ACUERDO N° 79-2012-ACSS - Rectifican errores materiales del Acuerdo de Concejo N° 58-2012-ACSS

Fecha de disposición25 Septiembre 2012
Fecha de publicación25 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 25 de setiembre de 2012 475109
los Artículos 9º numerales 8), 9), 39º y 40º de la Ley
N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; luego del
debate correspondiente y con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD
la siguiente:
ORDENANZA
QUE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DEL
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2012
Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración
del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, a realizarse
el día 15 de diciembre de 2012 a las 12:00 horas en el
Estadio Municipal de Santiago de Surco “Julio Montjoy
Guizado” del distrito de Santiago de Surco, en el marco
de las actividades de celebración del octogésimo tercer
aniversario de la creación política del distrito de Santiago
de Surco.
Artículo Segundo.- ESTABLECER como pago único
por derecho de trámite, la suma de S/. 100.00 (cien y
00/100 nuevos soles).
Artículo Tercero.- ESTABLECER como requisitos del
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, los siguientes:
- Partida de nacimiento original y emitida en el año
2011 o 2012 de ambos contrayentes.
- Copia autenticada por fedatario del DNI de ambos
contrayentes.
- Copia autenticada por fedatario del DNI de 02
testigos de soltería.
- Declaración Jurada de domicilio del contrayente
que vive en el distrito de Santiago de Surco (Documento
expedido por la sección de matrimonios).
- Fotografía reciente a color tamaño carné de ambos
contrayentes.
- Certif‌i cado médico prenupcial y Constancia de
Consejería Preventiva emitida por el Policlínico Municipal
y/o en la Sección de Matrimonios del Parque de la
Amistad.
- Pago Único S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos
Soles).
- Para los casos de menores de edad, divorciados,
viudos, extranjeros, personas con parentesco entre sí,
miembros de las fuerzas armadas, matrimonio por poder,
deberán adjuntar además de los requisitos mencionados,
los previstos en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA aprobado por la Ordenanza N°
332-MSS, publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el
24.07.2009.
Artículo Cuarto.- ESTABLECER que el plazo de
inscripción para la celebración del Matrimonio Civil
Comunitario, se inicia a partir del día siguiente de la
publicación de la presente Ordenanza y culmina el 30
de noviembre del 2012, en la of‌i cina de matrimonios,
ubicada en el Parque de la Amistad “María Graña Ottone”
– Cdra. 21 AV. Caminos del Inca, distrito de Santiago de
Surco.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría
General, el proceso de inscripción para la celebración
del matrimonio civil comunitario y a la Gerencia de
Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión,
programación y organización del Matrimonio como una de
las actividades marco para la celebración del octogésimo
tercer aniversario de la creación política del distrito de
Santiago de Surco.
Artículo Sexto.- FACULTAR al Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía apruebe las disposiciones
para la mejor aplicación de la presente ordenanza.
Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación en el Diario Of‌i cial “El Peruano” la
presente Ordenanza, la misma que entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación.
Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de
Tecnologías de la Información, publicar la presente
Ordenanza en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.
pe, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe y en el portal Institucional
www.munisurco.gob.pe, de acuerdo a lo establecido en
la Ley N° 29091 y su Reglamento por Decreto Supremo
N° 004-2008-PCM y fe de erratas publicada en el Diario
Of‌i cial “El Peruano” el 24 de enero del 2008.
POR TANTO:
Mando que se registre, publique, comunique y
cumpla.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
845195-3
Rectifican errores materiales del
Acuerdo de Concejo Nº 58-2012-ACSS
ACUERDO DE CONCEJO
N° 79-2012-ACSS
Santiago de Surco, 17 de setiembre de 2012
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo continuada
de la fecha, los Memorándums Nros. 469 y 483-2012-
GCII-MSS de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen
Institucional y el Acuerdo de Concejo N° 58-2012-ACSS;
y
CONSIDERANDO:
Que, con Acuerdo de Concejo N° 58-2012-ACSS del
12.07.2012, se acordó “Condecorar con la MEDALLA
CÍVICA de la “ORDEN SANTIAGO APÓSTOL” con
ocasión de conmemorarse el centésimo nonagésimo
primer (191°) Aniversario de nuestra Independencia, al
Hermano “JUAN CARREÑO PÉREZ”, quien nació Trujillo
el 15.05.1978, Hijo de doña Blanca Pérez Muñoz y don
Rolando Carreño Ugarte…”;
Que, mediante los Memorándums Nºs. 469 y 483-
2012-GCII-MSS de fechas 15 y 24.08.2012, la Gerencia
de Comunicaciones e Imagen Institucional, solicita la
rectif‌i cación del Acuerdo de Concejo N° 58-2012-ACSS,
debiendo decir: “Condecorar con la MEDALLA CÍVICA
de la “ORDEN SANTIAGO APÓSTOL” con ocasión de
conmemorarse el centésimo nonagésimo primer (191°)
Aniversario de nuestra Independencia, al Hermano “Jorge
Abel Alatrista Pérez”, quien nació Trujillo el 15.05.1978,
Hijo de doña Blanca Dolores Pérez Muñoz y don Abel
Alatrista Vergara…, y don Rolando Carreño Ugarte lo
formó..”; por lo que en este extremo procede la rectif‌i cación
de los errores materiales;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
prescrito por los Artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley No. 27972, el Pleno del Concejo
Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Único.- Rectif‌i car los errores materiales del
Acuerdo de Concejo N° 58-2012-ACSS de fecha 12 de
julio del 2012; debiendo decir:
ACUERDO:
Condecorar con la MEDALLA CÍVICA de la “ORDEN
SANTIAGO APÓSTOL” con ocasión de conmemorarse
el centésimo nonagésimo primer (191°) Aniversario de
nuestra Independencia, al:
Hermano “JORGE ABEL ALATRISTA PÉREZ”
Nació en Trujillo el 15.05.1978, Hijo de doña Blanca
Dolores Pérez Muñoz y don Rolando Alatrista Pérez
Carreño Ugarte, y don Rolando Carreño Ugarte fue
quien lo formó. A los 4 años, junto a sus dos hermanos
se fueron a vivir a Puno, donde estudió primaria en
el colegio “La Inmaculada” y secundaria en el colegio
“Nuestra Señora de la Merced”. Desde entonces
su vocación por servir a Dios. Ingresó a estudiar
ingeniería civil en la Universidad Privada Antenor
Orrego – UPAO, donde alcanzó el grado de Bachiller,
que no ejerció. Ingresó a un convento de clausura de
monjas e inició su servicio a Dios, donde conoce al
padre Enrique Pedraza fundador de la Casa hogar
Padre Martinho, quien lo trae a Lima para trabajar en

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