RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 00179-2022-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Autorizan el viaje de profesional de la Dirección General de Investigaciones Oceanográficas y Cambio Climático del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a Chile, en comisión de servicios-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 00179-2022-PRODUCE
Fecha de disposición | 19 Mayo 2022 |
Fecha de publicación | 20 Mayo 2022 |
Autorizan el viaje de profesional de la Dirección General de Investigaciones Oceanográficas y Cambio Climático del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 00179-2022-PRODUCE
Lima, 19 de mayo de 2022
VISTOS: Los Oficios N°s 211-2022-IMARPE/DEC y 240-2022-IMARPE/DEC del Director Ejecutivo Científico del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; la Carta de Invitación de fecha 24 de marzo de 2022 del Comité Organizador del XLI Congreso de Ciencias del Mar “Las Ciencias del Mar en tiempo de cambio”; y el Informe N° 00000548-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 95, Ley del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, señala que IMARPE es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, que tiene personería jurídica de Derecho Público Interno. Constituye pliego presupuestal; sus funciones se orientan a la generación de conocimiento científico que le permiten al Estado Peruano contar con una asesoría científica veraz y oportuna para el aprovechamiento sostenible de los recursos vivos del mar y las aguas continentales;
Que, el objeto de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, es regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE;
Que, los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad y deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba