13 324-2002-TR - Aprueban Reglamento de elección y designación de representantes de créditos laborales ante la Junta de Acreedores de deudores sometidos a procedimiento concursal

Fecha de disposición22 Noviembre 2002
Fecha de publicación22 Noviembre 2002
Pág. 233725
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 22 de noviembre de 2002
TRABAJO Y PROMOCIÓN
DEL EMPLEO
Autorizan viaje de Viceministro a Co-
lombia para participar en seminario
sobre seguridad y salud en el trabajo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 323-2002-TR
Lima, 18 de noviembre de 2002
CONSIDERANDO:
Que, mediante carta de fecha 8 de agosto de 2002, la
Coordinadora General de la Embajada de España en Perú,
invita al ingeniero Fernando Villarán de la Puente, Ministro
de Trabajo y Promoción del Empleo, para participar en el
"SEMINARIO LA ACCIÓN NACIONAL EN SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO EN EL MARCO DE LA INTE-
GRACIÓN ANDINA", organizado por la Agencia Española
de Cooperación Internacional (AECI) y el Instituto Nacio-
nal de Seguridad e Higiene en el Trabajo del Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales - España, que se llevará a cabo
del 18 al 22 de noviembre de 2002 en el Centro Iberoame-
ricano de Formación de Cartagena de Indias, Colombia;
Que, dicho seminario tiene por objetivos facilitar el co-
nocimiento mutuo y sistematizado de la situación y accio-
nes de los países andinos, aproximar los criterios que orien-
tan la acción nacional, buscar y/o incrementar los interlo-
cutores y cauces de colaboración entre los diferentes paí-
ses andinos y/o con la cooperación española y reforzar el
papel de la cooperación horizontal entre los países andi-
nos y de la cooperación bilateral entre éstos y España en
materia de seguridad y salud en el trabajo;
Que, dada la relevancia del mencionado evento, así como
la naturaleza de la temática a desarrollarse, es necesario de-
signar a una persona para que en representación del Ministro
de Trabajo y Promoción del Empleo participe en el mismo;
Que, el doctor José Echeandía Sotomayor, Viceminis-
tro de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, es la persona indicada para participar en dicho
evento, cuyos gastos de pasajes y viáticos serán cubier-
tos por la Agencia Española de Cooperación Internacional
(AECI), siendo de cargo del Ministerio de Trabajo y Promo-
ción del Empleo las tarifas aeroportuarias;
Con la visación del Director General de la Oficina de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619,
Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servido-
res y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el
literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor JOSÉ
ECHEANDÍA SOTOMAYOR, Viceministro de Trabajo del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad
de Cartagena de Indias, Colombia, del 18 al 22 de noviem-
bre de 2002, para los fines expuestos en la parte conside-
rativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución con respecto a los pasajes y viá-
ticos, serán cubiertos por los organizadores del Semina-
rio, en tanto que los gastos por concepto de las tarifas ae-
roportuarias serán cubiertos con recursos del Presupues-
to del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de
acuerdo al siguiente detalle:
Tarifa CORPAC US$ 25.00
Impuesto Colombiano US$ 30.00
Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a
exoneración de impuesto o derechos aduaneros, cuales-
quiera fuesen su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
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Aprueban Reglamento de elección y
designación de representantes de crédi-
tos laborales ante la Junta de Acreedo-
res de deudores sometidos a procedi-
miento concursal
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 324-2002-TR
Lima, 19 de noviembre del 2002
CONSIDERANDO:
Que, la Octava Disposición Complementaria y Final de
la Ley General del Sistema Concursal, Ley Nº 27809, esta-
blece que conforme lo previsto en el artículo 47.2 de la
Ley, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, me-
diante Resolución Ministerial determinará el procedimiento
para elegir y designar al representante de los créditos de
remuneraciones y beneficios sociales ante la Junta de
Acreedores;
Que, conforme a lo señalado, es pertinente dejar sin
efecto la Resolución Ministerial Nº 148-99-TR, a fin de es-
tablecer un nuevo procedimiento de elección del represen-
tante de los créditos de remuneraciones y beneficios so-
ciales conforme a lo establecido en la Ley General del Sis-
tema Concursal, así como incorporar las modificaciones
que deban efectuarse en el citado procedimiento de desig-
nación;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º del
Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Ley
Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo y el Reglamento de Organización y Funciones apro-
bado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Elección y
Designación de los Representantes de los Créditos Labora-
les ante la Junta de Acreedores de los Deudores Someti-
dos a Procedimiento Concursal, que consta de diecisiete
(17) artículos y cuatro (4) Disposiciones Transitorias y Fi-
nales, el mismo que forma parte de la presente Resolución
Artículo 2º.- El Reglamento será aplicable a todos los
procedimientos concursales establecidos en la Ley Gene-
ral del Sistema Concursal, o norma que haga sus veces.
Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigen-
cia al día siguiente de su publicación.
Artículo 4º.- Déjese sin efecto la Resolución Ministe-
rial Nº 148-99-TR y las demás normas que se opongan a
la presente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
REGLAMENTO DE ELECCIÓN Y DESIGNACIÓN
DE LOS REPRESENTANTES DE CRÉDITOS
LABORALES ANTE LA JUNTA DE ACREEDORES
DE LOS DEUDORES SOMETIDOS A
PROCEDIMIENTO CONCURSAL
I.- ANTECEDENTES
Artículo 1º.- Glosario
En la aplicación del presente Reglamento se tendrán
en cuenta las siguientes definiciones:
- AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE TRABAJO: Se
refiere a la Subdirección de Registros Generales del Mi-
nisterio de Trabajo y Promoción del Empleo o Autoridad
Administrativa que haga sus veces.
- COMISIÓN: La Comisión de Procedimientos Con-
cursales del INDECOPI y las Comisiones que se instalen
en virtud de convenios.
- EMPRESA : Es la persona natural o jurídica sujeta a
un procedimiento concursal que cuenta con acreedores
laborales.
- REPRESENTANTE: El trabajador o ex trabajador ele-
gido según lo determina la presente norma.
- JUNTA: Junta de Acreedores.

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