DECRETO SUPREMO, N° 066-2022-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Prórroga del Estado de Emergencia en distritos de las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; de las provincias de Tayacaja y Churcampa del departamento de Huancavelica; de la provincia de La Convención del departamento de Cusco; de las provincias de Satipo, Concepción y Huancayo del departamento de Junín; y, en el Centro Poblado de Yuveni en el distrito de Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento de Cusco-DECRETO SUPREMO-N° 066-2022-PCM

Fecha de disposición11 Junio 2022
Fecha de publicación11 Junio 2022
MateriaDerecho Público y Administrativo

Prórroga del Estado de Emergencia en distritos de las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; de las provincias de Tayacaja y Churcampa del departamento de Huancavelica; de la provincia de La Convención del departamento de Cusco; de las provincias de Satipo, Concepción y Huancayo del departamento de Junín; y, en el Centro Poblado de Yuveni en el distrito de Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento de Cusco

decreto supremo

Nº 066-2022-pcm

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 037-2022-PCM, se prorroga por el término de SESENTA (60) días calendario, a partir del 13 de abril al 11 de junio de 2022, el Estado de Emergencia en los distritos de Ayahuanco, Santillana, Sivia, Llochegua, Canayre, Uchuraccay, Pucacolpa y Putis de la provincia de Huanta y en los distritos de Anco, Ayna, Chungui, Santa Rosa, Samugari, Anchihuay, Rio Magdalena y Unión Progreso de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho; en los distritos de Huachocolpa, Surcubamba, Tintaypuncu, Roble, Andaymarca, Colcabamba y Cochabamba de la provincia de Tayacaja y en los distritos de Chinchihuasi, Pachamarca y San Pedro de Coris de la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari, Villa Kintiarina, Villa Virgen, Echarate, Megantoni, Kumpirushiato, Cielo Punco, Manitea, Unión Ashaninka y en el Centro Poblado de Yuveni del distrito de Vilcabamba, de la provincia de La Convención, del departamento de Cusco; y en los distritos de Mazamari, Pangoa, Vizcatán del Ene y Río Tambo de la provincia de Satipo, en el distrito de Andamarca de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín;

Que, por medio del Informe Técnico N° 003-22 CCFFAA/D-3/DCT (S), el Jefe de la División de Operaciones – Frente Interno del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, recomienda que los cuarenta y tres (43) distritos y el centro poblado señalados en el Anexo del artículo 1 del Decreto Supremo N° 037-2022-PCM, deben mantenerse en Estado de Emergencia, ante la continuidad de actividades terroristas y la comisión de otros ilícitos;

Que, a través del Dictamen N° 322-2022/CCFFAA/OAJ (S), el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas opina que es viable la prórroga, por sesenta (60) días calendario, del Estado de Emergencia en los cuarenta y tres (43) distritos y el Centro Poblado de Yuveni del distrito de Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento del Cusco, de conformidad con el marco normativo que regula la materia;

Que, estando a la opinión técnica y legal señaladas en los considerandos precedentes, corresponde prorrogar el Estado de Emergencia por el término de sesenta (60) días calendario en los cuarenta y tres (43) distritos y el centro poblado señalados en el Anexo del artículo 1 del Decreto Supremo N° 037-2022-PCM;

Que, el numeral 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, establece que la declaratoria y prórroga del Estado de Emergencia requiere ser aprobada mediante Decreto Supremo; asimismo, que durante el Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno, si así lo dispone el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR