Aceptan y aprueban donaciones en favor del INC*

Fecha de publicación30 Agosto 1997
Fecha de disposición30 Agosto 1997
Pág. 152232
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 30 de agosto de 1997
Pro y en general todo acto que sea necesario para la
realización de dichos procesos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ELSA CARRERA DE ESCALANTE
Ministra de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
9792
ECONOMIA Y
FINANZAS
Precios FOB de referencia para la
aplicación de los derechos específi-
cos correspondientes a la importación
de ciertos productos agropecuarios
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 158-97-EF/15
Lima, 29 de agosto de 1997
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 016-
91-EF, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº
25528 y modificatorias, la importación de ciertos produc-
tos agropecuarios está sujeta a la aplicación de derechos
específicos variables;
Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF, modificado
por los Decretos Supremos Nºs. 133-94-EF, 99-95-EF,
151-95-EF, 025-96-EF, 080-96-EF y 005-97-EF, vigente a
partir del 2 de febrero de 1997, se actualizaron las tablas
aduaneras aplicables a las importaciones de los productos
a que se refiere el considerando anterior;
Que, corresponde publicar los precios FOB de referen-
cia para la semana comprendida entre el 18 y el 24 de
agosto de 1997;
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.-
Publíquese los precios FOB de refe-
rencia para la aplicación del derecho específico variable a
que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF:
PRECIOS FOB DE REFERENCIA
(DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF)
US$ por T.M.
Fecha Trigo Maíz Arroz Azúcar
BDTB BDTE BDTK SULX
Del 18/8 al
24/8 151 115 283 347
Regístrese y comuníquese
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Economía y Finanzas
9767
EDUCACION
Aceptan y aprueban donaciones en
favor del INC
RESOLUCION SUPREMA
Nº 085-97-ED
Lima, 29 de agosto de 1997
Visto, el Memorándum Nº 250-97-INC/DIGEDIFA del
Director General de Difusión y Formación Artística del
Instituto Nacional de Cultura, sobre inafectación del IGV
y aceptación de donación proveniente del exterior.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de Donación de fecha 14 de abril
de 1997, el Sr. Enrico Bernasconi, residente en California,
Estados Unidos de América ha efectuado una donación,
consistente en zapatillas para ballet y partituras musica-
les a favor del Instituto Nacional de Cultura para ser
destinadas al Ballet Nacional y la Orquesta Sinfónica
Nacional;
Que, según Guía Aérea Nº 307-53549042 de fecha 17
de abril de 1997 extendida por la Compañía Challenge Air
Cargo, se consigna que la mercadería ha sido embarcada
en el Aeropuerto Internacional de Miami, Estados Unidos
de América, con destino al Aeropuerto Internacional Jor-
ge Chávez del Callao;
Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado del Sector Educación y tiene por
finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional
en el campo de la cultura, normar, supervisar y evaluar la
política cultural del país y administrar, conservar y pro-
teger el patrimonio cultural de la nación;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo
Nº 821, establece que no estarán gravadas con el Impuesto
General a las Ventas, la importación o transferencia de
bienes que se efectúe a título gratuito, a favor de Entida-
des y Dependencias del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 821 y el Decreto Supremo Nº 099-96-EF; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Aceptar y aprobar la donación efectuada
por el Sr. Enrico Bernasconi, residente en California,
consistente en 130 pares de zapatillas para ballet, marca
capezio, modelo contempora y partituras musicales, a
favor del Instituto Nacional de Cultura para ser destina-
dos al Ballet Nacional y la Orquesta Sinfónica Nacional,
respectivamente, por un valor total de US$ 36 288,67
(Treinta y Seis Mil Doscientos Ochenta y Ocho y 67/100
Dólares de Estados Unidos de América), y un peso total
estimado de 472 k.
Artículo 2º.-
Compréndase a la citada donación en los
alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legisla-
tivo Nº 821.
Artículo 3º.-
El Instituto Nacional de Cultura remiti-
rá al Ministerio de Educación el Acta de Entrega y Recep-
ción de la donación.
Artículo 4º.-
Transcribir la presente Resolución Su-
prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la
Contraloría General de la República dentro de los plazos
establecidos.
Artículo 5º.-
La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro
de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
DOMINGO PALERMO CABREJOS
Ministro de Educación
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Economía y Finanzas
9775
RESOLUCION SUPREMA
Nº 086-97-ED
Lima, 29 de agosto de 1997
Visto, el Oficio Nº 085-97-INC/BN de la Directora del
Ballet Nacional del Instituto Nacional de Cultura, sobre
inafectación del IGV y aceptación de Donación prove-
niente del exterior.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR