Aprueban actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú

Fecha de publicación14 Noviembre 1998
Fecha de disposición14 Noviembre 1998
Pág. 165744
cl-
&$h’d:~rlW:M~~’
Lima, sábado
14
de noviembre de 1998
Aprueban actualización del Texto
Uni-
co de Procedimientos Administrativos
de la Marina de Guerra del Perú
DECRETO SUPREMO
W
05%DEIMGP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo
N”
037-9%PCM de fecha 27 de
julio de 1998, el Poder Ejecutivo otorgó un plazo alas entida-
des de la Administración Pública dependientes del Gobierno
Central para que procedan
a
la identiiicación y simplificación
de sus procedimientos administrativos de servicios prestados
a
terceros;
Que la Marina de Guerra del Perú posee su Texto de Proce-
dimientos Administrativos por los servicios que presta
a
terceros,
los mismos que están contenidos en su
Texto
Unico de Procedi-
mientos Administrativos de la Marina de Guerra”, TUPAM-
15001, Edición 1996, aprobado por Decreto Supremo
N”
009.DE/
MGP de fecha 7 de febrero de 1997;
Que la Marina de Guerra del Perú, entidad conformante
del Sector Defensa, de acuerdo
a
lo dispuesto en el Decreto
Supremo del considerando primero y a las normas complemen-
tarias emitidas por el Ministro de Defensa Titular del Sector;
ha cumplido con la identificación y simplificación de sus proce-
dimientos administrativos de servicios
a
terceros, los mismos
que están contenidos en un nuevo “Texto Unico de Procedi-
mientos Administrativos de la Marina de Guerra”, TUPAM-
15001, Edición 1998;
Que, el proyecto presentado del “Texto Unico de Procedi-
mientos Administrativos de la Marina de Guerra”, TUPAM-
15001, Edición 1998, está encuadrado dentro de los alcances
del Decreto Supremo N”
037-9%PClM
de fecha 27 de julio de
1998, así como del Decreto Legislativo
N”
757, Ley Marco para
el Crecimiento de la Inversión Privada, el mismo que establece
la obligatoriedad para todas las entidades de la Administra-
ción Pública, de aprobar, actualizar y publicar anualmente su
correspondiente “Texto Umco de Procedimientos Administra-
tivos”, (TUPA);
Que,
a
fin de ser concordante con la aplicación del princi-
pio de la desconcentración de los procesos decisorios, estahle-
cido en el Artículo 9“ de la Ley
N”
25035 “Ley de Simplilica-
ción Administrativa”, se hace necesario delegar
a
la Dirección
General de Capitanías y Guardacostas la facultad de actua-
lizar por Resolución Directoral la Tabla de Tarifas de Capita-
nías vigente, sea por creación
o
anulación de rubros, por
incremento
o
reducción de costos de operación, teniendo
como base de referencia a la Unidad Impositiva Tributaria
WIT)
vigente;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N”
037-98-PCM y el Decreto Legislativo
N”
757;
DECRETA:
Artículo
l”.-
Aprobar la actualización del “Texto Unico de
Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del
Perú”, (TUPAM
-15001l,
Edición 1998. que consta de TRES
(3)
partes, Parte “A” compuesta por TRECE (13) Capítulos referido
a
los servicios que presta la Dirección de Reservas Navales y
Movilización; Parte “B” compuesta por SEIS (6) Capítulos referi-
do a los servicios que presta la Dirección de
Hidrografia
y
Navegación y Parte
“6”
compuesta por CUATRO
(4)
Capítulos
referido a los servicios que presta la Dirección General de Capi-
tanías y Guardacostas; incluyéndolo en la Parte V. Grupo
1
de las
Publicaciones de Categoria
“A-del
“Indice de Publicaciones de la
Marina”, INDI-13302 con la Clasificación de Seguridad “ORDI-
NARIO”, el mismo que forma parte integrante del presente
Decreto Supremo.
