ORDENANZA Nº 001-2009-GRL-CR - Amplían plazo para acogerse a lo dispuesto en la Ordenanza N° 015-2008-GRL-CR referente al Plan de Regularización y Saneamiento de las Deudas

Fecha de disposición03 Marzo 2009
Fecha de publicación03 Marzo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 3 de marzo de 2009
391730
destitución, por lo que en uso de las facultades previstas
por los artículos 154 inciso 3 de la Constitución Política, 31
numeral 1 y 34 de la Ley Nº 26397, y 35 del Reglamento de
Procesos Disciplinarios del Consejo y estando a lo acordado
por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la
Magistratura, en sesión de 13 de noviembre de 2008;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el proceso
disciplinario y aceptar el pedido de destitución formulado
por la Junta de Fiscales Supremos, y en consecuencia,
destituir al doctor Leonidas Franz Navia Molina, por su
actuación como Fiscal Provincial Titular Mixto designado en
el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Huanta.
Artículo Segundo.- Disponer la cancelación del título de
Fiscal Provincial Mixto de Huanta, Distrito Judicial de Ayacucho,
al Fiscal destituido, doctor Leonidas Franz Navia Molina.
Artículo Tercero.- Disponer la inscripción de la medida
a que se contrae el artículo segundo de la presente
resolución en el registro personal del Fiscal destituido,
debiéndose asimismo cursar of‌i cio al señor Presidente de
la Corte Suprema de Justicia de la República y a la señora
Fiscal de la Nación, y publicarse la presente resolución, una
vez que quede consentida o ejecutoriada.
Regístrese y comuníquese.
EDMUNDO PELAEZ BARDALES
EDWIN VEGAS GALLO
FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR
ANIBAL TORRES VASQUEZ
MAXIMILIANO CARDENAS DIAZ
EFRAIN ANAYA CARDENAS
CARLOS MANSILLA GARDELLA
317197-1
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegación de funciones a
Oficinas de Registros de Estado Civil
que funcionan en Municipalidades de
Centros Poblados de los departamentos
de La Libertad, Huancavelica, Junín,
Arequipa, Cajamarca y Pasco
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 108-2009-JNAC/RENIEC
Lima, 25 de febrero de 2009.
VISTOS: los Informes Nºs. 012, 013, 014, 015, 016,
009, 010, 011, 026-2009/SGIRC/GRC/RENIEC emitidos
por la Sub Gerencia de Incorporación de Registros Civiles
y el Informe Nº 0016-2009-GRC/RENIEC emitido por la
Gerencia de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, norma que precisa
que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de órganos
y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución
de los procedimientos administrativos de inscripción, y que
las Of‌i cinas Registrales se encuentran encargadas del
procesamiento registral y demás funciones inherentes al
Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional
la creación y autorización de las que fueren necesarias;
Que, las Of‌i cinas Registrales que funcionan en las
Municipalidades de los Centros Poblados a que se ref‌i eren
los informes del visto, han formalizado expedientes
de regularización de las Of‌i cinas Registrales en sus
respectivas localidades, los mismos que se encuentran
debidamente visados por la Sub Gerencia de Incorporación
de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobación
de la delegación de funciones, que establezca la vinculación
funcional respectiva;
Que, sin perjuicio del cumplimiento de la regla del
expediente administrativo único, cuando deban emitirse
varios actos administrativos de la misma naturaleza, se
podrá emitir un solo documento bajo una misma motivación,
conforme a lo establecido en los artículos 4.4 y 150 de la Ley
del Procedimiento Administrativo General – Ley 27444;
Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros
Civiles y en uso de las facultades conferidas por la Ley
26497 y el Reglamento de Organización y Funciones de
la institución;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la
delegación de las funciones registrales establecidas en
los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de la
Ley 26497; así como las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante la delegación a que se
ref‌i ere la parte considerativa de la presente Resolución, a
las Of‌i cinas de Registros de Estado Civil que funcionan en
las Municipalidades de los siguientes Centros Poblados:
CENTRO POBLADO DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO
MUNMALCA SARIN SÁNCHEZ CARRIÓN LA LIBERTAD
LA LIBERTAD DE
AMPURCO SALCAHUASI TAYACAJA HUANCAVELICA
TALHUIS COMAS CONCEPCIÓN JUNÍN
EL CARMEN SAMUEL PASTOR CAMANÁ AREQUIPA
EL VERDE CHALAMARCA CHOTA CAJAMARCA
SANTÍSIMA
TRINIDAD DE VILLO YANAHUANCA DANIEL CARRION PASCO
CERPAQUINO SARIN SÁNCHEZ CARRIÓN LA LIBERTAD
CHICLIN CHICAMA ASCOPE LA LIBERTAD
EL ALUMBRE BAMBAMARCA HUALGAYOC CAJAMARCA
Artículo 2º.- Los Jefes de las Of‌i cinas de Registros de
Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de los
Centros Poblados señalados en el artículo precedente, quedan
encargados de las funciones registrales cuya delegación
se autoriza; así como de las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante la delegación funcional
dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral
vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC.
Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de
Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de
nacimiento, matrimonio y defunción, a las Of‌i cinas de Registros
de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de los
Centros Poblados cuya delegación de facultades registrales
se aprueba con la presente Resolución. Por otro lado,
corresponderá a la Sub Gerencia de Incorporación de Registros
Civiles, orientar e impartir instrucciones a dichas Of‌i cinas, a
f‌i n que el procedimiento registral se realice en concordancia
con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que
regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
318249-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE LORETO
Amplían plazo para acogerse a lo dispuesto
referente al Plan de Regularización y
Saneamiento de las Deudas
ORDENANZA REGIONAL
N° 001-2009-GRL-CR
Villa Belén, 6 de febrero de 2009
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LORETO
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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