ORDENANZA, N° 18-2021-MDM, GOBIERNOS LOCALES - Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Monzón-ORDENANZA-N° 18-2021-MDM

Fecha de disposición01 Junio 2022
Fecha de publicación01 Junio 2022

Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Monzón

Ordenanza Municipal

Nº 18-2021-MDM

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MONZÓN, PROVINCIA DE HUAMALÍES, REGIÓN DE HUÁNUCO

Monzón, 6 de diciembre 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MONZÓN, PROVINCIA DE HUAMALÍES, REGIÓN HUÁNUCO, SUSCRIBE:

POR CUANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MONZÓN

VISTO:

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Ordinario de fecha 03 de diciembre del 2021, la Carta Nº 041-2021-INVERSIONES EFJA EIRL, el Informe Nº 266-2021-MDM/GPP, el Informe Legal Nº 57-2021-GAJ-MDM/OGEA, el Informe Nº 1324-201-MDM/GAYRRHH-WVG, el proveído Nº 170109-2021-GM/MDM/M-H, concernido como agenda la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Monzón; y,

CONSIDERANDO

Que, según el Artículo 194º de La Constitución Política, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Capítulo XIV sobre Descentralización — Ley Nº 27680, y posteriormente modificado por la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con éste se pronuncia el Artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, que, agrega que dicha autonomía radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, por lo que están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios;

Que, el numeral 8 del Artículo de la Ley Nº 27972...

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