Presentado

Fecha27 Junio 2023
.00
:0
Proyecto
de
Ley
N..22
9
ff
VI
S e
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
OF
LA
REPIIIILIC
Ares
dt
Nrrote
y
Nulo
icv•
licokerm
21
JUN.
2023
RECI
iDQ
Fines
sin
c
i=
-
¿q
JORGE
LUIS
FLORES
ANCACILI
Congresista
de
la
República
Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres
"Aiio
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo
SUMILLA:
LEY
QUE
PROHIBE
LA
DISCRIMINACIÓN
POR
MATERNIDAD
E
INFANCIA
EN
EL
ACCESO
A
EDUCACIÓN
SUPERIOR
Y
EMPLEO
rogeeto-
de
*
El
Congresista
de
la
República
JORGE
LUIS
FLORES
ANCACHI
y
los
Congresistas
que
rubrican
el
presente
documento,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
previsto
por
el
artículo
107°
de
la
y
según
lo
regulado
por
los
artículos
67°
75°
y
76°
del
presentan
a
consideración
del
Congreso
de
la
Republica
la
siguiente
iniciativa
legislativa:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
PROHIBE
LA
DISCRIMINACIÓN
POR
MATERNIDAD
E
INFANCIA
EN
EL
ACCESO
A
EDUCACIÓN
SUPERIOR
Y
EMPLEO
Artículo
Único.
Modificase
el
artículo
2
de
la
Ley
que
disponen
que
las
ofertas
de
empleo
y
acceso
a
medios
de
formación
educativa
no
podrán
contener
requisitos
que
constituyan
discriminación,
anulación
o
alteración
de
igualdad
de
oportunidades
o
de
trato.
Modifíquese
el
artículo
2
de
la
Ley
que
disponen
que
las
ofertas
de
empleo
y
acceso
a
medios
de
formación
educativa
no
podrán
contener
requisitos
que
constituyan
discriminación,
anulación
o
alteración
de
igualdad
de
oportunidades
o
de
trato
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
2.
Se
entiende
por
discriminación,
la
anulación
o
alteración
de
la
igualdad
de
oportunidades
o
de
trato,
en
los
requerimientos
de
personal,
a
los
requisitos
para
acceder
a
centros
de
educación,
formación
técnica
y
profesional,
que
impliquen
un
trato
diferenciado
basado
en
motivos
de
raza,
sexo,
religión,
opinión,
origen
social,
condición
económica,
estado
civil,
edad
o
de
cualquier
índole.
Los
empleadores
están
obligados
a
informar
a
sus
trabajadores
la
política
salarial
del
centro
de
trabajo.
Se
considera
práctica
discriminatoria
brindar
un
trato
salarial
distinto
a
hombres
y
mujeres
que
cumplan
los
mismos
requisitos
de
acceso
al
empleo
y
desempeñen
las
mismas
labores.
wwvv.eongreso.gob.ne
E
ai3;
iflotesaC/bcongreso.gon.ne
Jr.
Huallaga
358,
Oficina
306,
Congreso
de
la
Repubiica
Lima
-
Perú.
Telf.:
311-7777/
Anexo
7222
-
Telf.
01
3117222

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR