DECRETO DE ALCALDIA, Nº 001-2022, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS - Prorrogan vigencia del plazo para la presentación de la declaración jurada de Autovaluo, del vencimiento de la primera cuota de Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2022, y del plazo establecido en el literal a) de la segunda disposición complementaria y final de la Ordenanza N° 542-CDLO prorrogado mediante Ordenanza N° 547-2022/CDLO-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 001-2022
Fecha de disposición | 23 Marzo 2022 |
Fecha de publicación | 26 Marzo 2022 |
Prorrogan vigencia del plazo para la presentación de la declaración jurada de Autovalúo, del vencimiento de la primera cuota de Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2022, y del plazo establecido en el literal a) de la segunda disposición complementaria y final de la Ordenanza N° 542-CDLO, prorrogado mediante Ordenanza N° 547-2022/CDLO
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2022
Los Olivos, 23 de marzo de 2022
VISTOS: El Informe N° 087-2022-MDLO/GATyR/SGR de la Subgerencia de Recaudación, Informe N° 009-2022-MDLO/GATyR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Proveído N° 420-2022 GM de la Gerencia Municipal, Informe N° 059-2022-MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído N° 443-2022 GM de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, estipula que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal;
Que, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, y sus modificatorias establece que: “El plazo para el pago de la deuda Tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria”;
Que, según establece el artículo 88° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto...
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