Resolución nº 699-2023/PS1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 18 de Abril de 2023
Fecha de Resolución | 18 de Abril de 2023 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 36-2022/PS1 |
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres” “Año de la unidad, la paz y el desarrollo”
ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR N° 1
Sede Central
EXPEDIENTE Nº 0036-2022/PS1
M-OPS-06/03
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Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
N° 2173-2022/PS1 de fecha 01 de diciembre de 2022, este Órgano Resolutivo impuso a Tika multas coercitivas ascendentes a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y una (1) Unidad Impositiva Tributaria, respectivamente, conforme a los apercibimientos establecidos, ordenándosele, bajo apercibimiento de duplicar dichas multas, que cumpla con acreditar el cumplimiento de sus obligaciones.
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El 22 de marzo de 2023, la señora Ana Edelmira Mendoza Castellanos (en adelante, la señora Mendoza) comunicó a este Órgano Resolutivo que persistía el incumplimiento del mandato contenido en la Resolución Final N° 1754-2022/PS1.
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Mediante Carta N° 208-2023/PS1 del 23 de marzo de 2023, se brindó a Tika el plazo de dos
(2) días hábiles para que presente los documentos que acredite fehacientemente el cumplimiento de las obligaciones a su cargo. Dicha carta fue efectivamente notificada a Tika el 27 de marzo de 2023, por lo que el plazo para acreditar el cumplimiento venció el 29 de marzo del mismo año; sin embargo, no presentó escrito alguno.ANÁLISIS
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Se ha verificado que, hasta la fecha, Tika no ha acreditado el cumplimiento de la medida correctiva y el pago de costas a su cargo, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento contenido en la Resolución N° ° 2173-2022/PS1 de fecha 01 de diciembre de 2022 y, en aplicación del artículo 117° del Código2, imponerle una multa de seis (6) UIT así como, en aplicación del artículo 118° del Código3, imponerle una multa de dos (2) UIT, con la finalidad de compelerla al cumplimiento de dichas obligaciones.
RESUELVE
PRIMERO: Imponer a Tika Tours Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada en Liquidación - Tika Tours S.R.L. en Liqu., una multa coercitiva ascendente a seis (6) UIT
por el incumplimiento de lo ordenado por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 1, conforme al apercibimiento establecido en la Resolución N° 2173-2022/PS1 de fecha 01 de diciembre de 2022, al no haber acreditado el cumplimiento de la medida correctiva ordenada en la resolución final indicadaSEGUNDO:...
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