Presentado
Fecha | 26 Enero 2024 |
Proyecto
de
ley
N°
$5
2
8
.
9
/
2023
-
•
-t.
•
rext)
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRI:
AfItiA
DE
TRAttrE
26
ENE.
202ii
PF
MARIA
ANTONIETA
AGÜERO
GUTIERREZ
"Decenio
de le Igualdad de oporturildades par.,
r71
11,,,res
y
hombres"
"Año
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
de
nuestra
Independencia,
y
de
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junín
y
Ayacucho"
LEY
QUE
MODIFICA
EL
QUE
INCORPORA
LA
DECLARACIÓN
DEL
IMPUTADO
POR
MEDIO
TECNOLÓGICO
EN
EL
CASO
QUE
NO
RESIDA
EN
EL
LUGAR
O
CERCA
DE
DONDE
DEBE
PRESTAR
DECLARACIÓN
El
Grupo
Parlamentario
de
Perú
Libre,
a
iniciativa
de
la
Congresista
de
la
República
María
Antonieta
Agüero
Gutiérrez,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
Perú,
y
de
conformidad
con
los
artículos
75
y
76
del
propone
el
siguiente
PROYECTO
DE
LEY:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
MODIFICA
EL
QUE
INCORPORA
LA
DECLARACIÓN
DEL
IMPUTADO
POR
MEDIO
TECNOLÓGICO
EN
EL
CASO
QUE
NO
RESIDA
EN
EL
LUGAR
O
CERCA
DE
DONDE
DEBE
PRESTAR
DECLARACIÓN
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
modificar
los
artículos
86°,
88°
y
337°
del
—
que
incorpora
la
declaración
del
imputado
por
medio
tecnológico,
en
el
caso
que
no
resida
en
el
lugar
o
cerca
de
donde
debe
prestar
declaración,
a
fin
de
garantizar
el
derecho
defensa
del
procesado.
Artículo
2.
Modificación
de
los
artículos
86°,
88°
y
337°
del
—
Modifíquense
los
artículos
86°,
88°
y
337°
del
957,
que
deberán
quedar
redactados
de
la
siguiente
manera:
"Artículo
86
Momento
y
carácter
de
la
declaración
-
1.
En
el
curso
de
las
actuaciones
procesales,
en
todas
las
etapas
del
proceso
y
con arreglo
a
lo
dispuesto
por
este
Código,
el
imputado
tiene
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