ACUERDO, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERUY EL GOBIERNO.........................., CONVENIOS INTERNACIONALES, RELACIONES EXTERIORES - “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa relativo a la explotación de un sistema satelital óptico de observación de la Tierra de resolución submétrica”-ACUERDO-ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERUY EL GOBIERNO..........................

Fecha de disposición23 Junio 2016
Fecha de publicación23 Junio 2016
590553
NORMAS LEGALES
Jueves 23 de junio de 2016
El Peruano
/
Que, mediante Informe Legal Nº039-2016-OAJ-MDP/
RDTP, el asesor legal señala que resulta importante y
conveniente la participación de la alcaldesa en el evento
organizado por la Universidad Internacional de la Florida,
ya que permitirá dar a conocer el esfuerzo constante que
realiza la máxima autoridad edil en materia de medio
ambiente;
Que, los gastos que irroguen el viaje de la alcaldesa
serán cubiertos en su totalidad por la Universidad
Internacional de la Florida;
Que, la Ley Nº27619 regula la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionario públicos y el Decreto
Supremo Nº47-2002-PCM que aprueba el reglamento sobre
autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios
públicos en su artículo 2 establece que “la autorización de
viajes al exterior de la republica estrictamente necesarios,
serán debidamente sustentada en el interés nacional o en el
interés especíco de la institución;
Que, estando a lo informado por la ocina de asesoría
jurídica y de conformidad con el artículo 9 numeral 11 de
la Ley 27972, el pleno del consejo municipal aprueba por
unanimidad lo siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la titular
del pliego señora SONIA RUTH ALMEIDA VASQUEZ –
Alcaldesa del Distrito de Pebas, a la ciudad de Miami –
Florida de Estados Unidos de América, para participar en
XXII Conferencia Interamericana y Autoridades Locales
a realizarse del 13 al 16 de Junio en el hotel Hilton
Downtown, organizado por la Universidad Internacional
de la Florida y el Banco Mundial.
Artículo Segundo.- Encargar a la señora regidora
SIENA MARICELA PEREZ FLORES el despacho de
alcaldía, en tanto dure la ausencia de la titular.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal
la publicación del presente acuerdo en el diario ocial El
Peruano y la Secretaria General en los demás medios locales.
POR TANTO:
Mande se registre, comunique, publique y cumpla.
SONIA RUTH ALMEIDA VASQUEZ
Alcaldesa
1395757-1
CONVENIOS INTERNACIONALES
“Acuerdo entre el Gobierno de la República
del Perú y el Gobierno de la República
Francesa relativo a la explotación de un
sistema satelital óptico de observación de
la Tierra de resolución submétrica”
ACUERDO ENTRE
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ
Y
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FRANCESA
RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DE UN SISTEMA
SATELITAL ÓPTICO DE OBSERVACIÓN DE LA
TIERRA DE RESOLUCIÓN SUBMÉTRICA
El Gobierno de la República del Perú
y
El Gobierno de la República Francesa
Denominados en adelante la “Parte peruana” y
la “Parte francesa” respectivamente, y “las Partes”
conjuntamente,
Considerando el Tratado sobre los principios
que deben regir las actividades de los Estados en la
exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso
la Luna y otros cuerpos celestes, abierto a la rma el 27
de enero de 1967, el Convenio sobre la responsabilidad
internacional por daños causados por objetos espaciales,
abierto a la rma el 29 de marzo de 1972, el Acuerdo
sobre el salvamento y la devolución de astronautas y la
restitución de objetos lanzados al espacio ultraterrestre,
abierto a la rma el 22 de abril de 1968, y el Convenio sobre
el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre,
abierto a la rma el 14 de enero de 1975, de los que son
Partes la República del Perú y la República Francesa;
Considerando el Acuerdo relativo a la adquisición de
un sistema satelital óptico de observación de la Tierra de
resolución submétrica entre el Gobierno de la República
del Perú y el Gobierno de la República Francesa, rmado
en Lima el 24 de abril de 2014, y en vigor desde el 21 de
octubre de 2014;
Han acordado lo siguiente:
Artículo 1. Objeto
El presente Acuerdo tiene por objeto estipular los
principios relativos a la explotación por la Parte peruana
de un Sistema satelital óptico de observación de la Tierra
de resolución submétrica de origen francés.
Artículo 2. Deniciones
A los efectos del presente Acuerdo, se aplican los
siguientes términos y deniciones:
a) Sistema: sistema satelital óptico de observación de la
Tierra de resolución submétrica compuesto por un satélite
óptico de resolución submétrica y por un segmento de tierra
para las funciones de control, programación, recepción,
producción, procesamiento, archivo y difusión de datos.
b) Organismos encargados de la aplicación:
organismos designados por cada una de las Partes en
virtud del Artículo 4 para la aplicación y ejecución de lo
dispuesto en el presente Acuerdo.
c) Tercera parte: persona física o jurídica que no es
parte del presente Acuerdo.
d) Autorización de exportación: autorización ocial
de la Parte francesa para la exportación del Sistema a la
Parte peruana.
e) Datos: datos procedentes del satélite, sin
transformarlos (datos primarios) o procesados por el
Sistema (productos imágenes).
f) Procesamiento de datos: conversión de los datos
primarios recibidos directamente del satélite para elaborar
productos imágenes.
g) Producto imagen: producto obtenido a partir de los
datos procesados por el Sistema.
h) Explotación del Sistema: conjunto de acciones
relativas al control del satélite, la programación de la
captura de imágenes, la recepción y el procesamiento de
datos.
i) Programación: preparación del plan de captura de
imágenes y programación del satélite para la aplicación
de este plan a bordo del satélite.
j) Difusión: distribución a terceras partes de los datos
primarios o de los productos imágenes procesados en el
segmento de tierra.
k) Medidas de restricción: limitaciones aplicables a la
captura de imágenes, a la recolección y a la difusión de
datos procedentes del Sistema.
l) Uso gubernamental: utilización por parte de una
institución pública de la Parte peruana.

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