Artículo
2”.-
Establecer para la Dirección de Reservas Nava-
les y Movilización que los diferentes Procedimientos Administra-
tivos consignados en la Unidad Orgánica, son derivados de la Ley
del Servicio Militar Obligatorio y su reglamentación. y los valores
establecidos
en el rubro Derecho de Pago están calculados en
ùnción de porcentaje, referidos a la Remuneración
MInima
Vital
:on
la finalidad de que guarden relación con el costo de los servicios
xestados.
Artículo 3”.- Establecer para la Dirección de Hidrografía
r
Navegación que los diferentes Procedimientos Administrati-
IOS
consignados en las Unidades Orgánicas se encuentran
elacionados con las áreas de su competencia y los valores
establecidos
en el rubro Derecho de Pago están calculados
según
corresponda a:
al
Lista de Precios de Servicios Especiales contenida en la
oublicación
mensual Aviso de los Navegantes que emite dicho
nganismo.
b)
Pago por Gastos por Derecho de Inspección Ocular (pasa-
es y viáticos del Inspector) establecido por la Autoridad Hidro-
Fálica según presupuesto aceptado por el usuario.
c)
Pago por Derecho de Tramitación del ProcedimientoAdmi-
nistrativo, que tiene como base de referencia a la Unidad Impo-
sitiva Tributaria WIT) vigente
d)
El rubro Derecho de Pago guarda relación con el costo de
los servicios prestados.
Artículo
4”.-
Establecer para la Dirección General de Capi-
tanías y Guardacostas que los diferentes Procedimientos Admi-
nistrativos consignados en las Unidades Orgánicas, se encuen-
tran relacionados con las áreas de su competencia, y los valores
establecidos en el rubro Derecho de Pago están calculados según
corresponda a:
a)
Tabla de Tarifas de Capitanías que fuera aprobada por
Decreto Supremo
N”
002~8%DFmGP
del 6 de junio de 1988, la
misma que será actualizada mediante Resolución Directoral emi-
tida por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas por
incremento
o
reducción de costos de operación, creación
o
anula-
ción de rubros y teniendo como base de referencia
a
la Unidad
Impositiva Tributaria
KJIT)
vigente.
b)
Pago por Gastos por Derecho de Inspección Ocular (pasajes
y
viáticos del Inspector), establecido por la Autoridad Maritima,
según presupuesto aceptado por el usuario.
c)
Pago por Derecho de Tramitación del Procedimiento Admi-
nistrativo, que tiene como base de referencia
a
la Unidad Impo-
sitiva Tributaria WITl
vigente.
d)
El rubro Derecho de Pago guarda relación con el costo de
los servicios prestados.
Artículo
5”.- Designar al Estado Mayor General de la Mari-
na, como organismo de origen de la citada publicación.
Artículo
6”.-
Autorizara la Dirección de Reservas Navales
y Movilización, Dirección de Hidrografía y Navegación y Direc-
ción General de Capitanías y Guardacostas, la reproducción de
las partes correspondientes del presente texto, cuya publicación
y
difusión la harán de acuerdo
a
los requerimientos de los
usuarios.
Artículo
7”.-
Derogar el Decreto Supremo
N”
009
DEIMGP
de fecha 7 de febrero de 1997 que aprobó el “Texto Unico de
Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del
Perú” (TUPAM-15001), Edición 1996 y demás disposiciones que
se opongan al presente Decreto Supremo.
Artículo 8”.- El “Texto Unico de Procedimientos Administra-
tivos de la Marina de Guerra del Perú” (TUPAM-15001), Edición
1998 entrará en vigencia
a
partir del día siguiente de su publica-
ción en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo
So.-
El presente Decreto Supremo será refrendado
por el Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima,
a
los treinta días del
mes de octubre de mil novecientos noventa y ocho.
Regístrese
y
comuníquese corno Documento Oficial Publico
(D.O.P.).
