Presentado

Fecha01 Diciembre 2022
CONGRESO
DE
LA
REPUBLIC.A
Proyecto
de
Ley
No
.3
7-2
Ipo
2
2
-
VI
114.1
"'
A .;
a
coNGRESO
REPÚBLICA
01
DIC.
2022
I
villa
IDO
ILL.3
CAvERO
ALV
1
EJANDRO
ENRIQUE
.
El
Congresista
de
la
República
que
suscribe.
Alejandro
Enrique
Cavero
Alva.
miembro
del
Grupo
Parlamentario
Avanza
País,
en
ejercicio
de
la
facultad
de
iniciativa
legislativa
contenida
en
el
artículo
107
0
de
la
Constitución
Política
del
Perú
presenta
el
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
II°
DE
LA
LEY
GENERAL
DE
DONACIÓN
Y
TRASPLANTE
DE
ÓRGANOS
Y/0
TEJIDOS
HUMANOS
Artículo
1°.-
Objeto
El
objeto
de
la
presente
ley
es
incrementar
el
número
de
donantes
de
órganos
a
fin
de
abordar
su
creciente
demanda
y
beneficiar
a
la
población
que
requiera
un
trasplante.
Artículo
P.-
Modificación
de
la
Ley
general
de
donación
y
trasplante
de
órganos
y/o
tejidos
humanos.
Modificase
el
artículo
11"
de
la
Ley
general
de
donación
y
trasplante
de
órganos
y/o
tejidos
humanos.
conforme
al
siguiente
texto:
-
Artículo
11.-
Condiciones
y
requisitos
del
donante
cadavérico
Son
requisitos
y
condiciones
del
donante
cadavérico.
los
siguientes:
1.
El
donante
mayor
de
edad
y
capaz
civilmente,
incluido
el
incapaz
comprendido
en
los
incisos
4.
5
y
8
del
artículo
44
del
que
no
haya
hecho
constar
en
su
Documento
Nacional
de
Identidad
que
no
desea
ser
donante
o
que,
habiéndolo
hecho,
manifieste
su
voluntad
de
donar
todos
o
alguno(s)
de
sus
órganos
y/o
tejidos
después
de
su
muerte.
www.concireso.cioó•Pe
acaveroacormreso.gob
,
pe
ocherreseconareso.uob
,
ue
Av.
Abancay
251
-
Oficina
105
Cercado
de
Lima

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