Aprueban la actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Oficina Nacional de Cooperación Popular -COOPOP.

Fecha de publicación14 Diciembre 1998
Fecha de disposición14 Diciembre 1998
NORMAS LEGALES
/
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, lunes 14 de diciembre de 1998
MITINCI
http:llwww.editoraperu.com.pe
AÑO XVI
-
N”
6746
Pág. 167235
Artículo
3”.-
La presente
Resoluciún
Suprema, no
libera o exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación.
Autorizan viaje de representantes del
INDECOPI para participar en curso de
políticas de competencia que se
realí-
za en los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA
N”
136-98-ITINCI
Lima, ll de diciembre de 1998
Vista la Carta
N”
0774-1998ANDECOPI-GEG de fe-
cha 7 de diciembre de 1998, del Gerente General del
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-;
y,
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de Washington, Estados Unidos, se
llevará a cabo el Curso de Políticas de Competencia, entre
los días 13 y 18 de diciembre de 1998;
Que, se ha considerado pertinente la participación de
dos representantes del INDECOPI en dicho curso;
Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competen-
cia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, fínan-
ciará los gastos por concepto de pasajes aéreos, costo del
curso y el impuesto de salida;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre-
mo
N”
053-84-PCM;
el Decreto Supremo
N”
074-85PCM;
el Decreto Supremo
K
135-90-PCM; el Decreto de Urgen-
cia
N”
025-98 y el Decreto Ley
N”
25831;
SE RESUELVE:
Artículo l”.- Autorizar el viaje de los señores, Raúl
Pérez-Reyes Espejo, Subjefe del Area de Estudios
Económicos, y Alejandro Falla Jara, Secretario Técnico
de la Comisión de Libre Competencia del Instituto Nacio-
nal de Defensa de la Competencia
y
de la Protección de la
Propiedad Intelectual -INDECOPI-, a la ciudad de Was-
hington, Estados Unidos. entre los días 12 y 19 de diciem-
bre de 1998, para los fines expuestos en la parte conside-
rativa de la presente resolución.
Artículo
2”.-
Los gastos que irrogue el cumplimiento
del viaje referido en el Artículo
1”
de la presente Resolu-
ción Suprema, serán asumidos por el Instituto Nacional
de Defensa de la Competencia y de la Protección de la
Propiedad Intelectual -INDECOPI-, de acuerdo al si-
guiente detalle:
Sr. Raúl Pérez-Reyes Espejo
Pasajes
CS$
984,00
Tarifa Corpac
GS$ 25.00
Costo del curso
US$
2 000.00
TOTAL US$ 3 009,oo
Sr. Alejandro Falla Jara
Pasajes
;g
984,00
Tarifa Corpac
25,00
Costo del curso
US$
2
000,OO
TOTAL US$ 3 009,oo
I
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días
,
del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
Regístrese, comuníquese y publíquese
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
GUSTAVO CAILLALK ZAZZALI
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales
14665
Aprueban el Texto Unico de
Procedí-
mientos
Administrativosdel CENFOTUR
DECRETO SUPREMO
N“
019-98-ITINCI
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Legislativo
N”
757, Ley Marco
para el Crecimiento de la Inversión Privada, se ha estable-
cido la obligatoriedad para todas las Entidades de la
Administración Pública, de aprobar y publicar su corres-
pondienteTextoUnicodeProcedimientosAdministrativos
-
TUPA,
Que, por Decreto Supremo
N”
094.92-PCM se ha
establecido las disposiciones reglamentarias requeridas
para el cumplimiento de la obligación a que se refiere el
considerando anterior;
Que, mediante Decreto Supremo
N”
037-98-PCM se
dispuso la identificación y simplificación de los procedi-
mientos administrativos de los organismos públicos, den-
tro de los lineamientos previstos por el Programa de
Modernización Administrativa de la Presidencia del Con-
sejo de Ministros; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22” del
Decreto Legislativo
N”
757;
DECRETA:
Artículo
lo.-
Aprobar el Texto Unico de Procedimien-
tos Administrativos TUPA del Centro de Formación en
Turismo
-
CENFOTUR, Institución Pública Descentrali-
zada del Ministerio de Industria. Turismo, Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales.
Artículo
2”.-
El presente Decreto Supremo será re-
frendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integra-
ción
y
Negociaciones Comerciales Internacionales y en-
trará en vigencia a partir del día siguiente a su publica-
ción, en el Diario Oficial El Peruano.
GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI
Ministro de Industria, Turismo, Integración
y Negociaciones Comerciales Internacionales

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR