ACUERDO Nº 31-2011-ACSS - Exoneran de proceso de selección la adquisición de llantas para la flota vehicular

Fecha de publicación23 Marzo 2011
Fecha de disposición23 Marzo 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 23 de marzo de 2011
439512
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Aprueban Dictamen mediante el cual
se fija la remuneración mensual del
Alcalde y el monto de la dieta de los
Regidores
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 017-2011-MDSL
San Luis, 11 de marzo de 2011
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN LUIS
VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha, la Carta Nº 023-
2011-SG/MDSL de fecha 09MAR2011 a través de la
cual se remite la Hoja de Trámite Interno Nº 215, en el
que el Despacho de Alcaldía adjunta la documentación
y antecedentes referidos a la Aprobación de parte del
Concejo Municipal de la remuneración del Alcalde y las
Dietas de los Regidores, conforme a lo dispuesto en
Ley Nº 27972, a la Presidente de la Comisión de
Economía, Presupuesto y Asuntos Legales - CEPAL,
con copia al Concejo Municipal; y,
CONSIDERANDO:
artículo 194° reconoce a las municipalidades distritales
en su calidad de órganos de gobierno local, autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, en concordancia con lo señalado en
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley N° 27972;
Que, asimismo en este acto se da cuenta del Of‌i cio
Nº 004-2011-CEPAL-SR-MDSL, mediante el cual
la Lic. Liliana Vargas Otárola – Pdte. de la CEPAL,
remite adjunto el Dictamen Nº 006-2011-CEPAL-SR-
MDSL, en donde por Unanimidad Dictaminan f‌i jar la
Remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad
Distrital de San Luis, en la suma ascendente a S/.
5,850.00 Nuevos Soles y f‌i jar el monto de la Dieta
para cada Regidor en la suma de S/. 877.50 Nuevos
Soles, por asistencia efectiva a cada Sesión Ordinaria
de Concejo Municipal, abonándose hasta un máximo
de dos sesiones al mes, el mismo que no excederá de
S/. 1,755.00.
Que, con el voto Unánime a favor de nueve (09) de
sus miembros (Rojas, Gutiérrez, Fernández, Vargas,
Pérez, Sulca, López, García y Cueva), Ningún (00) voto
en contra y ninguna (00) abstención, con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta, de conformidad
a lo dispuesto por el numeral 28 del Artículo de la
Reglamento Interno de Concejo (RIC).
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR el Dictamen Nº 006-
2011-CEPAL-SR-MDSL, a través del cual la Comisión
de Economía, Presupuesto y Asuntos Legales, por
Unanimidad Dictaminan f‌i jar la Remuneración mensual
del Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis, en la
suma ascendente a S/. 5,850.00 (Cinco mil ochocientos
cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) y f‌i jar el monto de
la Dieta para cada Regidor en la suma de S/. 877.50
(Ochocientos Setenta y siete y 50/100 Nuevos Soles)
Nuevos Soles, por asistencia efectiva a cada Sesión
Ordinaria de Concejo Municipal, abonándose hasta
un máximo de dos sesiones al mes, el mismo que no
excederá de S/. 1,755.00 (Un mil setecientos cincuenta
y cinco y 00/100 Nuevos Soles).
Artículo Segundo.- DISPONER el cumplimiento del
presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal y
Gerencia de Administración y Finanzas, en cuanto les
corresponda.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría
General, disponga la publicación del presente Acuerdo
de Concejo en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, conforme
a ley.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
RICARDO CASTRO SIERRA
Alcalde
617105-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Exoneran de proceso de selección la
adquisición de llantas para la flota
vehicular
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 31-2011-ACSS
Santiago de Surco, 17 de marzo de 2011
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Ordinaria de la fecha,
VISTO: El Dictamen Nº 013-2011-CGM-CAJ-MSS
de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos
Jurídicos, la Carta Nº 806-2011-SG-MSS de la Secretaría
General, el Memorándum Nº 245-2011-GM-MSS de
la Gerencia Municipal, el Informe Técnico Nº 03-2011-
SGM-GSCMA-MSS de la Subgerencia de Maestranza,
el Informe Técnico Nº 03-A-2011-SGAB-GA-MSS de
la Subgerencia de Abastecimientos, el Memorándum
Nº 178-2011-SGPRE-GPP-MSS de la Subgerencia de
Presupuesto, el Memorándum Nº 385-2011-GA-MSS
de la Gerencia de Administración, el Informe Nº 272-
2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
entre otros documentos, sobre Exoneración de Proceso
de Selección para la Adquisición de Llantas para las
unidades operativas de la Municipalidad de Santiago de
Surco, por causal de Desabastecimiento Inminente; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley
Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú establece para las municipalidades, radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Informe Técnico Nº 03-2011-SGM-
GSCMA-MSS del 09.03.2011, la Subgerencia de
Maestranza, señala que la Municipalidad de Santiago
de Surco opera con una f‌l ota vehicular propia de 385
unidades, las cuales son el soporte para los servicios de
Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo en
el distrito, siendo que la Municipalidad debe asegurar
la cobertura de estos servicios al 100% a f‌i n de brindar
al contribuyente un espacio limpio, seguro y saludable
para vivir. Asimismo, de acuerdo al Cuadro Nº 01
– Situación de la Flota Vehicular, al detalle por tipo de
vehículo, indican que al iniciar la gestión al 01.01.2011,
se encontraron con 160 vehículos paralizados en el

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