RESOLUCION SUPREMA N° 198-2008-JUS - Acceden a pedido de extradición activa de procesado por presunta comisión de delito contra el patrimonio y disponen su presentación por vía diplomática a la República de Bolivia

Fecha de publicación18 Diciembre 2008
Fecha de disposición18 Diciembre 2008
MateriaDerecho Procesal
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 18 de diciembre de 2008 385395
de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto
por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;
Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142,
Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2008, referido a las medidas de austeridad en
bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de
servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos
públicos, excepto los que se efectúen en el marco de
los acuerdos de negociación de tratados comerciales,
negociaciones económicas y f‌i nancieras y las acciones
de promoción de importancia para el Perú, así como
los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio
de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y
autoridades del Estado a que se ref‌i ere la Ley Nº 28212,
siendo que todos los viajes se realizan en categoría
económica, salvo las excepciones autorizadas mediante
Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros;
establece que toda persona y autoridad está obligada a
acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad
judicial competente, en sus propios términos, sin poder
calif‌i car su contenido o sus fundamentos, restringir
sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en
consideración los dispositivos legales antes mencionados
y en cuenta la importancia del viaje del personal policial
referido, el mismo que se encuentra presupuestado,
resulta necesario autorizar dicho viaje; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos y su Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 29142,
Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2008; la Ley Nº 27238, Ley de la Policía Nacional del Perú
y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 008-2000-IN; el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que
aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo
Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero en
comisión del servicio al Mayor de la Policía Nacional del
Perú Jorge Antonio MUGURUZA MINAYA, y al Subof‌i cial
Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú
Segundo Carlos VALDIVIA QUIBAJO, del 19 de diciembre
al 23 de diciembre de 2008, a la ciudad de Buenos Aires
- República de Argentina, para los f‌i nes a que se contrae
la presente Resolución Suprema.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que
ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo
precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora
002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía
Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior,
de acuerdo al siguiente detalle:
Mayor de la Policía Nacional del Perú Jorge Antonio
MUGURUZA MINAYA
Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)
5 x 200 US$ 1,000.00
TOTAL US$ 1,000.00
Subof‌i cial Técnico de Segunda de la Policía
Nacional del Perú Segundo Carlos VALDIVIA
QUIBAJO
Viáticos (Art. 5º D.S. Nº 047-2002-PCM)
5 x 200 US$ 1,000.00
TOTAL US$ 1,000.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
de efectuado el viaje, el personal policial designado
deberá presentar un informe detallado, describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como
la rendición de cuentas debidamente documentada.
Artículo 4º.- Dentro de los siete (7) días calendario de
efectuado el viaje, el personal policial designado deberá
presentar a la Presidencia de la República, a través de la
Secretaría del Consejo de Ministros, un informe detallado
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de
ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el señor Presidente del Consejo de
Ministros y por el señor Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
YEHUDE SIMON MUNARO
Presidente del Consejo de Ministros
REMIGIO HERNANI MELONI
Ministro del Interior
292415-4
JUSTICIA
Acceden a pedido de extradición activa
de procesado por presunta comisión de
delito contra el patrimonio y disponen
su presentación por vía diplomática a
la República de Bolivia
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 198-2008-JUS
Lima, 17 de diciembre de 2008
Visto; el Informe de la Comisión Of‌i cial de Extradiciones
y Traslado de Condenados Nº 101-2008/COE-TC del 29
de septiembre de 2008, sobre la solicitud de extradición
activa del procesado JUAN DOMINGO FUENTES
DÁVALOS formulada por el Vigésimo Juzgado Penal de
la Corte Superior de Justicia de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Consultiva de fecha 11 de
septiembre de 2008, la Sala Penal Permanente de la Corte
Suprema de Justicia de la República declaró procedente
la solicitud de extradición activa del procesado JUAN
DOMINGO FUENTES DÁVALOS, para que sea procesado
por la presunta comisión del Delito contra el Patrimonio
- Hurto Agravado previsto y penado por el artículo 186º
del Código Penal en perjuicio de la Empresa Bulgaria
Sociedad Anónima Sala de Juegos Tragamonedas - New
York City (Expediente Nº 89-2008);
Que, mediante el Informe Nº 101-2008/COE-TC
del 29 de septiembre de 2008, la Comisión Of‌i cial de
Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder
al pedido de extradición activa del referido procesado;
Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo
514º del Código Procesal Penal, promulgado por el
Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS,
el Tratado de Extradición entre la República del Perú
y Bolivia, suscrito en Lima el 27 de agosto de 2003,
aprobado por el Congreso de la República mediante
Resolución Legislativa Nº 28936 del 14 de diciembre
de 2006, ratif‌i cado mediante Decreto Supremo Nº 005-
2007-RE, y el literal “a” del artículo 28º del Decreto
Supremo Nº 016-2006-JUS sobre normas referidas al
comportamiento judicial y gubernamental en materia de
extradiciones y traslado de condenados;
En uso de la facultad conferida por el 37º y los incisos
y,
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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