ACUERDO N° 000034 - Declaran de prioridad e interés regional el proceso de creación de la Provincia de Ventanilla en la Provincia Constitucional del Callao

Fecha de disposición20 Mayo 2015
Fecha de publicación20 Mayo 2015
El Peruano
Miércoles 20 de mayo de 2015 552931
CM-MDS de la Comisión de Seguridad Ciudadana y
Asuntos Legales, Memorándum Nº 040-2015-GM-MDS
de fecha 13 de marzo de 2015 de la Gerencia Municipal,
Informe Nº 086-2015-GAJ-MDS de fecha 23 de marzo de
2015 de la Gerencia de Asesoría Jurídica e Informe Nº
10-2015-GSC-MDS de fecha 06 de marzo de 2015 de la
Gerencia de Seguridad Ciudadana, respecto del proyecto
de Ordenanza que aprueba el Plan Local de Seguridad
Ciudadana 2015; y,
CONSIDERANDO:
Perú establece que las municipalidades provinciales
y distritales son los órganos de gobierno local con
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia. De igual modo, el artículo
II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, prescribe que la autonomía que
la Carta Magna establece para las municipalidades
radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, según el artículo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972,
le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modif‌i car o
derogar las ordenanzas;
Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema
funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las
políticas públicas que orientan la intervención del Estado
en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la
tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías
individuales y sociales a nivel nacional a f‌i n de generar
paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y
libertades;
Que, según el artículo 8º del Decreto Supremo Nº
011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº
27933, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana
(CODISEC) son uno de los componentes del mencionado
Sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación
y elaboración de políticas, planes, programas, directivas
y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el
ámbito distrital; son presididas por el Alcalde Distrital de la
jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaría Técnica en
la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente;
Que, de igual modo según el artículo 30º del citado
Reglamento, son funciones de la Secretaría Técnica, entre
otras, presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad
Ciudadana al CODISEC para su aprobación, además
de presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al
Concejo Municipal distrital, para su ratif‌i cación mediante
ordenanza;
Que en Sesión Ordinaria del Comité de Seguridad
Ciudadana de Surquillo, de fecha 15 de enero de 2015,
se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015;
el mismo que se encuentra alineado a los objetivos del
Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al año 2021, Plan
Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, Plan de
Desarrollo Concertado Distrital de Surquillo 2005-2015 y
Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad distrital
de Surquillo 2011-2015, por lo cual debe aprobarse por
parte del Concejo Municipal;
Que, el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015
presentado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana,
aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana
de Surquillo, corresponde ser puesto a conocimiento del
Concejo Municipal para los efectos legales respectivos;
estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el artículo 9º numeral 8, y artículo 40º
el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con
dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó lo
siguiente:
ORDENANZA
QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD
CIUDADANA 2015
Artículo 1º.- Ratif‌i car el Plan Local de Seguridad
Ciudadana 2015, aprobado por el Comité Distrital de
Seguridad Ciudadana de Surquillo según acta de fecha
15 de enero de 2015, en cumplimiento de lo establecido
en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de
Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable,
de conformidad a las consideraciones expuestas en la
presente Ordenanza.
Artículo 2º.- Precisar que el Plan ratif‌i cado en virtud
del artículo precedente, como anexo adjunto, forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Seguridad
Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza; a
la Secretaría General su publicación en el diario of‌i cial El
Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen
Institucional su publicación en el Portal Institucional (www.
munisurquillo.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES
Alcalde
1238641-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Ratifican la Ordenanza Municipal N° 19-
2014-MDV, que modifica el TUPA de la
Municipalidad Distrital de Ventanilla
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 126-2014
Callao, 26 de diciembre de 2014
El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL
CALLAO, visto el Dictamen Nº 86-2014-MPC/SR-CAM
de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria
celebrada en la fecha, con el voto UNANIME del Cuerpo
de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al
Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972
y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por
Ordenanza Municipal Nº 000034-2004;
CONSIDERANDO:
en el artículo 40 tercer párrafo señala que las ordenanzas
en materia tributaria expedidas por las municipalidades
distritales deben ser ratif‌i cadas por las municipalidades
provinciales de su circunscripción para su vigencia;
Que, la Ordenanza Municipal Nº 019-2014 del 26 de
agosto de 2014 aprueba el procedimiento de ratif‌i cación
de ordenanzas distritales en el ámbito de la Provincia
Constitucional del Callao en el artículo 7 numeral
7.2, señala los requisitos aplicables a la ratif‌i cación
de ordenanzas que aprueban arbitrios municipales,
procedimiento con actualización de Índice de Precios al
Consumidor-IPC;
Que, mediante el Of‌i cio Nº 2255-2014 MDV-GLySM la
Municipalidad Distrital de Ventanilla remite la Ordenanza
Municipal Nº 19-2014/MDV del 13 de noviembre de
2014 que Modif‌i ca el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de
Ventanilla referente a los procedimientos administrativos
correspondientes a la Gerencia de Desarrollo Urbana
numerados del 6.01 al 6.86 y la documentación que
sustenta la solicitud de ratif‌i cación al amparo de lo
dispuesto por el artículo 40 de la Ley 27972, Ley Orgánica
Que, el presente Acuerdo tiene como antecedentes
los siguientes: Memorando Nº 1504-2014-MPC-GGPPR
de la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto
y Racionalización que remite el Informe Nº 79-2014-
MPC/GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalización que
opina favorablemente a la ratif‌i cación de la Ordenanza
Municipal Nº19-2014/MDV del 13 de noviembre de 2014,
remitida por la Municipalidad Distrital de Ventanilla y el
Memorando Nº 700-2014-MPC-GGAJC de la Gerencia

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