08 112-2003-JUS 113-2003-JUS - Acceden a pedidos de extradición activa de procesados por delito contra el patrimonio y disponen su presentación a EE.UU. y la República Italiana

Fecha de publicación11 Agosto 2003
Fecha de disposición11 Agosto 2003
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 11 de agosto de 2003 AÑO XXI - Nº 8450 Pág. 249631
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
"AÑO DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Y DEL
CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE JORGE BASADRE GROHMANN"
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DIARIO OFICIAL
Director: HUGO COYA HONORES http://www.editoraperu.com.pe
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
P C M
D.S. Nº 073-2003-PCM.- Modifican el D.S. Nº 111-2001-PCM,
en lo relativo a la conformación de la Comisión Nacional de los
Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos - CONAPA y fun-
ciones de su Presidente 249632
AGRICULTURA
Res. Nº 025-2003-INIA.- Cancelan licitación pública sobre
adquisición de vehículos para el INIA 249633
DEFENSA
R.S. Nº 263-DE/SG.- Autorizan ingreso de personal militar de
EE.UU. para efectuar ejercicio de capacitación en destreza mé-
dica en la ciudad del Cusco 249634
R.S. Nº 264-DE/SG.- Autorizan ingreso del Comandante en Jefe
de la Armada de Chile para visitar la Comandancia General de
Operaciones de la Amazonía y Quinta Zona Naval 249634
R.M. Nº 1194-DE/SG.- Exoneran de proceso de selección la
contratación de abogados para que asuman la defensa de perso-
nal militar procesado ante el Segundo Juzgado Penal de la Corte
Superior de Puno 249634
ENERGÍA Y MINAS
R.D. Nº 165-2003-MEM/DGM.- Suspenden permisos y autori-
zaciones otorgados a favor de titulares de actividad minera, por
incumplimiento de pago del monto correspondiente a planillas
de gastos por inspecciones de fiscalización 249636
JUSTICIA
RR.SS. Nºs. 112 y 113-2003-JUS.- Acceden a pedidos de extra-
dición activa de procesados por delito contra el patrimonio y
disponen su presentación a EE.UU. y la República Italiana
249636
RR.VM. Nºs. 062, 063 y 064-2003-JUS.- Autorizan el funcio-
namiento de Centros de Conciliación con sede en las ciudades
de Lima y Rioja 249637
R.VM. Nº 065-2003-JUS.- Modifican artículo de resolución
mediante la cual se autorizó el funcionamiento de centro de
conciliación, con sede en la ciudad de Huacho 249639
Res. Nº 011-2003-JUS/CN.- Declaran improcedente recurso de
nulidad contra el acto eleccionario de la Junta Directiva 2003-
2004 del Colegio de Notarios de Ayacucho 249639
Res. Nº 012-2003-JUS/CN.- Declaran fundado recurso de que-
ja y nulidad de lo resuelto por el Jurado Calificador del Concur-
so Público de Méritos Nº 001-2002, del Distrito Notarial de
Ancash 249640
Res. Nº 013-2003-JUS/CN.- Declaran fundado recurso de
reconsideración y revocan la Res. Nº 027-2002-JUS/CN, no ha-
biendo lugar a que el Colegio de Notarios de Ayacucho inicie
proceso disciplinario contra miembro de la orden 249641
Res. Nº 014-2003-JUS/CN.- Disponen crear Base de Datos de
los Notarios Públicos del país 249641
Res. Nº 016-2003-JUS/CN.- Disponen difundir entre todos los
Colegios de Notarios la obligatoriedad de emitir comprobantes de
pago de acuerdo con informe emitido por la SUNAT 249642
Res. Nº 017-2003-JUS/CN.- Declaran infundado recurso de ape-
lación y confirman la Res. Nº 016-2003-CNL/D, del Colegio de
Notarios de Lima 249642
Res. Nº 018-2003-JUS/CN.- Archivan recurso de queja contra
Notario Público del Callao 249643
PRODUCE
R.M. Nº 288-2003-PRODUCE.- Establecen disposiciones com-
plementarias sobre protección ambiental para el desarrollo de
actividades de la industria Manufacturera 249643
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 629-2003-MTC/03.- Modifican la Nota P52 del Plan
Nacional de Atribución de Frecuencias, aprobado por la R.M.
Nº 250-97-MTC/15.19 249646
RR.MM. Nºs. 631 y 633-2003-MTC/03.- Otorgan concesiones
a la Asociación de Cablevisión San Jacinto y a Tecnocable Santa
Lucía E.I.R.L. para la prestación del servicio público de distri-
bución de radiodifusión por cable 249646
R.M. Nº 632-2003-MTC/03.- Otorgan concesión a Virtekcom
S.R.L. para prestación de servicios portadores de larga distancia
nacional e internacional 249647
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. Nº 090-2003-CE-PJ.- Autorizan viaje de magistrada
y secretaria a Argentina para recibir declaración testimonial en
proceso penal seguido en agravio del Estado Peruano 249647
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
RR.JJ. Nºs. 360 y 361-2003-JEF/RENIEC.- Autorizan a pro-
curador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la
comisión de delito contra la fe pública 249648
UNIVERSIDADES
Res. Nº 159-2003-CU.- Aprueban Reglamento de Procesos Ad-
ministrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes de la
Universidad Nacional del Callao 249649
GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO
R.A Nº 257-03/A-MPA/P.- Declaran fundado recurso de apela-
ción contra el acto que declara desierto el proceso de selección
Nº 003-2003-MPA 249653
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEJÍA
Acuerdo Nº 006-2003-MDM.- Exoneran de proceso de adjudi-
cación directa selectiva la adquisición de inmueble 249653
Pág. 249632
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 11 de agosto de 2003
PODER EJECUTIVO
P C M
Modifican el D.S. Nº 111-2001-PCM, en
lo relativo a la conformación de la Comi-
sión Nacional de los Pueblos Andinos,
Amazónicos y Afroperuanos - CONAPA
y funciones de su Presidente
DECRETO SUPREMO
Nº 073-2003-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo Nº 111-2001-PCM, modifica-
do por el Decreto Supremo Nº 127-2001-PCM, el Decre-
to Supremo Nº 025-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº
012-2003-PCM, dispone que la Comisión Nacional de los
Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos - CONA-
PA estará conformada por veinticinco (25) miembros, de
los cuales nueve (9) serían elegidos libre y
democráticamente entre los integrantes de los pueblos
andinos, amazónicos y afroperuanos dentro de sus insti-
tuciones representativas, en un plazo de ciento veinte
(120) días naturales, contados a partir de la vigencia del
precitado Decreto Supremo;
Que, atendiendo a la complejidad y novedad del pro-
ceso de elecciones de los representantes de los pueblos
andinos, amazónicos y afroperuanos, debido al elevado
número de sus organizaciones representativas en el país,
resulta necesario establecer criterios y procedimientos
adecuados para la elección de sus representantes ante
la CONAPA, para lo cual conviene disponer la conforma-
ción de una Comisión Técnica que se encargue de pro-
ponerlos;
Que, dado que hasta la fecha no se ha llevado a cabo
la elección de los nueve (9) representantes de los pue-
blos andinos, amazónicos y afroperuanos, a efectos de
continuar con el normal desenvolvimiento de las activi-
dades de la CONAPA resulta conveniente efectuar una
designación transitoria;
Que, es pertinente establecer las funciones del Presi-
dente de la CONAPA;
De conformidad con lo establecido por el inciso 8) del
Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Supremo Nº 111-
2001-PCM, y sus modificatorias;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modificación
Modifíquese el artículo 3º del Decreto Supremo Nº
111-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº
012-2003-PCM, el mismo que en adelante tendrá el si-
guiente texto:
"Artículo 3º.- Conformación de la Comisión Nacio-
nal de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afrope-
ruanos
La Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazó-
nicos y Afroperuanos estará conformada por veinticinco
(25) miembros, los cuales serán designados por Resolu-
ción Ministerial de la Presidencia del Consejo de Minis-
tros, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº
27594.
