Presentado

Fecha01 Marzo 2022
Proyeo de ley
/
C
CONGRESO
REPÚBLICA
"Año del Fortalecimiento de la Soberania Nacional"
PROYECTO DE LEY QUE DECLARA
DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD
PÚBLICA LREAÇCIÓN DEL
DISTRITO Ó;j14YNAY,
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DE HUANTÁ
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DE AYACUCF
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ltio. Soy el autor del
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DIGITAL
documento
Fecha'Ül,tl2t2Ü22 13:41:37-0500
1.
Firmado
digrtalmente
por:
Rusbel F/uJJ 2016174126 soft
h,tytivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 26.iti212022 0:39:04-0500
El grupo parlamentario Perú Libre a iniciativa del Congresista GERMÁN ADOLFO
TACURI VALDIVIA, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 107° de la
Constitución Política vigente del Perú; y conforme a lo dispuesto en los artículos 75
y
76
del Reglamento del Congreso de la República, proponen el siguiente PROYECTO DE
LEY:
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA CREACIÓN
DEL DISTRITO DE MAYNAY, PROVINCIA DE HUANTA EN EL DEPARTAMENTO DE
AYACUCHO
Artículo
1.-
Objeto de la ley.
La presente ley tiene por objeto establecer la declaratoria de necesidad pública
e
interés
nacional de la creación del distrito de Maynay en la provincia de Huanta, departamento de
Ayacucho.
Artículo 2.- Finalidad de la ley.
La presente ley, tiene por finalidad la priorización de la creación del distrito de Maynay, la cual
permitirá el desarrollo económico y social del mencionado distrito a través de la
descentralización, la cual permitirá a sus ciudadanos disponer de un acceso adecuado a los
servicios de la administración pública.
Artículo 3.- Declaración de Interés Nacional.
Declárese de necesidad pública y preferente interés nacional la creación del distrito de
Maynay, en la provincia de Huanta, departamento de Ayacucho.
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Firmado diitalmente por:
Firmado dipitalmente por:
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DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FIN1?
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1
lbtio: Soy el autor del
documento
DIGITAL documento
Fecha: 01d0312022 13:53:09-0500
1
Fecha: 25,0212022 18:43:540600
UNICA:
Dispóngase al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Demarcación y
Organización Territorial y el Gobierno Regional de Ayacucho, realicen las acciones necesarias
para el desarrollo de esta norma, en el marco de sus competencias y funciones.
Lima 22 de febrero del 2022.
J
LIJ

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