RESOLUCION, N° 1313-2022-MP-FN, ORGANOS AUTONOMOS, MINISTERIO PUBLICO - Conforman Equipo Especial de Fiscales contra la corrupción del poder, para que se avoque a dedicación exclusiva de los delitos corrupción de funcionarios, criminalidad organizada, tráfico ilícito de drogas, lavado de activos y conexos cometidos en ejercicio del poder obtenido por elección popular o designación; y dictan otras disposiciones-RESOLUCION-N° 1313-2022-MP-FN

Fecha de disposición03 Julio 2022
Fecha de publicación03 Julio 2022
MateriaDerecho Procesal

comunicado a nuestros usuarios

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS

Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente:

El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe.

1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente:

  1. Oficio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones Oficiales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El oficio podrá ser firmado digitalmente o con sello y firma manual del funcionario autorizado.

  2. El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF.

    (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga.editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt

    2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación.

    3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de Oficio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos.

    4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”.

    5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio.

    6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm.

    7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA.

    GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

    FE DE ERRATAS

    Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:

    1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.

    2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.

    3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.

    4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe

      GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

      COMUNICADO

      SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA SE RECIBIRÁN LAS PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN:

      □ HORARIO DE RECEPCIÓN POR CORREO:

      • LUNES A VIERNES, 8:30 AM a 5:30 PM

      • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 8:30 AM a 5:30 PM (sólo publicaciones para día siguiente)

      □ HORARIO DE RECEPCIÓN PORTAL PGA:

      • LUNES A VIERNES, 9:00 AM a 7:00 PM

      • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 9:00 AM a 6:00 PM (sólo publicaciones para día siguiente)

      □ CORREO PARA COTIZACIONES : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe

      □ CORREO PARA PUBLICACIONES : normaslegales@editoraperu.com.pe

      GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

      REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE

      NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS

      Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

      GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

      COMUNICADO

      REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS TUPA Y SUS RESPECTIVAS

      NORMAS APROBATORIAS EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO

      Y EN SU PORTAL WEB DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA

      De acuerdo con lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 1272 y 1452, se comunica a los organismos públicos que las solicitudes de publicación de las normas que aprueban el TUPA o su modificación, así como de sus...

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