03 557-2002-ANR - Designan integrantes de comisión para la transferencia del acervo documentario académico-administrativo y el traslado externo del alumnado de la ex Universidad Particular de Ciencias y Tecnología

Fecha de publicación18 Agosto 2002
Fecha de disposición18 Agosto 2002
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 18 de agosto de 2002 AÑO XX - Nº 8093 Pág. 228407
SUMARIO
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
"AÑO DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL"
DIARIO OFICIAL
Director: HUGO GARAVITO AMÉZAGA http://www.editoraperu.com.pe
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
R. Leg. Nº 27822.- Resolución Legislativa que autoriza al se-
ñor Presidente de la República a salir del país entre el 21 y 24
de agosto del presente año, con la finalidad de viajar a la ciu-
dad de Santiago, República de Chile 228408
PODER EJECUTIVO
CASA DE GOBIERNO
Res. Nº 081-2002-DP/JCGOB.- Sancionan con destitución a
funcionario 228408
DEFENSA
R.M. Nº 1323-DE/SG.- Autorizan suscribir contrato de presta-
ción de servicios no personales de asesor directo del Ministro
228410
R.M. Nº 1324-DE/MGP.- Autorizan viaje oficial de la Mari-
na de Guerra para participar en curso sobre hemodinamia y
otros que se realizará en Argentina 228410
R.M. Nº 1332-DE/FAP-CP.- Autorizan viaje a oficiales FAP
para dar cumplimiento a la ronda de conversa-ciones sobre
intercambio de oficiales pilotos de helicóptero de Chile y Perú
228410
ECONOMÍA Y FINANZAS
D.S. Nº 124-2002-EF.- Modifican decreto que estableció el
Sistema de Franja de Precios aplicable a las importaciones de
diversos productos agropecuarios 228411
EDUCACION
D.S. Nº 017-2002-ED.- Disponen la reinscripción de diversos
Institutos Superiores Pedagógicos y Escuelas Superiores de
Formación Docente Públicos 228411
Fe de Erratas R.VM. Nº 081-2002-ED 228421
ENERGÍA Y MINAS
R.S. Nº 027-2002-EM.- Otorgan a MINSUR S.A. concesión
definitiva para desarrollar actividades de transmisión de ener-
gía eléctrica en la línea de transmisión S.E. Azángaro - S.E.
San Rafael 228421
R.S. Nº 028-2002-EM.- Autorizan la suscripción de addendum
al Contrato de Concesión Nº 131-98 con EGECEN S.A. 228422
Res. Nº 001-SG/A.D.S. Nº 006-2002-MEM.- Declaran nulo
otorgamiento de la buena pro en el Concurso Público Nº 006-
2002-MEM, convocado para la contratación del servicio de
fotocopiado y acabado de documentos 228422
MINCETUR
R.M. Nº 024-2002-MINCETUR/DM.- Designan representan-
te del Ministerio para que suscriba contrato de concesión del
Centro Recreacional Huachipa con el Consorcio Ecolatina
S.A.C. 228425
RELACIONES EXTERIORES
D.S. Nº 077-2002-RE.- Ratifican el "Convenio entre el Go-
bierno de la República del Perú y el Gobierno de la República
del Ecuador para la Cooperación entre Administraciones Tri-
butarias" 228426
SALUD
R.M. Nº 1359-2002-SA/DM.- Designan Director General del
Hospital Nacional Cayetano Heredia 228427
R.M. Nº 1360-2002-SA/DM.- Dan por concluida designación
de profesional en la Dirección Adjunta del Hospital Nacional
Cayetano Heredia 228427
RR.MM. Nºs. 1361 y 1364-2002-SA/DM.- Designan Direc-
tores de Asesoría Legal y de la Oficina de Logística del Hos-
pital Nacional Cayetano Heredia 228427
RR.MM. Nºs. 1362 y 1363-2002-SA/DM.- Designan Direc-
tores de las Oficinas Ejecutivas de Administración y de Ges-
tión Institucional del Hospital Nacional Cayetano Heredia
228428
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.VMs. Nºs. 550, 551, 552 y 553-2002-MTC/15.03.- Otor-
gan autorización y permiso de instalación a personas jurídicas
y natural para operar estaciones del servicio de radiodifusión
sonora en el departamento de Puno 228428
R.D. Nº 159-2002-MTC/15.16.- Modifican permiso de opera-
ción del servicio de transporte aéreo regular internacional de
carga y correo concedido a Arrow Air Inc. 228431
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Res. Adms. Nºs. 002 y 003-2002-P-CE-PJ.- Autorizan viaje
a magistrada y secretaria judicial de juzgado penal del Distri-
to Judicial de Lima a Venezuela, en comisión de servicios
228431
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 249-2002-P-CSJCNL/PJ.- Nombran Comisión
a efectos de realizar proceso de evaluación y selección del
Jefe de la Oficina de Administración de la Corte Superior de
Justicia del Cono Norte 228432
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
ASAMBLEA NACIONAL DE
RECTORES
Res. Nº 557-2002-ANR.- Designan integrantes de comisión
para la transferencia del acervo documentario académico-ad-
ministrativo y el traslado externo del alumnado de la ex Uni-
versidad Particular de Ciencias y Tencología 228433
Pág. 228408
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 18 de agosto de 2002
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Nº 27822
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
A SALIR DEL PAÍS ENTRE EL 21 Y 24 DE
AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, CON LA
FINALIDAD DE VIAJAR A LA CIUDAD
DE SANTIAGO, REPÚBLICA DE CHILE
La Comisión Permanente del Congreso de la República,
de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del artículo
102º y en el artículo 113º de la Constitución Política, y en la
Ley Nº 26656, ha resuelto acceder a la petición formulada
por el señor Presidente Constitucional de la República y, en
consecuencia, autorizarlo para salir del país entre el 21 y
24 de agosto del presente año, con la finalidad de viajar a
la ciudad de Santiago, República de Chile, para llevar a cabo
una Visita de Estado a dicho país.
