RESOLUCION, N° 0212-2022-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcaldesa y regidor de la Municipalidad Distrital de Huaripampa, provincia de Jauja, departamento de Junín-RESOLUCION-N° 0212-2022-JNE

Fecha de disposición25 Marzo 2022
Fecha de publicación25 Marzo 2022

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcaldesa y regidor de la Municipalidad Distrital de Huaripampa, provincia de Jauja, departamento de Junín

Resolución Nº 0212-2022-JNE

Expediente Nº JNE.2022002587

HUARIPAMPA - JAUJA - JUNÍN

VACANCIA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO

Lima, veintitrés de marzo de dos mil veintidós

VISTO: el Oficio Nº 048-2022-A/MDH/J, presentado el 21 de marzo de 2022, con el cual doña Giovana Gandy Mayta Cárdenas, alcaldesa (e) de la Municipalidad Distrital de Huaripampa, provincia de Jauja, departamento de Junín (en adelante, señora alcaldesa encargada), remitió documentación relacionada con la declaración de vacancia de don Edilberto René Yanqui Vasco, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde).

PRIMERO. ANTECEDENTES

1.1. A través del Oficio Nº 048-2022-A/MDH/J, la señora alcaldesa encargada comunicó que, en la sesión extraordinaria de concejo, del 14 de marzo de 2022, los miembros del Concejo Distrital de Huaripampa aprobaron la vacancia del señor alcalde por muerte, causa prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

1.2. Adjuntó los siguientes documentos:

  1. Acta de Sesión Extraordinaria Nº 004-2022/MDH/CM, del 14 de marzo de 2022, en la que el concejo aprueba la declaración de vacancia del señor alcalde.

  2. Certificado de defunción general del señor alcalde, del 14 de marzo de 2022.

Sin embargo, no acompañó el comprobante de pago de la respectiva tasa electoral.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la LOM

1.1. El numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, precisa que el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

1.2. El numeral 1 del artículo 22 prescribe que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en caso de muerte.

1.3. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, dispone:

En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.

En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:

  1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.

  2. A los regidores, los suplentes, respetando...

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