ACUERDO N° 070-2012-G.R.PASCO/CR - Modifican el Artículo Segundo del Acuerdo N° 053-2012-G.R. PASCO

Fecha de disposición05 Septiembre 2012
Fecha de publicación05 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 5 de setiembre de 2012 473989
f) Promover y desarrollar la investigación sobre
accidentes de tránsito.
g) Promover y coordinar la mejora de los sistemas de
atención y/o rescate de heridos producidos por colisiones
viales.
h) Coordinar el trabajo de las Organizaciones que
participan en acciones de Seguridad Vial.
i) Impulsar la mejora de los procedimientos de
evaluación para la obtención de licencias de conducir.
j) Aprobar el Reglamento Interno del Consejo Regional
de Seguridad Vial.
k) Impulsar la implementación de Programas de
Educación, Sensibilización u otros que contribuyan a la
conformación de una cultura vial.
Artículo Cuarto.- Son funciones de la Secretaría
Técnica:
a) Ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional de
Seguridad Vial de la Región Ica.
b) Coordinar con las diversas Instituciones públicas y
privadas, relacionadas a la problemática de la Seguridad
Vial en la Región, a f‌i n de proponer acciones al Consejo
Regional de Seguridad Vial.
c) Elaborar y proponer el Reglamento Interno del
Consejo Regional de Seguridad Vial, para su aprobación.
d) Implementar e impulsar Programas de educación,
sensibilización y difusión, buscando despertar en el
público usuario una cultura vial como medio de instinto de
autoprotección y prevención además de combatir a través
de los medios de difusión masiva las causas que generan
las colisiones viales.
e) Promover y desarrollar investigación en materia de
seguridad vial.
f) Supervisar el correcto acondicionamiento de
infraestructura vial; semaforización y señalización vertical
y horizontal, dispositivos de contención, u otros;
g) Elaborar los Planes Regionales de Seguridad Vial y
los Planes anuales de trabajo elaborados por los Consejos
Regionales de Seguridad Vial, dando cuenta.
h) Celebrar convenios con Entidades Públicas y
Privadas, nacionales y extranjeras para la realización de
acciones que contribuyan a los f‌i nes del Consejo Regional
de Seguridad Vial.
i) Promover y organizar eventos de capacitación en
seguridad vial, tales como: talleres, cursos, congresos u
otros, así como la realización de campañas que promuevan
la seguridad vial.
j) Propiciar reuniones participativas con todas las
entidades miembros y otras entidades especializadas, para
entablar enfoque de análisis y consensos con propuestas
para elaborar el Plan Regional de Seguridad Vial y puesta
en ejecución con la coordinación y asesoramiento del
Consejo Nacional de Seguridad Vial.
k) Fortalecer el accionar de las inspecciones de
transporte del servicio interprovincial, urbano e interurbano
de transporte Terrestre de Pasajeros así como el accionar
de los miembros de la Policía Nacional, para un mejor
control y f‌i scalización en salvaguarda de la integridad
física de los pasajeros.
l) Ejecutar las acciones de monitoreo y seguimiento de
los acuerdos adoptados por las Entidades Miembros.
m) Otras facultades delegadas por el CRSV REGION
ICA y el ente rector de carácter nacional.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General
Regional; la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; la Gerencia
Regional de Infraestructura y la Dirección Regional de
Transportes y Comunicaciones, para que brinden el apoyo
prioritario para el cumplimiento de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Sexto.- DERÓGUESE la Ordenanza
Regional Nº 0014-2004-GORE-ICA de fecha
24/09/2004, y la Ordenanza Regional Nº 0003-2007-
GORE-ICA de fecha 07/03/2007; y todas las demás
disposiciones legales y administrativas que se opongan
a lo dispuesto en la presente Ordenanza, en el marco
de las atribuciones legales y jurisdicción del Gobierno
Regional de Ica.
Artículo Séptimo.- PUBLICAR la presente Ordenanza
Regional en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal del
Gobierno Regional de Ica, de conformidad a lo dispuesto
por el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales.
Comuníquese al señor Presidente Regional de Ica,
para su promulgación.
JOSÉ MARÍA ECHAÍZ CLAROS
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
ALONSO ALBERTO NAVARRO CABANILLAS
Presidente Gobierno Regional de Ica
836192-1
GOBIERNO REGIONAL
DE PASCO
Modifican el Artículo Segundo del
Acuerdo Nº 053-2012-G.R. PASCO
CONSEJO REGIONAL
ACUERDO Nº 070-2012-G.R. PASCO/CR
Cerro de Pasco, 28 de agosto de 2012.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL
PASCO, en uso de las facultades establecidas por la
modif‌i catorias, en Sesión Extraordinaria del día veintisiete
de agosto del año dos mil doce, por unanimidad de los
presentes ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
de 1993, modif‌i cado por Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
Nº 27680, establece, que los Gobiernos Regionales
promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan
las inversiones, actividades y servicios públicos en
armonía con las políticas y planes nacionales y locales de
desarrollo;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º de la
modif‌i catorias: Los Gobiernos Regionales emanan de la
voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público,
con autonomía política, económica y administrativa en asuntos
de su competencia, constituyendo para su administración
económica y f‌i nanciera un Pliego Presupuestal; y la Ley de
Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783 tiene como
f‌i nalidad “El desarrollo integral, armónico y sostenible del
país, mediante la separación de competencias y funciones,
y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de
gobierno, en benef‌i cio de la población”;
Que, mediante ACUERDO Nº 053 – 2012 - G.R. PASCO/
CR, de fecha 13 de julio del 2012, se Autoriza el viaje en
comisión de servicios a las ciudades de Beijing y Shanghái
de la República Popular de China, al señor Presidente
Regional del Gobierno Regional de Pasco Ing. Klever U.
Meléndez Gamarra, con la f‌i nalidad de atender la invitación
de la Cámara de Comercio e Inversión Perú – China
(CCIPECHI), en la presentación las nuevas innovaciones
tecnológicas y los nuevos materiales de construcción
(aeropuerto, ferrocarril, planta de asfalto, parque industrial,
turismo) las cuales pueden ser de importancia para nuestra
Región; Dicho viaje debía realizarse entre los días 26 de
julio al 06 de agosto del año en curso;
Que, con OFICIO Nº 0536-2012-GRP/PRES, de fecha
24 de agosto de 2012, el Presidente Regional, debido a
que en la fecha solicitada y materia del ACUERDO Nº
053-2012-G.R.PASCO/CR, no se pudo concretizar el viaje
toda vez que la Agenda del Primer Ministro Chino estaba
ocupada, pero teniendo el visto bueno de que entre los
días 30 de agosto al 09 de setiembre puede ser recibido
y cumplir otra agendas más, solicita modif‌i car la fecha del
acuerdo asumido con la que autorizaban su viaje ;
Que, el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867,

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