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al
día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Perua-
no. Comuníquese al señor Presidente de la República para
su promulgación.
En Lima, a los trece días del mes de agosto de dos mil
dos.
CARLOS FERRERO
Presidente del Congreso de la República
JESÚS ALVARADO HIDALGO
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Lima, 16 de agosto de 2002.
Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y ar-
chívese.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
LUIS SOLARI DE LA FUENTE
Presidente del Consejo de Ministros
14803
PODER EJECUTIVO
CASA DE GOBIERNO
Sancionan con destitución a funcio-
nario
RESOLUCIÓN DEL JEFE DE LA CASA
DE GOBIERNO Nº 081-2002-DP/JCGOB
Lima, 12 de agosto de 2002
Visto el Informe Final Nº 001-2002-DP/SGPR/CEPAD, pre-
sentado el 26 de julio de 2002, por la Comisión Especial de
Procesos Administrativos Disciplinarios, designada mediante
Resoluciones del Jefe de la Casa de Gobierno Nº 046-2002-
DP/JCGOB y 049-2002-DP/JCGOB, que comprende a su ges-
tión del período 2000, del funcionario procesado;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución del Jefe de la Casa de Gobier-
no Nº 064-2002-DP/JCGOB, de fecha 24 de junio de 2002, el
CONTRALORÍA GENERAL
Res. Nº 153-2002-CG.- Dejan sin efecto designación de Socie-
dad de Auditoría Ángel López-Aguirre & Asociados Conta-
dores Públicos Sociedad Civil efectuada mediante la Res. Nº
240-2001-CG 228433
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Circular Nº 023-2002-EF/90.- Establecen disposiciones de
encaje en moneda nacional 228434
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Res. Nº 025-2002-EF/94.45.- Disponen exclusión del Re-
gistro Público del Mercado de Valores de las cuotas
representadas por certificados de participación de Progre-
so Instrumentos de Corto Plazo 2 - Fondo de Inversión
228442
Res. Nº 050-2002-EF/94.10.- Autorizan contratar estudio
de abogados para el patrocinio en proceso judicial segui-
do por la CONASEV con Bavaria S.A. y Lince Netherlands
B.V. mediante proceso de adjudicación de menor cuantía
228442
Res. Nº 052-2002-EF/94.10.- Autorizan funcionamiento de
Pro Mercado Sociedad Corredora de Productos S.A. y dispo-
nen su inscripción en el Registro Público del Mercado de Va-
lores 228443
INDECOPI
Res Nº 044-2002/CDS-INDECOPI.- Se deja sin efecto dere-
chos antidumping provisionales aplicados a importaciones de
aceites vegetales refinados de soya, girasol y sus mezclas, ori-
ginarios de Argentina, producidos o exportados por la empre-
sa Aceitera General Deheza S.A., destinadas a la Región Orien-
te del Perú, en razón de haberse cumplido cuatro meses de su
vigencia 228444
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Ordenanza Nº 016-2002/MDA.- Otorgan plazo para la regu-
larización de habilitaciones urbanas ejecutadas en el distrito
228444
Ordenanza Nº 017-2002/MDA.- Modifican artículos de or-
denanza que estableció beneficio de regularización tributaria
y administrativa a favor de contribuyentes y deudores del dis-
trito 228445
MUNICIPALIDAD
DE JESÚS MARÍA
Ordenanza Nº 094.- Establecen plazo de exoneración del pago
por derecho de inscripción de menores de edad nacidos en el
distrito 228446
Ordenanza Nº 095.- Disponen la celebración de matrimonio
civil comunitario 228446
Pág. 228409
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 18 de agosto de 2002
Titular de la entidad dispuso que la Comisión Especial de Pro-
cesos Administrativos Disciplinarios, designada mediante Re-
soluciones del Jefe de la Casa de Gobierno Nº 046-2002-DP/
JCGOB y 049-2002-DP/JCGOB, inicie proceso administrativo
disciplinario contra el señor CPC Jorge Gutiérrez León, Teso-
rero II, y otras personas comprendidos en los Informes Nº 004
y 003-2001-DP/INSP, de la Oficina de Inspectoría, por haber
incurrido presuntamente en faltas de carácter disciplinario tipi-
ficadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º de la Ley de
Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del
Sector Público, Decreto Legislativo Nº 276;
Que, mediante escrito de fecha 11 de julio de 2002, el
señor Gutiérrez realizó su descargo escrito, que corre de fojas
253 a 302 del expediente, y presentó su Informe Oral con fe-
cha 12 de julio de 2002, conforme al acta correspondiente de
la misma fecha que obra en el Libro de Actas a fojas 16 a 21;
que, no obstante dichos descargos, dicho servidor no ha lo-
grado desvirtuar los hechos que se le imputan;
Que, el referido señor Gutiérrez, en su informe oral ha solici-
tado la prescripción de la acción, invocando el Artículo 173º del
Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y
de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legislativo Nº
Que, conforme al Artículo 173º del Reglamento de la
Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remu-
neraciones del Sector Público, Decreto Legislativo Nº 276,
aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el proce-
so administrativo disciplinario deberá iniciarse en el plazo
no mayor de un año (1) contado a partir del momento en
que la autoridad competente tenga conocimiento de la co-
misión de la falta disciplinaria;
Que, el Informe Especial de Inspectoría del Despacho
Presidencial Nº 003-2001-DP/INSP, correspondiente al Exa-
men de Control de la X Conferencia de Esposas de Jefes
de Estado y Gobierno de las Américas, fue concluido en el
mes de julio del año 2001 y remitido a la autoridad compe-
tente de entonces, el Jefe de la Casa Militar del Despacho
Presidencial, el 27 de julio del año 2001; en este sentido el
plazo de un año a que se refiere el Reglamento debe con-
tarse a partir del 28 de julio de dicho año;
Que, al haberse expedido la Resolución del Jefe de la
Casa de Gobierno Nº 064-2002-DP/JCGOB que instaura
proceso administrativo en contra del señor Jorge Gutiérrez,
el 24 de junio de 2002, y notificada el 27 del mismo mes y
año, no ha operado la prescripción, ya que dichos actos se
han realizado dentro del plazo legal correspondiente, por lo
que el pedido del señor Gutiérrez deviene infundado;
Que, en cuanto a las imputaciones formuladas, la Comi-
sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios,
ha llegado, luego del análisis, evaluación y actuación de
pruebas correspondientes que obran en el expediente, a
las siguientes conclusiones respecto de la actuación del
CPC Jorge Gutiérrez León:
(i) Que dicho funcionario pagó extemporáneamente el Im-
puesto a la Renta de Cuarta Categoría e Impuesto Extraordina-
rio de Solidaridad por S/. 5,685.05 Nuevos Soles, habiendo te-
nido incluso que asumir él mismo el pago de las multas e intere-
ses moratorios (escrito de descargo de fojas 255 del expedien-
te, e Informe Oral de fojas 19 y 20 del Libro de Actas). Dicha
situación, acredita su actuar negligente, al exponer a la entidad
a las sanciones propias de la administración tributaria. Proce-
der que está considerado como falta de carácter disciplinario
previsto en el literal d) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la
Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Públi-
co, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276;
(ii) Manejo inadecuado del dinero en efectivo, contra-
viniendo normas de control interno al no reportar la existen-
cia de este dinero; todo lo cual no permitió que se efectuara
un control efectivo a través de los arqueos realizados por
Inspectoría ni por el superior jerárquico. Según la Comi-
sión, estos hechos han sido reconocidos por el propio se-
ñor Gutiérrez. Así consta de lo manifestado por el propio
trabajador en los numerales 1. y 2. de su escrito de fecha
11 de julio del 2002 (fojas 253 y 255), y en su declaración
de parte prestada en la audiencia de fecha 12 de julio de
2002 (fojas 19 del Libro de Actas).
