1007 0180-2002-IN/1300 - Absuelven a ex Subprefecto de la provincia de Rodríguez de Mendoza de cargos formulados en proceso administrativo disciplinario

Fecha de disposición06 Febrero 2002
Fecha de publicación06 Febrero 2002
Pág. 216869
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 6 de febrero de 2002
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º de la
Ley Nº 27594, que regula la participación del Poder Ejecu-
tivo en el nombramiento y designación de Funcionarios
Públicos;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, al doc-
tor Godofredo Miguel HUERTA BARRÓN, Secretario Per-
manente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos
del Ministerio del Interior, como representante del Sector
ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del De-
recho Internacional Humanitario.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ROSPIGLIOSI C.
Ministro del Interior
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Absuelven a ex Subprefecto de la
provincia de Rodríguez de Mendoza de
cargos formulados en proceso admi-
nistrativo disciplinario
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0180-2002-IN/1300
Lima, 4 de febrero del 2002
Vista el Acta Nº 003-2002-IN-1300, de 18.ENE.2002,
de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos
Disciplinarios del Ministerio del Interior (COPERPROADMI),
relativa a la culminación del proceso administrativo disci-
plinario instaurado a Samuel TORRES TORRES, ex
Subprefecto de la provincia de Rodríguez de Mendoza-
departamento de Amazonas, dependencia de la Dirección
General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1560-2001-IN/
1300, de 10.DIC.2001, se instauró proceso administrativo
disciplinario a Samuel Torres Torres, ex Subprefecto de la
provincia de Rodríguez de Mendoza - Amazonas, por ha-
ber acumulado nueve (9) días consecutivos de inasisten-
cias injustificadas entre el 23 y el 31.DIC.2000, con lo que
habría incurrido en la falta grave de carácter disciplinario
prevista en el Artículo 28º, inciso k), del Decreto Legislati-
vo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de
Remuneraciones del Sector Público;
Que, el procesado, con fecha 11.ENE.2002 presentó
su descargo escrito, solicitando se le señale fecha y hora
para la presentación de su informe oral, el cual se llevó a
cabo ante los miembros de la COPERPROADMI el día
18.ENE.2002;
Que, la citada Comisión, luego de revisar los actuados,
escuchado el informe oral y analizadas las pruebas y des-
cargos correspondientes presentadas por Samuel Torres
Torres, ha concluido en que, si bien el procesado no se
reincorporó a laborar los días 26 al 29.DIC.2000, como
correspondía, por haber sido asistido de urgencia en un
centro hospitalario en la ciudad de Lima el referido día 26,
conforme consta en la documentación que obra en el ex-
pediente administrativo, habiéndose reincorporado recién
el día 2.ENE.2001, éste cumplió con dar cuenta documen-
tada al Prefecto del departamento de Amazonas, al mo-
mento de su reincorporación, del motivo de sus inasisten-
cias, conforme consta en el Oficio Nº 002-2001-IN-1508/
P-AMAZ/S-RDM, de 4.ENE.2001, ratificado por el Informe
Médico del 2.ENE.2002, expedido por el Director de la Clí-
nica Maisón de Santé de Lima, presentado como descar-
go, donde se puede establecer que el día 26.DIC.2000 fue
atendido por un médico de dicha institución y se le otorgó
descanso médico por cuatro (4) días, apreciándose ade-
más que no obra documento alguno en el expediente ad-
ministrativo donde conste que se le comunicó al procesa-
do que la documentación presentada no justificaba sus
inasistencias, a lo que habría que agregar que mediante
Resolución Suprema Nº 0978-2000-IN-1501, de
30.DIC.2000 se dio por concluido el nombramiento del pro-
cesado del cargo de Subprefecto de la provincia de Rodrí-
guez de Mendoza, lo que habría motivado, que no haya
habido una adecuada comunicación sobre el particular,
impidiendo que el procesado haya tenido oportunidad de
justificar adecuadamente sus inasistencias, quedando en
este extremo desvirtuada la falta grave señalada en el Artí-
culo 28º, inciso k) de la acotada Ley de Bases de la Carre-
ra Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público;
Que, de conformidad con lo establecido en los Artícu-
los 24º, inciso b) y 32º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley
de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones
del Sector Público y a lo propuesto en los Artículos 152º,
168º y 169º de su Reglamento, aprobado por Decreto Su-
premo Nº 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Pro-
cesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del In-
terior ha recomendado, por unanimidad, absolver a Samuel
Torres Torres, ex Subprefecto de la provincia de Rodríguez
de Mendoza-Amazonas, dependencia de la Dirección Ge-
neral de Gobierno Interior del Ministerio del Interior, de la
presunta comisión de la falta grave de carácter disciplina-
rio contemplada en el Artículo 28º, inciso k) de la acotada
Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remu-
neraciones del Sector Público, debiendo expedirse la Re-
solución Ministerial correspondiente;
Dado lo recomendado, con la opinión favorable de la
Oficina General de Asesoría Jurídica mediante el informe
respectivo; y,
Estando a lo acordado:
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Absolver al señor Samuel TORRES TO-
RRES, ex Subprefecto de la provincia de Rodríguez de
Mendoza - departamento de Amazonas, dependencia de
la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del
Interior, de los cargos materia del proceso administrativo
disciplinario instaurado, por las causales expuestas en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución al señor
Samuel Torres Torres, para los fines correspondientes.
Artículo 3º.- Remitir la presente Resolución a la Ofici-
na de Personal del Ministerio del Interior para su conoci-
miento y fines, debiendo ser agregada al legajo personal
del interesado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ROSPIGLIOSI C.
Ministro del Interior
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Sancionan con destitución a ex Subpre-
fecto y con cese temporal a Técnico
Administrativo de la Subprefectura de
Tayacaja
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0181-2002-IN/1300
Lima, 4 de febrero del 2002
Vista el Acta Nº 002-2002-IN-1300, de 15.ENE.2002,
de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos
Disciplinarios del Ministerio del Interior (COPERPROADMI),
relativa a la culminación del proceso administrativo disci-
plinario instaurado a Elías Valeriano OJEDA MALÁSQUEZ,
ex Subprefecto de la provincia de Tayacaja - departamento
de Huancavelica y al servidor Teófilo SEDANO PATIÑO,
Técnico Administrativo l, nivel STC de la misma Subpre-
fectura, dependencia de la Dirección General de Gobierno
Interior del Ministerio del Interior;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1561-2001-IN/
1300, de 10.DIC.2001, se instauró proceso administrativo
disciplinario a Elías Valeriano Ojeda Malásquez, ex Subpre-
fecto de la provincia de Tayacaja - Huancavelica, por que
habría incurrido en falta grave de carácter disciplinario pre-
vista en el Artículo 28º, inciso d), del Decreto Legislativo
Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de
Remuneraciones del Sector Público, por no haber entrega-
do la rendición de cuenta del dinero recibido de la Oficina

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