Autorizan participación de magistrados en eventos académicos sobre legislación ambiental, interpretación constitucional y funcionamiento de módulos básicos de justicia
Fecha de publicación | 06 Junio 2000 |
Fecha de disposición | 06 Junio 2000 |
Pág. 187659
NORMAS LEGALES
Lima, martes 6 de junio de 2000
Artículo Segundo.- El presente decreto supremo será
refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del
mes de junio del año dos mil.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
6437
Ratifican reserva dispuesta por el D.S.
Nº 013-97-MTC que declara de necesi-
dad pública ejecución de estudios y
obras correspondientes al Proyecto
Especial Periférico Vial Norte
DECRETO SUPREMO
Nº 028-2000-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 013-97-MTC se ha declara-
do de interés social y de necesidad pública la ejecución de los
estudios definitivos y ejecución de obras públicas correspon-
dientes al Proyecto Vial Periférico Norte, declarándose como
zonas de reserva e intangibles las áreas afectadas por el
ancho de la faja de dominio o derecho de vía definidas en el
trazo del Periférico Vial Norte, de acuerdo con los planos
anexos a dicho Decreto Supremo;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-98-MTC se creó el
Proyecto Especial Periférico Vial Norte dentro del Ministerio de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para la
ejecución de los estudios definitivos y de las obras públicas de la
vía rápida que interconecte la Carretera Panamericana Norte,
Carretera Central y Carretera Panamericana Sur;
Que, la Ley Nº 27117 - Ley General de Expropiaciones,
modificada por el Decreto de Urgencia Nº 078-99, establece en su
Segunda Disposición Complementaria la obligatoriedad de ratifi-
car mediante Decreto Supremo las zonas de reserva que estuvie-
sen establecidas por norma de rango similar o por Ley, para lo cual
es necesario identificar los bienes a ser afectados de acuerdo a
coordenadas UTM de validez universal y obtener los informes
expedidos por la Oficina de Catastro de registro respectivo;
Que, mediante Informe-Tec. Nº 0002-2000-OC, la Oficina
de Catastro Urbano del Registro Predial Urbano ha expedido
el Informe Catastral de los bienes inmuebles que se encuen-
tran afectados;
Que, por Resolución Ministerial Nº 233-2000-MTC/15.02 se
precisa el derecho de vía de los tramos I al V que comprende el
Proyecto Especial Periférico Vial Norte, así como del tramo Callao;
Que, en consecuencia resulta necesario aprobar la ratifi-
cación de las zonas de reserva e intangible dispuestas por el
Decreto Supremo Nº 013-97-MTC;
De conformidad con el numeral 8) del Artículo 118º de la
Constitución Política del Perú y la Segunda Disposición
Complementaria de la Ley Nº 27117 - Ley General de Expro-
piaciones, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 078-99;
DECRETA:
Artículo Primero.- Ratificar la reserva declarada por
el Decreto Supremo Nº 013-97-MTC que declara de necesi-
dad pública nacional la ejecución de los estudios definitivos
y ejecución de las obras públicas correspondientes al Proyec-
to Especial Periférico Vial Norte comprendidas dentro del
área de intangibilidad y reserva los linderos y medidas
señaladas en las coordenadas UTM PSAD 56 de validez
universal que se recogen en el Informe Nº 055-2000-MTC/
15.02.PEPVN-GEP y cuyo texto forma parte del presente
Decreto Supremo.
Artículo Segundo.- Los propietarios de inmuebles ubi-
cados dentro del área a que se hace referencia en el Artículo
Primero no podrán realizar ninguna construcción que impor-
te la obligación de obtener una licencia de construcción
otorgada por autoridad competente.
Artículo Tercero.- Déjese sin efecto los dispositivos
legales y administrativos que se opongan al presente Decreto
Supremo.
Artículo Cuarto.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del
mes de junio del año dos mil.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
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P C M
FE DE ERRATAS
RESOLUCION SUPREMA
Nº 214-2000-PCM
Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 214-2000-
PCM, publicada en nuestra edición del día 4 de junio de 2000,
página 187552.
DICE:
Artículo Unico.- Encargar la Cartera del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano al Dr. LUIS
FELIPE ESCUDERO GARCIA, Ministro de Estado en el
Despacho de Educación, ...
DEBE DECIR:
Artículo Unico.- Encargar la Cartera del Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano al Dr.
FELIPE IGNACIO GARCIA ESCUDERO, Ministro de Esta-
do en el Despacho de Educación, ...
6448
COMISION EJECUTIVA
DEL PODER JUDICIAL
Autorizan participación de magistra-
dos en eventos académicos sobre le-
gislación ambiental, interpretación
constitucional y funcionamiento de
módulos básicos de justicia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 1149-CME-PJ
Lima, 5 de junio del 2000
VISTO:
El Informe Nº 049-2000-PJ-SE-GCR, de la Gerencia Cen-
tral de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva del Poder
Judicial y antecedentes que se adjuntan; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del
Poder Judicial, encargada de la gestión y gobierno del Poder
Judicial, funciones que han sido ampliadas por las Leyes Nºs.
26623, 26695 y 27009, encargándosele además la Reestructu-
ración y Reorganización Integral del Poder Judicial, inclu-
yendo las materias referidas a la Carrera Judicial y Estatuto
Orgánico del Magistrado;
Que, mediante Resolución Nº 002-2000-CCJ/SE el Conse-
jo de Coordinación Judicial resolvió autorizar la celebración
del Seminario Taller sobre "Legislación Ambiental Peruana";
Que, el Secretario Ejecutivo del Consejo de Coordinación
Judicial mediante Oficio Nº 755/2000-SE-CCJ solicita la
autorización correspondiente para la realización del Semina-
rio Taller "Legislación Ambiental Peruana", dirigido a Magis-
trados del Poder Judicial y del Ministerio Público de los
Distritos Judiciales de Ancash y del Santa, previsto dentro
del marco del Programa de "Mejoramiento del Desempeño de
Jueces y Fiscales" en coordinación con el Consejo Nacional del
Ambiente (CONAM), a llevarse a cabo el 7 de junio del año en
curso, de 09.00 a 18.00 horas, en la ciudad de Chimbote,
provincia del Santa, departamento de Ancash y Distrito
Judicial del Santa;
Que, mediante Oficios Nºs. 0604-2000-P-CSJAN/PJ y
1574-2000-P-CSJSA/PJ, los Presidentes de las Cortes Supe-
riores de Ancash y del Santa, respectivamente, proponen a los
Magistrados participantes en el mencionado curso;
Que, es interés fundamental de la Comisión Ejecutiva del
Poder Judicial, elevar el nivel académico de los Magistrados,
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