En este sentido, la conducta del servidor contraviene
los alcances de lo dispuesto en los artículos 40º, 41º y 46º
de la Resolución Directoral Nº 045-99-EF/77.15, Directiva
de Tesorería para el año Fiscal 2000, aprobada por Resolu-
ción Directoral Nº 045-99-EF/77.15, publicada el 23 de di-
ciembre de 1999, constituyendo falta de carácter disciplina-
rio grave, prevista en los literales a) y d) del artículo 28º del
(iii) Giro de un cheque imputado al fondo de encargo que
se había conferido a la señora Ana Herz de Vega; el cual ade-
más cobró y utilizó, contraviniendo los alcances de la Resolu-
ción administrativa de encargo (Resolución Directoral Nº 001-
2000/CMPR/DGADM, que consta a fojas 259 a 261 del expe-
diente). En efecto, este hecho además ha sido ratificado por la
ex Directora Ejecutiva de Contabilidad y Tesorería del Despa-
cho Presidencial CPC Rosa Bautista Salcedo, en su declara-
ción de parte prestada en la audiencia de fecha 10 de julio de
2002 (fojas 13 del Libro de Actas). Dicho proceder, contravie-
ne los alcances de lo dispuesto en el artículo 40º de Resolu-
ción Directoral Nº 045-99-EF/77.15, Directiva de Tesorería para
el año Fiscal 2000; constituyendo falta de carácter disciplina-
rio grave, prevista en los literales a) y d) del artículo 28º del
Que, acreditadas dichas faltas, a efectos de determinar la
sanción correspondiente, la Comisión Especial de Procesos
Administrativos Disciplinarios, en mayoría, sostiene que debe
tenerse en cuenta la "experiencia , preparación, conocimiento
de las normas sobre el manejo de tesorería y las de control,
así como haber girado, cobrado y utilizado un cheque con car-
go a los fondos conferidos mediante encargo bajo la respon-
sabilidad de la señora Ana Herz de Vega"; a los que debe
agregarse el celo estricto que deben tener los funcionarios y
servidores en el manejo de los recursos del Estado. Bajo to-
dos estos criterios, respecto a las faltas cometidas, resulta pro-
porcional y con fundamento la recomendación de destitución
propuesta por dicha Comisión;
Que, el literal a) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la
Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Públi-
co, señala que se considera falta de carácter disciplinario el
incumplimiento de las normas establecidas en dicha Ley y su
Reglamento; así mismo el inciso d) del citado Artículo 28º,
establece que se considera falta de carácter disciplinario la
negligencia en el desempeño de las funciones;
Que, el numeral 2. del Artículo 229º de la Ley del Proce-
dimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº
27444, establece que la potestad sancionadora disciplina-
ria sobre el personal de las entidades de la Administración
Pública se rige por la normatividad de la materia;
Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 240º
culo 27º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y
de Remuneraciones del Sector Público; y el Artículo 154º
de su Reglamento, para la calificación de la falta se debe
considerar la función que desempeña el funcionario dentro
de la entidad, en este caso dentro del Despacho Presiden-
cial; por consiguiente, para la calificación de la falta admi-
nistrativa incurrida, debe tomarse en consideración que el
servidor procesado desempeñaba el cargo de Tesorero;
Que, por otro lado la potestad sancionadora disciplinaria de
la Administración tiene justificación cuando se considera como
una herramienta legal con que cuentan las Instituciones Públi-
cas para ordenar y normar la conducta de un determinado tipo
de personas calificadas, como son los funcionarios y servido-
res públicos, con la finalidad de lograr el cumplimiento de deter-
minados patrones de conducta, así como el adecuado desem-
peño de las funciones asignadas a dichos servidores;
Que, conforme al Artículo 170º del Reglamento de la
Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remu-
neraciones del Sector Público, es prerrogativa del titular de
la entidad determinar el tipo de sanción a aplicarse;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar infundado el pedido de prescrip-
ción, solicitado por el señor Jorge Gutiérrez León.
Artículo 2º.- Sancionar al funcionario CPC Jorge Gutié-
rrez León, con destitución, por las consideraciones conte-
nidas en la presente resolución.
Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Central de Admi-
nistración, a través de la Gerencia de Recursos Humanos,
la notificación de la presente Resolución al señor CPC Jor-
ge Gutiérrez León, procediendo a la liquidación y pago de
los beneficios a que hubiere lugar.
Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia Central de Ad-
ministración del Despacho Presidencial, realice las accio-
nes administrativas correspondientes para el registro y la
aplicación de la sanción a que se refiere el Artículo 2º de
esta Resolución, conforme al Artículo 241º de la Ley Nº
27444; así como la publicación, de la misma en el Diario
Oficial El Peruano, de conformidad a lo señalado en el inci-
so d) del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 074-95-PCM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CHUQUIHUARA CHIL
Secretario General (e)
Casa de Gobierno
14805

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