ACUERDO Nº 075-2009-GR.CAJ-CR - Aceptan donación dineraria a favor del Gobierno Regional de Cajamarca

Fecha de disposición13 Enero 2010
Fecha de publicación13 Enero 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 13 de enero de 2010 411105
HA RESUELTO
1. Declarar FUNDADA la demanda de inconstitucionalidad
de autos; en consecuencia inconstitucional por la forma y por
el fondo la frase “previo acuerdo de la mitad más uno del
número de miembros del Congreso” contenida en el segundo
párrafo del artículo 25º del Reglamento del Congreso de la
República.
2. Recomendar que el Congreso de la República regule
el plazo máximo de suspensión temporal y la tramitación
preferencial, exclusiva y rápida del proceso penal en el que
se encuentran comprendidos los altos funcionarios a que
conforme a lo expresado en el fundamento 59 de la presente
sentencia.
3. Recomendar al Congreso de la República que realice
la reforma constitucional a que se ref‌i eren los fundamentos
44 y 49 de la presente sentencia.
Publíquese y notifíquese.
SS.
VERGARA GOTELLI
MESÍA RAMÍREZ
LANDA ARROYO
BEAUMONT CALLIRGOS
CALLE HAYEN
ETO CRUZ
ÁLVAREZ MIRANDA
444158-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE CAJAMARCA
Aceptan donación dineraria a favor del
Gobierno Regional de Cajamarca
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 075-2009-GR.CAJ-CR
Cajamarca, 29 de diciembre de 2009
El Consejo Regional del Gobierno Regional
Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 28 de
diciembre del año 2009; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen
Nº 002-2009-GR.CAJ-CR/COP-CODESO, evacuado por
las Comisiones Ordinarias de Planeamiento y Desarrollo
Social, referente a aceptar la donación dineraria por el
monto a S/. 2´700, 000.00 nuevos soles, proveniente de
la Cooperación Suiza-COSUDE, a favor del Gobierno
Regional Cajamarca, con el voto unánime del Pleno, y;
CONSIDERANDO:
- Que, la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, artículo 69º, ref‌i ere: “Las donaciones
dinerarias provenientes de instituciones nacionales o
internacionales, públicas o privadas, diferentes a las
provenientes de los convenios de cooperación técnica
no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del
Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso
de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en
el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente
donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha
Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán
publicados en el Diario Of‌i cial El Peruano, cuando el
monto de la donación supere las cinco (5) Unidades
Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores
a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se
publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días
hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la
entidad, bajo responsabilidad…”;
- Que, mediante Of‌i cio Nº 326-2009-APCI/DE, de
fecha 26 de octubre del año 2009, el Director Ejecutivo
Agencia Peruana de Cooperación Internacional, señor
Carlos Pando Sánchez, remite al Presidente del Gobierno
Regional Cajamarca, copia del Acuerdo relativo al
“Proyecto de Transferencia para Fortalecer la Gestión
Regional y Local en Agua y Saneamiento - PROPILAS”,
suscrito entre Perú y Suiza, en el cual el Gobierno
Regional de Cajamarca actúa como contraparte nacional.
Y copia de los compromisos asumidos por su Institución,
los mismos que son parte del Acuerdo, por lo que se
solicita que se coordinen las acciones que correspondan
para asegurar su ejecución oportuna, conforme al Plan
de Fase del Programa PROPILAS, durante el periodo de
ejecución indicado;
- Que, mediante Of‌i cio Nº 190-2009-GR.CAJ/DRVCS,
de fecha 20 de noviembre del año 2009, la Directora
Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
Ing. Julia Maritza Salas Berrospi, remite al Gerente
General Regional, el Resumen Ejecutivo del “Proyecto de
transferencia para fortalecer la gestión regional y local en
agua y saneamiento”, en el marco del Acuerdo bilateral
f‌i rmado entre la cooperación suiza y el Gobierno Peruano,
siendo contraparte el Gobierno Regional de Cajamarca, a
través de su Dirección Regional de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, como indica el artículo cuarto del referido
acuerdo. El mencionado proyecto ayudará a nuestra
gestión en la implementación de políticas públicas en
Agua y Saneamiento, así como del Plan Regional de
Saneamiento integral y la formulación de un programa
regional en Agua y Saneamiento. En tal sentido y siguiendo
el trámite administrativo correspondiente solicitó se tramite
la aceptación de la donación de parte de la cooperación
suiza y se incluya dentro del los actuados del mismo este
resumen ejecutivo del proceso, lo cual facilitará conocer el
contenido del documento de Plan de fase del proyecto;
- Que, mediante Of‌i cio Nº 2205-2009-GR.CAJ/GGR-
SG, de fecha 04 de diciembre del año 2009, la Secretaria
General, Abog. María Elena Paz Ravines, remite al
Presidente del Consejo Regional Cajamarca el Acuerdo
N° 02 del Directorio de Gerentes N° 018-2009- GR.CAJ/
DGR, referente a aprobar la pertinencia ref‌l ejada en la
solicitud de la Directora Regional de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, contenida en el Of‌i cio Nº 190-2009-
GR.CAJ/DRVCS, por el cual se acuerda por unanimidad
aprobar la pertinencia, ref‌l ejada en derivar al Consejo
Regional a f‌i n de que incluya en su agenda la aprobación
de la donación de DOS MILLONES SETECIENTOS MIL
CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´700,000.00) por
parte de la Cooperación Suiza — COSUDE, de acuerdo
al Proyecto de Transferencia para Fortalecer la Gestión
Regional y Local en Agua y Saneamiento;
- Que, mediante Of‌i cio Nº 646-2009-GR.CAJ/DRAJ,
de fecha 09 de diciembre del año 2009, el Director
Regional de Asesoría Jurídica, Dr. Pedro Cerdán
Urbina, remite al Presidente de la Comisión Ordinaria de
Planeamiento, Ing. Wilson Flores Castillo, el RESUMEN
EJECUTIVO: PROYECTO DE TRANSFERENCIA PARA
FORTALECER LA GESTIÓN REGIONAL Y LOCAL EN
AGUA Y SANEAMIENTO-2009-2010, con la opinión legal
sobre la Donación de DOS MILLONES SETECIENTOS
MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´700,000.00)
proveniente de la Cooperación Suiza-COSUDE, en
los términos siguientes: 1) Tratándose de la donación
referida, no existe ningún impedimento legal para su
aceptación; en todo caso si la Entidad no cumple con
aprobar la contrapartida requerida, COSUDE estará en el
derecho de solicitar la reversión de la suma donada. 2)
Al respecto, deberá observarse lo dispuesto por la parte
pertinente del Artículo 69° de la Ley N° 28411, Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto. 3) En este caso,
la donación tiene dos objetivos específ‌i cos: a) Apoyar al
Gobierno Regional de Cajamarca en el fortalecimiento
de capacidades de las diferentes dependencias que
tienen competencias en la gestión y temática de A y
S, y b) Apoyar al Gobierno Regional en la mejora al
acceso, calidad y sostenibilidad de los servicios de agua
y saneamiento con equidad y modelos de intervención
integral validados en el marco de las Políticas Públicas
Regionales y el Plan Regional de Saneamiento Integral.
4) Según la propuesta de Convenio, el Gobierno Regional
Cajamarca debe aportar como contrapartida al Proyecto
Piloto de Agua Potable y Saneamiento Rural-PROPILAS,
la suma de DIEZ MILLONES QUINIENTOS CUARENTA
Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 00/100

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