ING. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente de la República
JITLIO
R. SALAZAR MONROE
Ministro de Defensa
INDICE GENERAL DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DE LA MARINA DE GUERRA DEL
PERU
TUPAM-15001
PARTE
“A”
DIRECCION DE RESERVAS NAVALES
Y
MOVILIZACION
CAPITULO
PROCEDI-
---
DENOMINACION DEL
NQ
MIENTO
PROCEDIMIENTO
I
01
II
02
III
03
IV
04
V
05
VI
06
VII
07
VIII 08
IX
09
X 10
XI
11
XII 12
XIII
13
De la Inscnpcrón Anual
Ordmana
De la Calificación y Seleccró
1
Del Canje de Boleta de Inscipcion
por la
Ltbreta
Militar
De la Revisión del Proceso
ile
Calificación y Selecaan
Del Llamamiento
Actualización
de Datos de
la
Libreta Militar
Omisos a la
Inscnpcron
Omisos al Canje de Boleta
t
LIbreta
Militar
Omisos al Llamamiento
Omisos a la Actualización
de
Datos de la Libreta Militar
Obtención de Duplicado de
*leta
de Constancia de Inscripción
Militar
y Boleta Especial de Llamamiento
Obtención de
Dupkado
de
Libreta
Militar
Obtención de Duplicado de Tarjeta
de
Coordinación
PARTE
“B”
DIRECCION DE MIDROGRAFIA Y NAVEGAGION
MIENTO
NP
01
PROCEDIMIENTO
De la
Adquisición
de Cartas Publi.
caciones e Instrumentos
Náuticos
ll 02
Prestación
de Servaos para
el
Estti
dio de las Condiciones del Medio Am-
biente en los Ambitos Marítimo, Flu
vial y Lacustre del
Territorio
vacion+
III
03 lnformacion Procesada de las Con
dbones del Medio Ambiente
en
lo’
Ambitos Marítimo, Fluvial y Lacustre
del Territorio Nacional
IV
04 Asesoramiento en la Ediclór de Re
presentaciones Cartográficas D.S
Ne
0015-93/RE
del
31/12/93
V
05 Aprobación del Estudio
Hidro-
Oceanográfico para la Autowacion
de tramitación de
construmw
de:
VI
06
a)
Muelles
f)
Terraplenes
b) Embarcaderos g) Marinas
c) Atracaderos h) Puertos
d) Espigones
i)
Otras
instala-
eI Rompeolas
ciones similares
Aprobación del
Estudio
Hidro-
Oceanográfico para la
Autoa:zacion
de Instalación de.
a) Plataforma de extracaon
minera
gas, hidrocarburos.
b) Tuberías subacuáticas
que
emitan
cualquier tipo de afluente al mar
c) Otras similares
PARTE
“C”
DIRECCION
GENERAL DE CAPITANIAS
Y
GUARDACOSTAS
CAPITULO
PROCEDI-
--
DENOMINACION DEL ------
-
PROCEDIMIENTO
-----
N”
MIENTO
N”
A-01
Presentación de Protesta por fal-
tantes
y,‘o
danos a la Carga (Incluye
Audiencias)
A-02
Presentación de Protesta por
Sinlustros Marítimos o Protesta
Informática
A-03 Interposición de Recurso de
Reconsideración
4-04
Interpowon
de Recurso de
Ppelacion
A 05
La
Queja
b-06 Expedición de Coplas Certificadas,
Certificaciones, Autenticación de
Libros de Naves y anotaclones en el
1
ibro
de Matricula de Naves
ll
B-01
P-02
B-03
B-G4
ES-05
B-06
E-07
B-08
E-09
B-10
SECRETARIA GENERAL DE LA
DIRECCION GENERAL DE
CA-
PITANIAS Y GUARDACOSTAS Y
GAPITANIAS DE PUERTO
DIRECCION DE CONTROL DE
INTERESES ACUATICOS
SECCION
1:
DEPARTAMENTO
MARINA MERCANTE
Admisión
a
examen teórico-práctico
para la Obtenclon de Titulo por
pn-
mera vez 3 por ascenso para Capitán,
Oficiales
)f
Especialistas de la Marina
Mercante
Admision
,i examen teórico-práctico
para la rehabilitación de Títulos por
canceiacion de Matrícula del Personal
