RESOLUCION MINISTERIAL, N° 00229-2022-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Aprueban el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios no Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Generación y Consolidación de los Centros de Servicios Digitales – CSD'-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 00229-2022-PRODUCE

Fecha de disposición01 Julio 2022
Fecha de publicación02 Julio 2022

Aprueban el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios no Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Generación y Consolidación de los Centros de Servicios Digitales – CSD”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 00229-2022-PRODUCE

Lima, 1 de julio de 2022

VISTOS: El Oficio N° 2096-2021-EF/13.01 y el Informe N° 0076-2021-EF/65.02 del Ministerio de Economía y Finanzas; el Acta de Sesión N° 5 (Virtual) del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; el Informe N° 00000051-2021-PRODUCE/DIF, el Informe N° 00000037-2022-PRODUCE/DIF.-hhuertag y el Memorando N° 00000151-2022-PRODUCE/DIF de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; los Informes N°s 00000033-2021-PRODUCE/DDF-jvelasquez, 00000002-2022-PRODUCE/DDF-jvelasquez y 00000019-2022-PRODUCE/DDF-jvelasquez de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; los Memorandos N°s 00001147-2021-PRODUCE/DVMYPE-I, 00001340-2021-PRODUCE/DVMYPE-I y 00000601-2022-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando N° 00001021-2021-PRODUCE/OGPPM y los Informes N°s 00000148-2022-PRODUCE/OGPPM, 00000258-2021-PRODUCE/OP y 00000121-2022-PRODUCE/OP de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 00000836-2021-PRODUCE/OGAJ y el Memorando N° 000344-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se creó el Fondo MIPYME Emprendedor con la finalidad de financiar fondos de garantía o afianzamiento para empresas del sistema financiero o del mercado de valores; así como incrementar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) a través de instrumentos no financieros para difusión y transferencia tecnológica, innovación empresarial y mejora de la gestión y encadenamientos productivos y acceso a mercados;

Que, el numeral 3 de la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la MIPYME, emprendimientos y Startups, dispone que el Ministerio de la Producción queda autorizado a realizar transferencias financieras, con cargo a los recursos trasferidos a su favor, hasta por la suma de S/ 125 000 000,00, a favor del Fondo MIPYME Emprendedor, creado por el artículo 30 de la Ley N° 30230. Dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular, previo informe favorable de la Oficina General de Presupuesto del pliego o...

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