ORDENANZA, N° 470-2022-MDL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LINCE - Ordenanza que impide construcción en parque Castilla-ORDENANZA-N° 470-2022-MDL

Fecha de disposición10 Mayo 2022
Fecha de publicación18 Mayo 2022
MateriaDerecho del Medio Ambiente

Ordenanza que impide construcción en parque Castilla

ORDENANZA Nº 470-2022-MDL

Lince, 10 de mayo de 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LINCE;

POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y;

VISTO: El Registro N° E012206698, de fecha 19 de abril de 2022, presentado por los regidores Luis Esteban Delgado Sigüeñas y Karin Magali Luna Valverde; el Informe Técnico N° 005-2022-MDL-GGA/PMM, de fecha 03 de marzo del 2022, del Especialista Técnico de la Subgerencia de Operaciones Ambientales; el Informe N° 111-2022-MDL/GGA/SOA, de fecha 03 de marzo de 2022, de la Subgerencia de Operaciones Ambientales; el Informe N° 030-2022-MDL-GGA-SOA-MALJ, de fecha 29 de abril de 2022, del Coordinador de la Subgerencia de Operaciones Ambientales; el Memorando N° 00089-2022-MDL/GDU, de fecha 22 de abril de 2022, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N° 061-2022-MDL/GGA, de fecha 29 de abril de 2022, de la Gerencia de Gestión Ambiental; el Memorando N° 146-2022-MDL-GAJ, de fecha 29 de abril de 2022, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Dictamen N° 002-2022-MDL-CAL, de fecha 02 de mayo de 2022, de la Comisión de Asesoría Legal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, el artículo 40º de la precitada Ley Orgánica, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo, el inciso 8 del artículo 9º de la norma antes citada, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas;

Que, la Ordenanza N° 1391-2010 de Lima Metropolitana reconoció el 10 de junio de 2010 al parque Mariscal Castilla como Área de Reserva Ambiental por los servicios ambientales que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR