RESOLUCION MINISTERIAL, N° 141-2022-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Modifican la R.M. N° 010-2022-MIMP, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio durante el Año 2022-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 141-2022-MIMP

Fecha de disposición17 Junio 2022
Fecha de publicación20 Junio 2022
MateriaDerecho Procesal

Modifican la R.M. N° 010-2022-MIMP, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio durante el Año 2022

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 141-2022-MIMP

Lima, 17 de junio de 2022

Vistos, los Informes Nº D000077-2022-MIMP-OAS y Nº D000083-2022-MIMP-OAS de la Oficina de Abastecimiento y Servicios; la Nota Nº D000242-2022-MIMP-OGA, Memorándum Nº D000274-2022-MIMP-OGA de la Oficina General de Administración; y el Informe Nº D000121-2022-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado, con arreglo a la Constitución Política del Perú, son los responsables políticos de la conducción de los sectores del Poder Ejecutivo, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normativa lo autorice;

Que, el literal e) del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables señala que una de las funciones de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es ejercer las demás funciones que le asigna la Constitución Política del Perú, las leyes, así como los reglamentos sectoriales, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no son privativas de su función de Ministro o Ministra de Estado;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencias de un órgano a otro al interior de la misma entidad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 010-2022-MIMP modificada con Resolución Ministerial Nº 098-2022-MIMP se delega durante el Año Fiscal 2022 en diversos/as funcionarios/as y servidores/as públicos/as del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aquellas facultades y atribuciones que no son privativas de el/la Ministro/a de la Mujer y poblaciones Vulnerables, conforme a lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, el numeral 34.10 del...

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