ACUERDO N° 005-2013-MDJM - Autorizan viaje a Brasil de servidora, en comisión de servicios
Fecha de disposición | 27 Enero 2013 |
Fecha de publicación | 27 Enero 2013 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 27 de enero de 2013 486999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESUS MARIA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE JESUS MARIA;
VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto
mayoritario de los señores regidores y con dispensa del
trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del
Perú, reconoce a los gobiernos locales autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, y en este último caso la facultad de
ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la Ley N° 27972 de desarrollo constitucional y que
forma parte del bloque de constitucionalidad, otorga a los
gobiernos locales la potestad de regular la organización y
funciones de las Juntas Vecinales Comunales;
Que, resulta necesario incorporar a las Juntas
Vecinales, la participación directa y activa de de los
jóvenes del distrito, que permita desarrollar un sentido
de pertenencia y, por eso, dada esa necesidad de
identifi cación y diferenciación al mismo tiempo, es
importante incorporarlos a tomar conciencia, además
del distrito donde residen y que contribuyan a que sea el
mejor lugar para vivir.
Que, la importancia de construir una democracia
de ciudadanos, radica en la efi cacia de articular la
concertación y participación de los jóvenes en la política
de la ciudad y de la recuperación del papel del gobierno
local en la política urbana, y junto a ello crear y dotar de
valor al concepto de ciudadano como participante y por
ello constructor del espacio urbano.
Que, mediante Ordenanza Nº 123-MJM de fecha
17 de octubre del 2003 se aprobó el Reglamento de
Organización y Funciones de las Juntas Vecinales
Comunales de Jesús María.
Que, con Ordenanza Nº 124-MJM de fecha 17 de
octubre del 2003 se aprobó el Reglamento Electoral de
las Juntas Vecinales Comunales de Jesús María.
EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR
EL NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 9 DE LA LEY ORGÁNICA
DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL
APROBÓ LA SIGUIENTE:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y EL REGLAMENTO
ELECTORAL DE LAS JUNTAS VECINALES
COMUNALES DE JESUS MARIA
Artículo Primero.- MODIFÍCASE el Articulo 25 del
Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas
Vecinales Comunales de Jesús María, aprobado por la
Ordenanza Nº 123-MJM, el mismo que tendrá el siguiente
texto:
“Artículo 25.- La Junta Directiva Vecinal es el órgano
ejecutivo de la Junta Vecinal Comunal y estará conformada
de la siguiente manera:
• Presidente.
• Coordinador Comunal de Ornato y Desarrollo
Urbano
• Coordinador Comunal de Seguridad Ciudadana.
• Coordinador Comunal de Asuntos Sociales.
• Coordinador Comunal de Juventudes.”
Artículo Segundo.- INCORPÓRASE el Artículo 30-A
al Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas
Vecinales Comunales de la Municipalidad Distrital de
Jesús María, aprobado por la Ordenanza Nº 123-2003., el
mismo que tendrá el siguiente texto:
“Artículo 30-A.- Son funciones del Coordinador
Comunal de Juventudes;
a) Promover la Organización de grupos juveniles y su
participación en el Programa de Jóvenes de la Casa de la
Juventud de la Municipalidad.
b) Promover diferentes estrategias con el objeto de
mejorar y/o fortalecer la inserción de los jóvenes, en los
escenarios social, cultural y educativo.
c) Apoyar y promover iniciativas de adolescentes y
jóvenes; de tal manera que ellos adquieren experiencia y
confi anza en sí mismos mientras que las organizaciones
adquieren una perspectiva actual en cuanto a la cultura
joven.
d) Promover alternativas de uso del tiempo libre.
e) Realizar eventos y actividades de diversas
índoles que convoquen e integren a los jóvenes de la
zona.
f) Participar en las actividades económicas, sociales,
culturales, educativas y políticas que propicie la
comunidad.
g) Otras funciones que le asigne la Junta Directiva de
la Junta Vecinal correspondiente.”
Artículo Tercero.- DERÓGASE el inciso d) del
Artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones
de las Juntas Vecinales Comunales de la Municipalidad
Distrital de Jesús María, aprobado por la Ordenanza Nº
123-MJM.
Artículo Cuarto.- MODIFÍCASE el Artículo 6 del
Reglamento Electoral de las Juntas Vecinales Comunales
de Jesús María, aprobado por la Ordenanza Nº 124-MJM,
el mismo que tendrá el siguiente texto:
“Artículo 6.- Las listas de candidatos a Juntas Vecinales
Comunales estarán conformadas por cinco integrantes:
• Presidente.
• Coordinador Comunal de Ornato y Desarrollo
Urbano.
• Coordinador Comunal de Seguridad Ciudadana.
• Coordinador Comunal de Asuntos Sociales.
• Coordinador Comunal de Juventudes.”
Artículo Quinto.- ENCÁRGASE el cumplimiento de
la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y a la
Gerencia de Desarrollo Humano.
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza estará en
vigencia a partir del día siguiente de su promulgación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
ENRIQUE OCROSPOMA PELLA
Alcalde
894240-1
Autorizan viaje a Brasil de servidora,
en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO
N° 005-2013-MDJM
Jesús María, 25 de enero del 2013
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE
JESÚS MARÍA;
VISTO; en sesión ordinaria de Concejo de la fecha;
con el voto mayoritario de los señores Regidores, con la
dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicación de fecha 07 de enero de
2013, el Sr. José Fortunati, Alcalde de Prefectura de Porto
Alegre – Brasil, ha cursado la invitación formal para que el
Alcalde de la Municipalidad o un representante participe
en el “Encuentro Porto Alegre – Gobernanza Local con
Derechos Humanos y Seguridad Ciudadana” de la Red
de MERCOCIUDADES a realizarse en la ciudad de Porto
Alegre, República de Brasil, los días 30 y 31 de enero de
2013;
Que, mediante Informe Nº 006-2013-MJM/GPP/
SGPIPCTyPE de fecha 10 de enero de 2013, la
Sub Gerencia de Promoción de la Inversión Privada,
Cooperación Técnica y Proyectos Especiales informó que
la participación de la Municipalidad en el evento permite
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