ACUERDO N° 20-2012-MDSJM - Fijan pago único por concepto de Constancia de Posesión

Fecha de disposición18 Abril 2012
Fecha de publicación18 Abril 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 18 de abril de 2012
464336
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194º
de la Constitución Política del Estado, concordante con el
Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley
Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son
personas jurídicas de derecho público y gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, consiguientemente están facultados a ejercer
actos de gobierno y actos administrativos con sujeción al
ordenamiento jurídico vigente;
Que, el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972
- Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son
atribuciones del Alcalde, entre otros, “Dictar decretos
y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y
ordenanzas”; siendo que, mediante Decretos de Alcaldía
se establecen normas complementarias y de aplicación
de las Ordenanzas Municipales, así como se sancionan
los procedimientos pertinentes para la correcta y ef‌i ciente
administración municipal y resuelven o regulan asuntos de
orden general, que no sean de competencia del Concejo
Municipal;
Que, mediante Ordenanza Nº 454-MSB se aprobó el
Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados en el distrito de San Borja;
Que, mediante Informe Nº 42-2012-MSB-GPE de
fecha 30.03.2012, sobre la base del Informe Nº 005-2012-
MSB-GPE-OPI, el Gerente de Planif‌i cación Estratégica
remite al Gerente Municipal para su aprobación mediante
Decreto de Alcaldía, la Propuesta de Cronograma de
Actividades del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados - Año Fiscal 2013 del distrito de San Borja, y
la conformación del Equipo Técnico;
establece que Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados es el soporte técnico
de todo el proceso, estableciendo su conformación,
atribuciones y responsabilidades;
Que, por su parte, el artículo 9º de la Ordenanza en
mención, establece las atribuciones y responsabilidades
del Gerente de Planif‌i cación Estratégica en su calidad de
Presidente del Equipo Técnico;
Que, mediante Memorándum Nº 273-2012-MSB-GM
de fecha 09.04.2012, el Gerente Municipal propone la
aprobación del Decreto de Alcaldía respectivo;
Que, estando a lo expuesto y en uso de la facultad
otorgada en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica
de Municipalidades – Ley Nº 27972; con el visto bueno
de la Gerencia de Planif‌i cación Estratégica y Gerencia
Municipal;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma de
Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados - Año Fiscal 2013 del distrito de
San Borja, el mismo que consta en el Anexo adjunto de
dos (02) folios y que forma parte integrante del presente
Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- CONFORMAR el Equipo Técnico
del Proceso del Presupuesto Participativo en Base a
Resultados – Año Fiscal 2013 del distrito de San Borja de
acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 454-MSB, el
mismo que estará conformado de acuerdo a lo siguiente:
- Gerente de Planif‌i cación Estratégica, quien presidirá
el Equipo Técnico.
- Responsable de la Of‌i cina de Programación e
Inversiones.
- Jefe de la Unidad de Racionalización.
- Jefe de la Unidad de Presupuesto y Estadística.
- Gerente de Desarrollo de la Ciudad y Cooperación
Técnica.
- Gerente de Medio Ambiente y Obras Públicas
- Jefe de la Unidad de Obras Públicas e Infraestructura
Menor.
- Gerente de Participación Vecinal.
- Gerente de Tránsito y Seguridad Ciudadana.
- Gerente de Desarrollo Humano.
- Gerente de Desarrollo Urbano.
- Un Profesional con experiencia en temas de
planeamiento y presupuesto en el sector público,
debidamente acreditado, proveniente de la Sociedad Civil,
quien será designado por el Equipo Técnico al inicio de los
Talleres de Trabajo.
Artículo Tercero.- El Equipo Técnico conformado
en el artículo precedente, y el Gerente de Planificación
Estratégica quien lo preside, ejercerán sus funciones
de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 454-
MSB.
Artículo Cuarto.- Todas las Unidades Orgánicas de la
Municipalidad, bajo responsabilidad deben brindar el apoyo
que requiera la Gerencia de Planif‌i cación Estratégica,
dentro de los plazos que esta establezca, a f‌i n de dar
cumplimiento al desarrollo del Proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados, de acuerdo a lo
dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal disponga las acciones necesarias a f‌i n de dar
cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto de
Alcaldía.
Artículo Sexto.- PUBLICAR el presente Decreto de
Alcaldía en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia
de Tecnologías de la Información la publicación del
presente Decreto de Alcaldía en el portal institucional,
y a la Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de
Participación Vecinal su difusión en el distrito.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARCO ÁLVAREZ VARGAS
Alcalde
777676-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
Fijan pago único por concepto de
Constancia de Posesión
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 20-2012-MDSJM
San Juan de Miraf‌l ores, 27 de febrero de 2012
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN JUAN DE MIRAFLORES.
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de febrero
del 2012, la Moción de Orden del día presentada por el
Señor Alcalde Doctor Adolfo Ocampo Vargas, y;
CONSIDERANDO:
otorga autonomía política, económica y administrativa
a las Municipalidades dentro de su Jurisdicción, este
dispositivo es concordante con el Artículo 194º de la
Que, el Decreto Supremo Nº 017-2006-Vivienda,
Artículo 31º señala que “Las empresas prestadoras de
servicios públicos al mérito del certif‌i cado o constancia
de posesión otorgarán la factibilidad de servicios a los
titulares de dicho documento para lo cual presentará
su solicitud acompañada de la constancia certif‌i cada de
posesión y plano simple de ubicación del inmueble”.
Que, la Ley de Desarrollo y Complementaria de
Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al
Suelo y Dotación de Servicios Básicos, en su Título
111: Facilidades para la prestación de Servicios Básicos
Artículos: 24º 25º 26º, referidos a la Formalización de la
Propiedad Informal de terrenos ocupados por posesiones
informales, centros urbanos informales y organizaciones
populares establece la facultad de las municipalidades de
otorgar certif‌i cados de posesión para que las posesiones
informales pueda acceder a Servicios Básicos sin que ello
constituya reconocimiento alguno que afecta el derecho
de propiedad de su titular.
Que, tomando en cuenta la precariedad de las
posesiones informales es necesario f‌i jar como derecho
de pago por las constancias de posesión un monto

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