RESOLUCION MINISTERIAL, N° 281-2022-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Aprueban seis Fichas de Homologación de uniformes para estudiantes de Colegios de Alto Rendimiento-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 281-2022-MINEDU

Fecha de disposición01 Julio 2022
Fecha de publicación07 Julio 2022
MateriaDerecho Procesal

Aprueban seis Fichas de Homologación de uniformes para estudiantes de Colegios de Alto Rendimiento

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 281-2022-MINEDU

Lima, 1 de julio de 2022

VISTOS, el Expediente N° MPD2021-EXT-0127221; los Informes N° 0601-2022- MINEDU/VMGP-DIGESE/DEBEDSAR/CADMyPPTO, N° 0771-2022-MINEDU/VMGP-DIGESE/DEBEDSAR/CADMyPPTO, N° 0987-2022-MINEDU/VMGP-DIGESE/DEBEDSAR/CADMyPPTO y N° 00203-2022-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBEDSAR elaborados por la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento; los Memorándum N° 00955-2022-MINEDU/VMGP-DIGESE/DEBEDSAR y N° 1227-2022-MINEDU/VMGP-DIGESE/DEBEDSAR de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento, los Oficios N° 00416-2022-MINEDU/SG-OGA y N° 00560-2022-MINEDU/SG-OGA de la Oficina General de Administración, el Memorándum N° 00344-2022-MINEDU/VMGP-DIGESE de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; el Memorándum N° 00480-2022-MINEDU/SG-OGA de la Oficina General de Administración, el Informe N° 00346-2022-MINEDU/SG-OGA-OL de la Oficina de Logística; el Informe N° 00738-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas– PERÚ COMPRAS. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, establece que, mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS;

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del referido Reglamento señala que la aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS. Dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”. La facultad del Titular a que se refiere este numeral es indelegable;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS, publicada...

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