Aprueban actualización del Plano de Zonificación e Indice de Usos del distrito*

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 1997
Lima, domingo 14 de setiembre de 1997
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL LUNA VICTORIA SANCHEZ
Presidente
Consejo Normativo de Contabilidad
10228
Aprueban actualización del Plano de
Zonificación e Indice de Usos del dis-
trito
ACUERDO DE CONCE JO
N
055-97
La Molina, 21 de agosto de 1997
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA
Visto, en Sesión Extraordinaria de la fecha el Acuerdo
N”017-97-CD U de fecha 23 de julio del año en curso de la
Comisión de Desarrollo Urbano, referente a la Apro-
bación de la Actualización del Plano de Zonificación e
Indice de Usos del distrito de La Molina;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Art.
191”d e
la Constitución
Política del Estado las Municipalidades son Organos de
Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalida-
des
No
23853, es función de las Municipalidades determi-
nar las Zonas de Expansión Urbana en concordancia con
la zonificació n y planos de Desarrollo Urbano;
Que, el Artículo
73” ,
inciso
1)
de la referida Ley Orgá-
nica, establece, entre las modalidades, que la Municipali-
dad puede incorporar a la Propiedad Privada, la fijación
del uso de la tierra de conformidad con la Zonificación,
Planes Reguladores y el Reglamento Nacional de Cons-
trucciones, a los que someterán todo Proyecto de Urbani-
zación, Transferencia 0 Cesión en Uso para cualquier fin
de Terrenos Urbanos y Suburbanos;
Que, como una consecuencia de ello, la política de uso
de la tierra expresada en los Planes de Desarrollo Urbano
y en los Reglamentos de Zonifícación del Suelo, deben
promover el bienestar de los vecinos y el desarrollo inte-
gral y armónico de su jurisdicción;
Que, el Decreto de Alcaldía
N
064 de fecha 10 de julio
de 1987 emitido por la Municipalidad de Lima Metropo-
litana señala que a solicitud de la Asamblea Metropoli-
tana de Alcaldes, los procedimientos para cambios de
Zonificación deberán contar necesariamente con la opi-
nión favorable del Concejo Distrital a cuya jurisdicción
pertenece;
Que, por Acuerdos de Concejo
Nos.
066-94 y 069-94, el
Concei o
Distrital de La Molina arrob ó el Reglamento de
Zonitiiación e
Indicede Usos del distrit omanteniendo las
características Residenciales y Ecológicas, documentos
que fueron remitidos a la Municipalidad de Lima Metro-
politana para su aprobación;
Que, mediante Ordenanza
N”
011-97 de fecha 20 de
marzo de 1997 el Concejo Distrital de La Molina dispuso
la suspensión de todo trámite que esté relacionado a
cambio de Zonificación en el distrito, hasta que concluya
el Procedimiento Administrativo iniciado ante la Munici-
palidad Metropolitana de Lima para la aprobación del
Plano, Reglamento de Zoniticación e Indice de Usos del
distrito;
Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, me-
diante Decreto de Alcaldía
N
042-97 de fecha 19 de mayo
de 1997 ha prorrogado la vigencia de los Planos de Zoni-
fkació n
Generalde
LimaMetropolitan a
1990-1996, hasta
el 3 1 de agosto de 1998, disponiendo que las Municipalida-
des Distritales elaboren las propuestas de los Planes
Integrales de Desarrollo Distrital;
Que, dentro del marco legal enunciado, la Municipali-
dad Distrital de La Molina, ha procedido a la actualización
del Plano de Zonificación e Indice de Usos del distrito de
La Molina, con la participación del Director Técnico del
Instituto Metropolitano de Planificación! y del Comité
Consultivo de Desarrollo Urbano, presidido por el Arq.
Fernando Correa Miller e integrado por arquitectos, resi-
dentes en el distrito;
Estando al mérito de lo expuesto, y a las facultades
conferidas en el Artículo 36”d e la Ley Orgánica de Muni-
cipalidades
No
23853 y con la dispensa del trámite de
aprobación del Acta POR MAYORIA el Concejo Distrital
de La Molina;
ACORDO:
Artícul oPrimero.-APROBARlaactualizacióndelPlano
de Zonificación e Indice de Usos del distrito de La Molina.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de
Desarrollo Urbano el cumplimiento del presente Acuerdo.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PAUL FIGUEROA LEQUIEN
Alcalde
10225
Reglamento General de Espectáculos
Taurinos
ANEXO -ACUERDO DE CONCEJO
N”025-97.MDR
El Acuerdo en referencia fue publicado en nuestra edición
del día 30 de junio de 1997, página 150520
REGLAMENTO GENERAL DE ESPECTACULOS
TAURINOS
CAPITULO 1
DEL ESPECTACULO
Artículo 1”
.-
No se anunciará al público ni se podrá
celebrar ninguna clase de espectáculos taurinos sin estar
en el cartel debidamente autorizado por la Autoridad
Municipal pertinente.
Artículo
2”.-Lo s
espectáculos taurinos se clasifican en:
a)
Corridas de toros;
b)
Corridas de novillos con picadores;
c)
Corridas de novillos sin picadores;
d)
Festivales
e)
Becerradas;
f) Toreo cómico; y
g)
Otros (peleas de toros)
Artículo 3”.-Qued a prohibido que se lidien reses en
las calles o plazas de la población.
Artículo
4”.-L a
Autoridad Municipal dispondrá que
concurran a los festejos taurinos, los elementos de Guar-
dia Civil y Policía Municipal que fueran necesarios, estan-
.do
todos a las órdenes de la Presidencia, además de las
personas que intervienen en el espectáculo y las depen-
dencias.
Artículo
So.-L a
Autoridad Municipal deberá aprobar
el Reglamento propio del inciso
g)
del Art. 2” Otros (peleas
de toros). cuando se solicite autorización
nara
efectuar
este tipo ‘de espectáculos.
CAPITULO II
DE LOS LOCALES 0
PLAZAS
DE TOROS
Artículo
@‘.-La s Plazas de Toros o locales destinados
a la lidia de reses, tendrán tres denominaciones:

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