Mercante
Expediclon de Título y Matricula, Libre-
ta de Embarco y Carné de Capitanes,
Oficiales y Especialistas de la Marina
Mercante
3or
primera vez, ascenso o
rehabilitación por cancelación de
matrícula
Convalidación y Refrenda de Título de
Personal Mercante expedido por una
Autoridad Marítima Extranjera (Incluye
Título, Libreta y Carné)
Convalidación y fiefrenda de Título para
Personal retirado de la Marina de Guerra
dei
Perti
‘Incluye Título, Libreta y Carné
de la
Manga
Mercante)
Registro ae Matricula, obtención de
LI-
breta de Embarco y Carné de Personal
de Administración Servicios y Marineros
(Por primera vez)
Revalidacqón
de Matrícula, Título,
LI-
breta de Embarco y Carné para Per-
sonal de la Marina Mercante Nacional
(cada 3
arlos.1
Expedición de Duplicado de Título, Li-
breta de Embarco, y Carné para
Personal de Marina Mercante
Autorizaclon. mediante Resolución de
Capitanea
de Embarco de tripulante
extranjero en Naves Mercantes y es-
peciales racionales (excepto Capitanes
y
Patrones)
Erxpedlcion
de Matrícula para Naves
nuevas
de
cualquier clasificación
adquiridas en el Perú, excepto Pes-
queras y de Recreo (inciuye artefactos
navales)
B-ll
B-12
B-13
B-14
B-15
B-16
B-17
B-18
B-19
B-20
B-21
B-22
B-23
B-24
c-01
c-02
c-03
c-04
Expedición de Matrícula de Naves de
cualquier clasificación adquiridas en
el extranjero, excepto Naves Pes-
queras y de Recreo (incluye artefactos
navales)
Refrenda Anual de Matrícula de Naves
de cualquier clasificación, excepto Na-
ves Pesqueras y Recreativas (incluye
artefactos navales)
Cambio de Certificado de Matrícula
por cambio de nombre, color, motor,
actividad para Nave de cualquier clasi-
ficación, excepto Embarcaciones
Pesqueras y Recreativas (incluye
artefactos navales)
Cambio de Certificado de Matrícula
de Naves de cualquier clasrficación
por cambio de dominio, excepto Em-
barcaciones Pesqueras y Recreativas
(incluye artefactos navales)
Cancelación de Matrícula de Naves
de cualquier clasificación, excepto Em-
barcaciones Pesqueras y RecreaWas
(incluye artefactos navales)
Expedición de Pasavante para Naves
de cualquier clasificación (mcluye
artefactos navales, pesqueras, y
recreativas) cuya Matrícula se
encuentra en trámite
Obtención de Permiso de Navegaaón
para Naves Mercantes Extranjeras
de cualquier clasificación y su renova-
ción, excepto naves científicas
Obtención de Permiso de Operación
para Naves científicas nacionales
(caso de efectuar estudios aentíflcos)
Obtención de
Pem’ko
de Navegación
para Naves científicas extranjeras
Obtención Anual de Permiso de Ope-
ración para artefactos navales de
bandera extranjera
Obtención de Certificado de dotación
mínima de seguridad de Naves
Mercantes, especiales y artefactos
navales
Obtención de despacho de zarpe y
recepción en horas laborables para
Naves mercantes
Obtención de despacho de zarpe y
recepción en horas extraordinarias para
Naves mercantes
Autorización para remoción, rescate,
recuperación de Naves de cualquier
clasificación, artefactos y otros, hundidos,
declarados en abandono y firma del Con-
