INVESTIGACION, DEFINITIVA Nº 026-2014-UCAYALI, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Imponen la medida disciplinaria de destitución a Secretario Judicial del Juzgado Laboral de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali-INVESTIGACION-DEFINITIVA Nº 026-2014-UCAYALI

Fecha de disposición19 Marzo 2022
Fecha de publicación19 Marzo 2022

Imponen la medida disciplinaria de destitución a Secretario Judicial del Juzgado Laboral de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali

INVESTIGACIÓN DEFINITIVA

N° 026-2014-UCAYALI

Lima, once de agosto de dos mil veintiuno.-

VISTA:

La Investigación definitiva número cero veintiséis guión dos mil catorce guión Ucayali que contiene la propuesta de destitución del señor Tedi Aurelio Bastos Morales, por su actuación como Secretario Judicial del Juzgado Laboral de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución número veintiocho del cinco de octubre de dos mil veinte; de fojas trescientos ochenta y uno a trescientos ochenta y seis.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el inciso treinta y ocho del artículo siete del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa número ciento diez guión dos mil dieciséis guión CE guión PJ, establece que es función del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: “Resolver en primera instancia administrativa las propuestas de destitución y separación formuladas por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial contra Jueces de Paz y Auxiliares Jurisdiccionales”.

Segundo. Que, en mérito a la resolución número veintiocho del cinco de octubre de dos mil veinte, de fojas trescientos ochenta y uno a trescientos ochenta y seis, corresponde resolver la propuesta de destitución formulada por la Jefatura Suprema de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial contra el señor Tedi Aurelio Bastos Morales, por su actuación como Secretario Judicial del Juzgado Laboral de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali, a quien se le atribuye el siguiente cargo:

“(…) habría incurrido en infracción a la norma sobre incompatibilidad para patrocinar, por razón de función, establecida en el artículo 287.7° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, incurriendo en falta muy grave, prevista en el artículo 10.2 del Reglamento del Régimen Disciplinario de Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial relativo a “Ejercer asesoría legal pública o privada, salvo en los casos exceptuados por ley”, con respecto a los documentos “Demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio listo.doc” y “Grimaldo. doc”.

Tercero. Que, el servidor judicial Tedi Aurelio Bastos Morales, en su escrito de descargo del quince de mayo de dos mil quince, de fojas ciento ochenta y dos a ciento ochenta y cuatro, reconoce que redactó el documento “Grimaldo.doc”, en su hogar, y solo fue un modelo que brindó a los familiares de su primo hermano, pero niega haber asesorado, nunca se presentó a ninguna institución el documento; por lo tanto, no se puede decir que su persona presentaba asesoramientos externos, respecto al documento de nombre “Demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio listo.doc”, niega la autoría del mismo, ya que no tiene nada que ver con su familia, sostuvo que se debe tener en cuenta la fecha de creación del documento, esto es dos mil seis (fecha donde no trabajaba en el Poder Judicial) y modificado en el dos mil trece (fecha en que no laboraba en el juzgado). No ofreció medios de prueba.

Cuarto. Que, a partir del análisis de los medios de prueba, se confirman los hechos siguientes:

4.1. Acta de revisión de equipo de cómputo del Juzgado Laboral de Coronel Portillo de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, de fojas cuatro a seis del once de setiembre de dos mil trece, con lo cual se demuestra:

  1. El equipo estuvo asignado a la servidora Amada Ana Lozana Berrios: computadora marca Dell, modelo Optiplex setecientos sesenta, serie cuatro cinco SMK uno, con código patrimonial siete cuatro cero ocho nueve nueve cinco cero SQBR, código de inventario dos uno nueve seis nueve cuatro.

  2. En el equipo en mención, se hallaron los siguientes documentos: Documento 1: Nombre del documento: Demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio listo.doc y Documento 2: Nombre del documento: Grimaldo. Doc.

    4.2. Declaración indagatoria de Amanda Ana Lozano Berrios, de fojas siete y ocho, prueba que:

  3. A partir del dos de setiembre de dos mil trece se asignó a Amanda Ana Lozano Berrios, Secretaria Judicial del Juzgado Especializado Laboral de la provincia de Coronel Portillo, un equipo de cómputo.

  4. Dicho equipo de cómputo estuvo asignado al investigado Tedi Bastos Morales, quien laboró en el Juzgado desde el dieciséis de abril hasta el siete de agosto de dos mil trece.

    4.3. Copia simple del escrito del veintiocho de marzo de dos mil trece de fojas diez, acredita que:

  5. El escrito fue dirigido al dirigido al Director del Instituto Nacional Penitenciario de Pucallpa- INPE

  6. Mediante dicho escrito “Solicito: copias certificadas de Ingresos y Traslado de Penal”.

  7. En la parte final del escrito aparece el nombre del servidor Tedi Aurelio Bastos Morales, sin su firma.

    4.4. Impresión de captura de pantalla del equipo de cómputo, de fojas once a catorce, prueba que:

  8. En la carpeta C:/Documents and Settings/TECNICO/Escritorio/tedito, se encontró el archivo de nombre “grimaldo. doc” (Tamaño 25KB, fecha de modificación veintiocho de marzo de dos mil trece a las diez horas y once minutos, de la mañana, fecha de creación veintidós de mayo de dos mil trece a las diez horas con dieciséis minutos, con tipo de documento Microsoft Word).

  9. El hallazgo del escrito dirigido al Instituto Nacional Penitenciario Pucallpa (Nombre MS-DOS: grimaldo.doc. creado: miércoles veintidós de mayo de dos mil trece a horas diez horas con dieciséis minutos veinticinco segundos, modificado el jueves veintiocho de marzo de dos mil trece, a diez horas once minutos cuarenta y dos segundos, de la mañana, ultimo acceso: miércoles, veintidós de mayo de dos mil trece, a las diez horas dieciséis minutos veinticinco segundos).

    4.5. Copia simple del escrito del veintidós de abril de dos mil trece de fojas quince a veintiuno, demuestra que:

    El escrito fue dirigido al...

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