RESOLUCION JEFATURAL, N° 001721-2022-JN/ONPE, ORGANOS AUTONOMOS, OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES - Aprueban la conformación de noventa y tres (93) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de las Elecciones Regionales y Municipales 2022-RESOLUCION JEFATURAL-N° 001721-2022-JN/ONPE

Fecha de disposición04 Mayo 2022
Fecha de publicación05 Mayo 2022

Aprueban la conformación de noventa y tres (93) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de las Elecciones Regionales y Municipales 2022

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 001721-2022-JN/ONPE

Lima, 4 de mayo de 2022

VISTOS: el Memorando N° 000801-2022-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe N° 000086-2022-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe N° 003243-2022-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Por Decreto Supremo N° 001-2022-PCM se convocó a Elecciones Regionales y Municipales a desarrollarse el 2 de octubre de 2022 para la elección de gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, y a su vez, para la elección de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de la República;

De conformidad con el artículo 24 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales: “Las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales se conformarán para cada proceso electoral de acuerdo a las circunscripciones electorales y tipo de distrito electoral que regirá en el proceso en curso. El Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales establecerá el número, ubicación y organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, de acuerdo con las circunscripciones electorales que determine el Jurado Nacional de Elecciones;

En concordancia con ello, el artículo 39 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales establece el número, la ubicación y la organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Para este fin, se considera las circunscripciones electorales determinadas conforme a ley;

En ese sentido, a través de la Resolución N° 0009-2022-JNE el Jurado Nacional de Elecciones definió noventa y tres (93) circunscripciones administrativas y de justicia electoral para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022, así como los Jurados Electorales Especiales que tendrán competencia territorial sobre ellas para impartir justicia electoral en primera instancia y sus respectivas sedes;

En ese marco normativo, resulta necesario que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), autoridad máxima en la organización y ejecución del citado proceso electoral, conforme las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) a fin de asegurar la ejecución de las acciones necesarias para el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, las cuales tienen la función de dirigir, coordinar, organizar y ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales en sus respectivas jurisdicciones;

Por su parte, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone la conformación de noventa y tres (93) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, para llevar a cabo las Elecciones Regionales y Municipales 2022, precisando que la propuesta se sustenta en criterios técnicos de continuidad espacial, contigüidad, vecindad y accesibilidad geográfica;

Siendo así, corresponde emitir la Resolución Jefatural a través de la cual se aprueba la conformación de noventa y tres (93) ODPE que tendrán a cargo las Elecciones Regionales y Municipales 2022;

De conformidad con lo dispuesto por el literal c) y g) del artículo 5 y por el artículo 13 de la Ley N° 26847, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como el literal r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y adecuado mediante Resolución Jefatural N.º 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias;

Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional, de Planeamiento y...

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