD”, los cuales no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, y ;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios;
Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, el literal l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias financieras permitidas durante el Año Fiscal 2022 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado;
Que, complementariamente a lo referido párrafo precedente, el numeral 16.2 de la disposición antes indicada, precisa: “Las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el...
El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad en Sesión Ordinaria de fecha 28 de septiembre del 2022 y continuada de fecha 29 de septiembre del 2022; VISTO Y DEBATIDO el expediente administrativo que contiene el Dictamen Nº 079 -2022-GRLL-CR/COMPLAN de fecha 16 de septiembre de 2022 y la propuesta de acuerdo regional relativo a la transferencia Financiera a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPÉN, hasta por la suma de DOCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES (S/ 12,922,799.00), destinados al cofinanciamiento de la ejecución del proyecto, con CUI N° 2334369 DENOMINADO ““MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE RIEGO DEL CANAL DE LURIFICO, TRAMOS CRITICOS DESDE CHEPEN ALTO HASTA LURIFICO, DISTRITO DE CHEPEN, PROVINCIA DE CHEPEN - LA LIBERTAD”, los cuales no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, y ;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios;
Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”;
Que, el literal l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, respecto a las transferencias financieras permitidas durante el Año Fiscal 2022 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, y de desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2022, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado;
Que, complementariamente a lo referido párrafo precedente, el numeral 16.2 de la disposición antes indicada, precisa: “Las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el...
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