venio de acuerdo a lo reglamentado
;EX;DN
ll: DEPARTAMENTO DE
Admisión a examen teórico-práctco
para la Obtención de Título por
primera vez 0 por ascenso para
Capitanes, Oficiales y Patrones ce
Pesca
Admisión a examen teórico-práctico
para la Rehabilitación de Matrículas
Canceladas (Para Capitanes, Oficia-
les y Patrones de Pesca)
Expedición de Título y Matncula,
LI-
breta de Embarco y Carné de Pesca
(Para Capitanes, OficIales de Puente
y Patrones) por primera vez, ascenso
o rehabilitación por cancelación de
matrícula
Convalidación de Título de Personal
de Pesca, expedido por la Autoridad
Marítima Extranjera (Incluye Título,
Libreta y Carné)
c-05
C-06
c-07
C-08
c-09
C-10
C-l
1
c-12
c-13
c-14
c-15
C-16
c-17
C-18
c-19
c-20
c-21
D-01
D-02
D-03
D-04
Convalidación de Título de Capitán,
Oficiales Patrones y Marinero de Pesca
para el Personal retirado de la Manna
de Guerra del Peru, (incluye Título,
Libreta
y
Carne de
Pesca)
Registro de Matrícula de Marinero de
Pesca y Obtención de Libreta de Em-
barco
y
Carne (Por
pnmera
vez)
Refrenda
de Títulos y Revalidaclon de
Matrícula
Libreta de Embarco y Carné
para personal de Pesca (cada 3 arios)
Expedición
de
Duplicado de
Título
I
ibreta
oe
Embarco y Carné de Pesca
Autorización
mediante
Resolución de
Capitanía de Embarco de tripulante
extranjero en Naves Pesqueras
nacionales (excspto para Capitanes,
Patrones
yio Jefes
Ingenieros)
Autorización
para
Adqwc~ones de
Naves
Pesqueras
en
ei
Extranjero
Expedición
de
Matrícula
de Naves
Pesqueras
nuevas
adquiridas
en el
Perú
Expedwn
de
Matrícula
de Naves
Pesqueras
acqulndas en el extranjero
Refrenda Anual Matncula de Naves
de Pesca
Cambio
Uel
Certificado
de Matricula
por carrolo del nombre, color, motor,
actividad a una Nave Pesquela
Cambio de Certificado de Matrícula
por cambio de oommlo de una Nave
Pesqucrl
Cancelación de
Matriw’s
de Naves
Pesquer?s
Obtención de
Permiso
de Navegación
y
SU
Renovación
para Naves Pes-
queras, de Bandera Extranjera
obtenclon de
Certificado
de Dotacion
Mínlrna
de seguridad para Naves
Pesqueras de un Arqueo Bruto mayor
a 1330
Obtencinn de Despacho de Zarpe
para
Nwes
Pesqueras extranjeras,
en faena de pesca en aguas del
Domtnlo
Marítimo
del Perú, recepción
y
despacno
ae
Naves en horas
extraorainanas
Obtenclon de Despacho de Zarpe
para Naves Pesqueras Nacionales
por zarpe de
travesea
Autorir&%
para abarloamiento de
Naves Pesqueras en bahía o muelle
SECCION III: DEPARTAMENTO DE
NAUTICA DEPORTIVA
Admwn
a examen teórico-práctico
para la Obtención de Título Deportivo
para Patrón
Piloto
y Capitan de Yate o
Velero poí pnmwa vez 0 por ascenso
Admlsion a
examen
para !a
Rehabllr-
taclón de
Tklos
DeportIvos por
can-
celaciop de Matncula
Expedlclon
de
Título, Matrícula, LI-
breta
de
Embarco y Carne Deportivo
para
Ps?rón,
?tloto y Capitan de Yate
0
Vekrri, por ptimera vez, ascenso
o
rehkkaclcn
por Cancelación de
Ma!ricu;a
Convnkiaclon
y
Refrenda de Titulo
Deportivo
exF.edldo
por
ia
Autoridad
Maritlm
1
Extranjera (lnclirye Título,
Llbre!a
Carné)

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