DECRETO DE ALCALDIA, Nº 009-2022-ALC/MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Disponen que los módulos autorizados para el comercio en la vía pública, el vestuario de sus conductores y los tachos de residuos sólidos, se adecúen al logo y los colores institucionales de la municipalidad-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 009-2022-ALC/MSI
Fecha de disposición | 13 Abril 2022 |
Fecha de publicación | 20 Abril 2022 |
Materia | Derecho Público y Administrativo |
Disponen que los módulos autorizados para el comercio en la vía pública, el vestuario de sus conductores y los tachos de residuos sólidos, se adecúen al logo y los colores institucionales de la municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 009-2022-ALC/MSI
San Isidro, 13 de abril de 2022
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
VISTO: el Memorándum N°034-2022-01.1.0-GCIM/MSI, el Memorándum N° 055-2022-01.1.0-GCIM/MSI y el Memorándum N° 056-2022-01.1.0-GCIM/MSI de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional; el Informe N° 070-2022-12.3.0-SLAC-GDU/MSI, el Informe N°186-2022-12.3.0-SLAC-GDUE/MSI y el Informe Nº 209-2022-12.3.0-SLAC-GDUE/MSI de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Comerciales; el Informe Nº 16-2022-12.0.0-GDUE/MSI de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Económico; y, el Informe N° 027-2022-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en su artículo II del Título Preliminar, expresa que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 42° de la mencionada norma legal prescribe que “Los decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;
Que, el Artículo 83° de la citada Ley orgánica dispone que es función específica exclusiva de las municipalidades distritales, en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, el regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial;
Que, por...
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