RESOLUCION MINISTERIAL, N° 000224-2022-DM/MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Aprueban incremento de la capacidad de admisión a la Llaqta de Machupicchu-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 000224-2022-DM/MC
Fecha de disposición | 17 Julio 2022 |
Fecha de publicación | 17 Julio 2022 |
Materia | Derecho Procesal |
Aprueban incremento de la capacidad de admisión a la Llaqta de Machupicchu
RESOLUCION MINISTERIAL
N° 000224-2022-DM/MC
San Borja, 16 de julio del 2022
VISTOS; el Informe Nº 000220-2022-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; el Informe N° 000473-2022-PANM/MC de la Jefatura del Parque Arqueológico Nacional de Machupicchu; el Informe N° 000452-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 000391- 2022-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; el Oficio N° 015-2022-GR CUSCO/UGM-ST de la Secretaria Técnica de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machu Picchu; el Informe N° 000857-2022-OGAJ/MC, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el 9 de diciembre de 1983, el Santuario Histórico de Machupicchu fue incluido en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO como Patrimonio mixto cultural y natural, debido a su valor universal excepcional;
Que, mediante la Ley Nº 23765, se declara como Patrimonio Cultural de la Nación a varios lugares de la ciudad de Cusco, entre ellos, el Santuario Prehispánico o Parque Arqueológico de Machupicchu;
Que, a través del Decreto Supremo N° 023-99-AG y sus modificatorias, se constituye la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machu Picchu (UGM), encargada de la gestión integral del Santuario Histórico de Machupicchu y de dirigir la puesta en marcha de las estrategias contenidas en el Plan Maestro de dicho Santuario;
Que, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo N° 003-2011-MC, Decreto Supremo que modifica la conformación de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machupicchu – UGM y su modificatoria, se establece que el Comité Directivo se encuentra encargado de aprobar y dirigir la aplicación de la Estrategia para la Gestión Integral del Santuario Histórico de Machupicchu, y está conformado por: i) El Presidente del Gobierno Regional del Cusco, quién lo preside; ii) El Ministro de Cultura; iii) El Ministro del Ambiente; iv) El Ministro de Comercio Exterior y Turismo; y v) El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Machupicchu;
Que, con la Resolución Ministerial N° 070-2017-MC y su modificatoria, se aprueba el Reglamento de uso sostenible y visita turística para la conservación de la Llaqta o Ciudad Inka de Machupicchu, cuyo objetivo...
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