Presentado

Fecha07 Febrero 2023
Proyecto
de
Ley
'V
12/2
02
2_-cR
t
CONGRESO
REPUBLICA
CONGRESO
DE
LA
07
F
REC
2023
IDO
HorZ
,
5:
PAUL
SILVIO
GUTIÉRREZ
TICONA
CONGRESISTA
DE
LA
REPUBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
SUMILLA:
LEY
QUE
MODIFICA
LOS
ARTÍCULOS
2,
3,
4,
Y
5
DE
LA
LEY
31495,
LEY
QUE
RECONOCE
EL
DERECHO
Y
DISPONE
EL
PAGO
DE
LA
BONIFICACIÓN
ESPECIAL
POR
PREPARACIÓN
DE
CLASES
Y
EVALUACIÓN,
BONIFICACIÓN
ADICIONAL
POR
DESEMPEÑO
DEL
CARGO
Y
POR
PREPARACIÓN
DE
DOCUMENTOS
DE
GESTIÓN,
SIN
LA
EXIGENCIA
DE
SENTENCIA
JUDICIAL
Y
MENOS
EN
CALIDAD
DE
COSA
JUZGADA.
Los
Congresistas
de
la
República
que
suscriben
a
iniciativa
del
congresista
Paul
Silvio
Gutiérrez
Ticona,
miembro
del
grupo
parlamentario
"Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional",
en
estricto
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
107°
de
la
Constitución
Política
del
Estado
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
literal
c)
del
artículo
22°
y
los
artículos
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
MODIFICA
LOS
ARTÍCULOS
2,
3,
4,
Y
5
DE
LA
LEY
31495,
LEY
QUE
RECONOCE
EL
DERECHO
Y
DISPONE
EL
PAGO
DE
LA
BONIFICACIÓN
ESPECIAL
POR
PREPARACIÓN
DE
CLASES
Y
EVALUACIÓN,
BONIFICACIÓN
ADICIONAL
POR
DESEMPEÑO
DEL
CARGO
Y
POR
PREPARACIÓN
DE
DOCUMENTOS
DE
GESTIÓN,
SIN
LA
EXIGENCIA
DE
SENTENCIA
JUDICIAL
Y
MENOS
EN
CALIDAD
DE
COSA
JUZGADA
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
modificar
la
Ley
31495,
y
precisar
la
forma
de
cálculo
para
el
pago
de
la
bonificación
por
preparación
de
clases
y
evaluación
y
así
mismo
precisar
las
normas
de
rango
legal
sea
considerado
en
la
presente
bonificación.
Artículo
2.
Modificación
de
los
artículos
2,
3,
4,
y
5
de
la
Ley
31495,
Ley
que
reconoce
el
derecho
y
dispone
el
pago
de
la
bonificación
especial
por
preparación
de
clases
y
evaluación,
bonificación
adicional
por
desempeño
del
cargo
y
por
preparación
de
documentos
de
gestión,
sin
la
exigencia
de
sentencia
judicial
y
menos
en
calidad
de
cosa
juzgada.
Se
modifica
los
artículos
2,
3,
4,
y
5
de
la
Ley
31495,
Ley
que
reconoce
el
derecho
y
dispone
el
pago
de
la
bonificación
especial
por
preparación
de
clases
y
evaluación,
bonificación
adicional
por
desempeño
del
cargo
y
por
preparación
de
documentos
de
gestión,
sin
la
exigencia
de
sentencia
judicial
y
menos
en
calidad
de
cosa
juzgada,
lo
cual
queda
redactado
en
los
siguientes
términos:
"Artículo
2.-
Pago
de
bonificación
Los
docentes
y
auxiliares
de
educación
nombrados,
contratados
y
cesantes,
tienen
derecho
al
pago
de
la
bonificación
señalada
en
el
artículo
48
de
la
Ley
24029,
Ley
del
Edil.
Juan
Santos
Atahualpa
-
Av.
Abancay
Esq.
Jr.
Ancash
Ofic.
501
Lima
-
Perú
Tlfs:
(51)
31
1
7777—
Anexo
7284

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