RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000108-2022-P-CSJLI-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Establecen disposiciones relativas a la realización de labores del personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000108-2022-P-CSJLI-PJ

Fecha de disposición30 Marzo 2022
Fecha de publicación31 Marzo 2022

Establecen disposiciones relativas a la realización de labores del personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima

Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000108-2022-P-CSJLI-PJ

Lima, 30 de marzo del 2022

VISTOS:

El Decreto Supremo N° 030-2022-PCM y la Resolución Administrativa N° 000113-2022-CE-PJ del 28 de marzo de 2022; y,

CONSIDERADOS:

  1. El Poder Ejecutivo por medio del Decreto Supremo N° 030-2022-PCM1 prorrogó el Estado de Emergencia Nacional declarado por Decreto Supremo N° 016-2022- PCM, por el plazo de 30 días calendario, a partir del 1 de abril de 2022, por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19.

  2. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante la Resolución Administrativa N° 000113-2022-CE-PJ ha dispuesto las siguientes medidas:

    Artículo Primero. - Prorrogar del 1 al 30 de abril de 2022, la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa N° 000146-2020-CE-PJ.

    Artículo Segundo

    2.1 Las labores de jueces y juezas se desarrollarán conforme a lo siguiente:

    2.1.1 Los jueces y juezas realizarán trabajo presencial diario, considerando que tienen despacho privado que garantiza las medidas de bioseguridad establecidas; debiendo las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia adoptar las medidas necesarias para dicho fin.

    2.1.2. Los jueces y juezas que no cuenten con el esquema de vacunación completan Covid-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la respectiva Corte, efectuarán trabajo remoto conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ.

    2.2 Las labores del personal jurisdiccional y administrativo se realizarán en forma presencial diaria, que se completará con trabajo remoto.

    Para preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos, mañana y tarde; modificándose en este extremo el protocolo mencionado en el artículo precedente:

    2.2.1 Primer turno: de 07:45 a 12:45 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto.

    2.2.2 Segundo turno: de 13:30 a 18:30 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto.

    2.2.3 El trabajo presencial se realizará obligatoriamente como mínimo cinco horas diarias.

    2.2.4 El citado horario de trabajo presencial excepcionalmente se podrá fijar en ocho horas diarias por la Presidencia del Poder Judicial y los/las presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, de acuerdo a la realidad y ubicación geográfica y garantizándose las condiciones de aforo y distanciamiento social; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Sin perjuicio de adoptarse los mecanismos para el control adecuado del ingreso y salida del personal jurisdiccional y administrativo.

    2.2.5 El trabajo remoto complementario se desarrollará según lo indicado en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE PJ; y será coordinado con el/la jefe/a inmediato.

    2.2.6 El personal jurisdiccional y administrativo que no cuenten con el esquema de vacunación completa Covid-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la respectiva Corte, efectuarán trabajo remoto en el horario de...

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