RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 00247-2022-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Autorizan viaje de servidores de SANIPES a ltalia, en comisión de servicios-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 00247-2022-PRODUCE

Fecha de disposición17 Julio 2022
Fecha de publicación17 Julio 2022
MateriaDerecho Procesal

Autorizan viaje de servidores de SANIPES a ltalia, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00247-2022-PRODUCE

Lima, 15 de julio de 2022

VISTOS: El Oficio N° 215-2022-SANIPES/PE del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES; la Carta S/N de fecha 2 de julio de 2022, formulada por el Laboratorio de Referencia europeo y nacional para E. coli, Istituto Superiore di Sanità-(ISS); el Memorando N° 00000667-2022-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y el Informe Nº 00000820-2022-PRODUCE/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, aprobado mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 53-2021-SANIPES/PE, señala que el SANIPES tiene competencia para normar y fiscalizar los servicios de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos e ingredientes de piensos de origen hidrobiológico y con destino a especies hidrobiológicas, en el ámbito nacional, y sus funciones se orientan a formular y coordinar la ejecución de los planes y desarrollar investigaciones científicas y tecnológicas, así como coordinar y articular esfuerzos con las demás autoridades sanitarias del país; y en la vinculación con sus pares de otros países, coordinar con los sectores nacionales competentes, en el ámbito de sus competencias;

Que, el objeto de la la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, es regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE;

Que, los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad y deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en su Reglamento. La autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución...

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