ACUERDO, Nº 000027-2022-GRLL-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - Aprueban la adjudicación directa de la iniciativa privada denominada “Gran Complejo Agroalimentario La Libertad”-ACUERDO-Nº 000027-2022-GRLL-CR

Fecha de disposición06 Abril 2022
Fecha de publicación24 Abril 2022

Aprueban la adjudicación directa de la iniciativa privada denominada “Gran Complejo Agroalimentario La Libertad”

ACUERDO REGIONAL

N° 000027-2022-GRLL-CR

Trujillo, 06 de abril de 2022.

APROBAR LA ADJUDICACIÓN DIRECTA DE LA INICIATIVA PRIVADA DENOMINADA “GRAN COMPLEJO AGROALIMENTARIO LA LIBERTAD”, CONFORME A LA DECLARATORIA DE INTERÉS APROBADA MEDIANTE ACUERDO REGIONAL N° 089-2021-GR-LL/CR, DE FECHA 3 DE AGOSTO DE 2021

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria Virtual de fecha 05 de abril del 2022 VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 029-2022-GRLL-CR/COMPLAN, suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dr. David Osvaldo Calderón De Los Ríos, que contiene el Dictamen N° 007-2022-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a Aprobar la adjudicación directa de la iniciativa privada denominada “Gran Complejo Agroalimentario La Libertad”, conforme a la declaratoria de interés aprobada mediante Acuerdo Regional N° 089-2021-GR-LL/CR, de fecha 3 de agosto de 2021; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” y sus modificatorias, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la precitada Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 34° establece que “(...) Los Gobiernos Regionales crearán mecanismos para promover la inversión privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento económico regional conforme a ley”; asimismo, contempla en su artículo 45°, literal b) numeral 4, la función general de la promoción de inversiones “incentivando y apoyando las actividades del sector privado nacional y extranjero, orientada a impulsar el desarrollo de los recursos regionales y creando instrumentos necesarios para tal fin” ; y en su artículo 51° literal i) establece como funciones en materia agraria, el de “Planificar, promover y concertar con el sector privado, la elaboración de planes y proyectos de desarrollo agrario y agroindustrial”;

Que, el Decreto Legislativo N° 1362, tiene por objeto regular el marco institucional y los procesos para el desarrollo de proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociación Púbico Privada y Proyectos en Activos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2018-EF se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362 que...

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