Resolución nº 696-2023/PS1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 18 de Abril de 2023
Fecha de Resolución | 18 de Abril de 2023 |
Emisor | Comisión de Protección al Consumidor |
Número de expediente | 167-2022/PS1 |
" Año de la unidad, la paz y el desarrollo"
ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR N° 1
Sede Central
EXPEDIENTE Nº 0167-2022/PS1-LCC (Expediente N° 2159-2021/PS3)
M-OPS-06/03
persistencia del incumplimiento del pago de costas y costos señalada anteriormente.
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Mediante Carta N° 210-2023/PS1 del 23 de marzo de 2023, se brindó a Gym Trece el plazo de dos (2) días hábiles para que presente los documentos que acrediten fehacientemente el cumplimiento de las obligaciones a su cargo. Dicha carta fue efectivamente notificada a Gym Trece el 23 de marzo de 2023, por lo que el plazo para acreditar el cumplimiento venció el 27 de marzo del mismo año; sin embargo, no presentó escrito alguno.
ANÁLISIS
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Se ha verificado que, hasta la fecha, Gym Trece no ha acreditado el cumplimiento del pago de las costas y costos a su cargo, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento contenido en la Resolución N° 0416-2023/PS1 de fecha 02 de marzo de 2023 y, en aplicación del artículo 118°2 de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, imponerle una multa coercitiva de ocho (8) UIT, con la finalidad de compelerla al cumplimiento de dicha obligación.
RESUELVE
PRIMERO: Imponer a Gym Trece S.A.C. una multa coercitiva ascendente a ocho (8) UIT, por el incumplimiento de lo ordenado por este Órgano Resolutivo, conforme al apercibimiento establecido en la Resolución N° 0416-2023/PS1 de fecha 02 de marzo de 2023, al no haber acreditado el cumplimiento del pago de las costas y costos ordenado en la resolución final indicada.
SEGUNDO: Informar a Gym Trece S.A.C., que la multa deberá ser abonada al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI a través de depósito en cuenta3.
TERCERO: Ordenar a Gym Trece S.A.C., bajo apercibimiento de duplicar la multa coercitiva impuesta, que cumpla con acreditar ante este Órgano Resolutivo el cumplimiento del pago de costas y costos ordenados en la Resolución Final N° 1766-2022/PS1 de fecha 12 de octubre de 2022, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución.
2 LEY Nº 29571, CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Artículo 118.- Multas coercitivas por incumplimiento del pago de costas y costos
Si el obligado a cumplir la orden de pago de costas y costos no lo hace, se le impone una multa no menor de una...
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