RESOLUCION, Nº 00015-2022-OEFA/PCD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL - Aprueban la “Tabla de Arancel de Costas y Gastos procesales de los procedimientos coactivos seguidos por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”-RESOLUCION-Nº 00015-2022-OEFA/PCD

Fecha de disposición16 Marzo 2022
Fecha de publicación18 Marzo 2022

Aprueban la “Tabla de Arancel de Costas y Gastos procesales de los procedimientos coactivos seguidos por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”

Resolución de Presidencia

del Consejo Directivo

Nº 00015-2022-OEFA/PCD

Lima, 16 de marzo de 2022

VISTO: El Informe Nº 00009-2022-OEFA/COAC-OAD, elaborado conjuntamente por la Oficina de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; y, la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental;

Que, el Numeral 11.1 del Artículo 11º de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, la Ley del SINEFA), establece que el ejercicio de la fiscalización ambiental, a cargo del OEFA, comprende las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción destinadas a asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados bajo el ámbito de su competencia;

Que, la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley del SINEFA, modificada por la Ley Nº 30011, establece que el OEFA se encuentra facultado para realizar la cobranza coactiva de sus acreencias de conformidad con la legislación de la materia; así como para aprobar el arancel aplicable al procedimiento de Ejecución Coactiva mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo;

Que, el Literal e) del Artículo 115º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF (en adelante, el TUO del Código Tributario), dispone que se considera deuda exigible las costas y los gastos en que la Administración hubiera incurrido en el procedimiento de cobranza coactiva;

Que, el segundo párrafo del Artículo 115º del TUO del Código Tributario, establece que para el cobro de las costas, se requiere que éstas se encuentren fijadas en el arancel de costas del...

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