Integran la Comisión, los siguientes miembros:
- Dos representantes de la Presidencia del Consejo
de Ministros, uno de los cuales será designado Presi-
dente;
- Un representante del Ministerio de Salud;
- Un representante del Ministerio de Relaciones Exte-
riores;
- Un representante del Ministerio de Educación;
- Un representante del Ministerio de Energía y Minas;
- Un representante del Ministerio de Agricultura;
- Un representante del Ministerio de Justicia;
- Un representante del Ministerio de la Producción;
- Un representante del Ministerio de Comercio Exte-
rior y Turismo; y,
- Un representante del Ministerio de la Mujer y Desa-
rrollo Social.
Los representantes de los Ministerios son designa-
dos por la Presidencia del Consejo de Ministros, a pro-
puesta del Sector correspondiente.
Los catorce (14) miembros restantes de la Comisión
serán designados de la siguiente manera:
- Cinco (5) entre reconocidos estudiosos de la proble-
mática de los pueblos andinos, amazónicos y afroperua-
nos, los mismos que serán designados mediante Resolu-
ción Ministerial de la Presidencia del Consejo de Minis-
tros en un plazo máximo de treinta (30) días útiles de
publicado el presente Decreto Supremo.
- Nueve (9) elegidos como resultado del proceso elec-
toral al interior de los pueblos andinos, amazónicos y afro-
peruanos, de conformidad con los criterios y procedimien-
tos propuestos por la Comisión Técnica.
La Comisión puede empezar a funcionar con la mayo-
ría de sus miembros.
El trabajo de los miembros de la Comisión, a excep-
ción del Presidente, será ad honorem."
Artículo 2º.- Adición
Adiciónese el siguiente artículo al Decreto Supremo
Nº 111-2001-PCM:
"Artículo 3º A.- Funciones del Presidente de la
Comisión Nacional de los Pueblos Andinos, Amazó-
nicos y Afroperuanos
Son funciones del Presidente de la Comisión Nacio-
nal de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos
las siguientes:
1. Concertar con las organizaciones representativas
de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuanos, las
políticas, programas y proyectos relacionados con sus
iniciativas y demandas;
2. Concertar con las entidades del Estado las políti-
cas y acciones a favor de los pueblos andinos, amazóni-
cos y afroperuanos;
3. Promover consensos entre los representantes
de los pueblos andinos, amazónicos y afroperuanos,
los del Estado y los estudiosos de la problemática de
los referidos pueblos, que forman parte de la Comi-
sión;
4. Promover y coordinar con instituciones vinculadas
a la materia la elección de los representantes de los pue-
blos andinos, amazónicos y afroperuanos ante la Comi-
sión por sus instituciones representativas, utilizando pro-
cedimientos democráticos;
5. Coordinar con la Presidencia del Consejo de
Ministros la implementación de las políticas de la
Comisión;
6. Convocar a sesiones ordinarias y extraordina-
rias de la Comisión a través de la Secretaría Ejecuti-
va; y,
7. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias
de la Comisión."
Disposiciones Complementarias
Primera.- Conclusión de designación
A la entrada en vigencia del presente Decreto Supre-
mo, los actuales miembros de la Comisión Nacional de
los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos cesa-
rán en sus cargos, debiendo procederse a la designa-
ción de los nuevos integrantes en un plazo de quince (15)
días útiles a partir de la vigencia del presente Decreto
Supremo.
Segunda.- Conformación de Comisión Técnica
Mediante Resolución Ministerial de la Presidencia
del Consejo de Ministros, que se emitirá en un plazo
máximo de treinta (30) días útiles, se conformará una
Comisión Técnica a propuesta de la Secretaría Eje-

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