DECRETO SUPREMO, N° 007-2022-SA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud - INS-DECRETO SUPREMO-N° 007-2022-SA

Fecha de disposición13 Mayo 2022
Fecha de publicación13 Mayo 2022

Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de
Salud - INS

DECRETO SUPREMO

N° 007-2022-SA

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, se dictan medidas que fortalecen al Instituto Nacional de Salud y la rectoría del Ministerio de Salud para la prevención y control de las enfermedades, a fin de mejorar la salud pública, promover el bienestar de la población y contribuir con el desarrollo sostenible del país;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1504, el Instituto Nacional de Salud (INS) es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, administrativa, económica y financiera en el ejercicio de sus atribuciones; constituye un pliego presupuestal;

Que, en complemento de ello, el artículo 6 del referido Decreto Legislativo N° 1504 establece que el INS en materia de salud tiene competencia a nivel nacional en investigación, innovación y tecnologías en salud; en epidemias, vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria;

Que, conforme a la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1504, el Título II y los artículos 19 y 23 de la citada norma entran en vigencia al día siguiente de publicado el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud – INS;

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1504, dispone que el Ministerio de Salud, en un plazo máximo de noventa (90) días hábiles contados a partir de su vigencia, presenta ante el Consejo de Ministros, la propuesta de Reglamento de...

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