RESOLUCION, N° D000041-2022-IPEN-PRES, ORGANISMOS EJECUTORES, INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR - Delegan la representación legal al/la Director/a de la Oficina de Administración del IPEN, para suscribir documentación ante el Ministerio de Energía y Minas para la obtención de la Concesión Definitiva de la Línea de Transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV Huarangal –IPEN” y otros-RESOLUCION-N° D000041-2022-IPEN-PRES
Fecha de disposición | 01 Abril 2022 |
Fecha de publicación | 01 Abril 2022 |
Delegan la representación legal al/la Director/a de la Oficina de Administración del IPEN, para suscribir documentación ante el Ministerio de Energía y Minas para la obtención de la Concesión Definitiva de la Línea de Transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV Huarangal –IPEN” y otros
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° D000041-2022-IPEN-PRES
San Borja, 31 de marzo del 202
VISTO: El Oficio N° 0388-2022-MINEM/DGE, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear, aprobado con Decreto Supremo N° 062-2005-EM, el Presidente del IPEN, ejerce las funciones de Titular del Pliego Presupuestal y la Representación Legal del Instituto;
Que, el numeral 72.1 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;
Que, el artículo 78 de la norma antes citada, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;
Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones acotado, señala que la Oficina de Administración es el órgano de apoyo responsable de conducir los Sistemas Administrativos de Personal, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Control Patrimonial y lo relacionado con el mantenimiento y los servicios internos de la Institución; orientados a proveer a las unidades orgánicas los recursos necesarios para asegurar una...
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