Resolución nº 984-2023/PS1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 7 de Junio de 2023

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2023
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente568-2022/PS1

Lima, 7 de junio de 2023

ANTECEDENTES

  1. Mediante Resolución Final N° 1792-2022/PS1 de fecha 17 de octubre de 2022, el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 1 (en adelante el Órgano Resolutivo), ordenó lo siguiente:

    “(...)

    SEXTO: Ordenar a Telefónica del Perú S.A.A., en calidad de medida correctiva, que en el plazo máximo no prorrogable de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución Final, cumpla con entregar al denunciante el equipo celular marca Xiaomi, modelo Poco X3 PRO de 256 GB y 8 GB de RAM nuevo (en caja sellada) y dejar sin efecto la penalidad cobrada y/o reembolsar la suma correspondiente a esta, en caso de haber sido pagada por el denunciante.

    Telefónica del Perú S.A.A. deberá acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente apartado, ante este Órgano Resolutivo en el plazo máximo no prorrogable de cinco (05) días, contado a partir del día siguiente del vencimiento del plazo otorgado para el cumplimiento de dicha medida correctiva, bajo apercibimiento de imponer una multa coercitiva de tres (3) UIT por incumplimiento de mandato, conforme a lo señalado en el artículo 117° de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.(…)”

  2. Habiéndose verificado el incumplimiento de la medida correctiva ordenado en la Resolución Final Nº 1792-2022/PS1 antes citada, a través de la Resolución N° 2307-2022/PS1 de fecha 20 de diciembre de 2022, este Órgano Resolutivo impuso a Telefónica una multa coercitiva ascendente a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias, conforme al apercibimiento establecido; ordenándose bajo apercibimiento de duplicar la multa, que cumpla con acreditar el cumplimiento de sus obligaciones.


    3. El 14 de abril de 2023, el señor Jhonathan Harry Canchis Leguía comunicó a este Órgano Resolutivo la persistencia del incumplimiento del mandato contenido en la referida Resolución Final N° 1792-2022/PS1.

  3. Mediante Carta N° 0294-2023/PS1 del 26 de abril de 2023, se brindó a Telefónica el plazo de dos (2) días hábiles para que presente los documentos que acrediten fehacientemente el cumplimiento de la obligación a su cargo. Dicha carta fue efectivamente notificada a Telefónica el 26 de abril de 2023, por lo que el plazo para acreditar el cumplimiento venció el 28 de abril del mismo año; sin embargo, no presentó escrito alguno.

    [1] 1 RUC N° 20100017491

    M-OPS-06/03

    ANÁLISIS

  4. Se ha verificado que...

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