RESOLUCION, N° 1055-2022-MP-FN, ORGANOS AUTONOMOS, MINISTERIO PUBLICO - Dan por concluida designación de Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de San Miguel, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de San Miguel-RESOLUCION-N° 1055-2022-MP-FN

Fecha de disposición08 Junio 2022
Fecha de publicación09 Junio 2022

Dan por concluida designación de Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de San Miguel, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de San Miguel

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

N° 1055-2022-MP-FN

Lima, 8 de junio de 2022

VISTO:

El oficio N° 100-2022-P/JNJ, cursado por Henry José Ávila Herrera, Presidente de la Junta Nacional de Justicia.

CONSIDERANDO:

Que, a través del oficio de visto, se remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia N° 038-2022-PLENO-JNJ, de fecha 29 de marzo de 2022, mediante la cual se dispuso, entre otros, imponer la sanción disciplinaria de destitución al abogado César Enrique Gonzales Quevedo, por su actuación como Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Primera Fiscalía Provincial Penal de San Miguel del Distrito Fiscal de Cajamarca.

Que, mediante oficio N° 1754-2022-DPD/JNJ, la señora Marielka Nepo Linares de Uceda, Directora de Procesos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, informa que la resolución señalada en el párrafo precedente fue notificada al abogado César Enrique Gonzáles Quevedo a su correo electrónico y casilla electrónica el 31 de marzo de 2022; así como a sus domicilios el 31 de marzo de 2022; y que, al no haberse interpuesto recurso impugnatorio contra la referida resolución, con decreto S/N del 18 de mayo de 2022 se declaró firme la misma.

Que, el artículo 2° de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley N° 30916, publicada el 19 de febrero del año 2019, establece la competencia material de la citada institución, pudiéndose apreciar entre ellas que el literal f) señala: “Aplicar la sanción de destitución a los jueces y fiscales, titulares y provisionales de todos los niveles (…)”.

Asimismo, sobre la sanción disciplinaria de destitución, el artículo 45.1 de la referida Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, específicamente sus literales d) y e), indica “d) Contra la resolución que pone fin al procedimiento solo cabe recurso de reconsideración, siempre que se acompañe nueva prueba instrumental dentro de un plazo de cinco (5) días útiles contados a partir del día siguiente de recibida la...

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