RESOLUCION MINISTERIAL, N° 062-2022-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Incorporan el literal h) al numeral 3.1 del artículo 3 de la R.M. N° 275-2021-TR, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el Ejercicio Fiscal 2022-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 062-2022-TR

Fecha de disposición17 Marzo 2022
Fecha de publicación18 Marzo 2022
MateriaDerecho Procesal

Incorporan el literal h) al numeral 3.1 del artículo 3 de la R.M. N° 275-2021-TR, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el Ejercicio Fiscal 2022

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 062-2022-TR

Lima, 17 de marzo de 2022

VISTOS: La Hoja de Elevación N° 0035-2022-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 0186-2022-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, establece en su parte final, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa lo autorice;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, señala que el/la Ministro/a de Trabajo y Promoción del Empleo es la más alta autoridad política del Sector Trabajo y Promoción del Empleo; asimismo, el numeral 11.4 del mismo artículo, establece que el/la Ministra puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tiene siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 275-2021-TR, Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el Ejercicio Fiscal 2022, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo delega determinadas facultades y atribuciones en diversos funcionarios durante el Ejercicio Fiscal 2022;

Que, el numeral 27.3 del artículo 27 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral N° 014-2021-EF/54.01, dispone que las modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) son presentadas al Área involucrada en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público (CAP) quien gestiona su aprobación ante el Titular de...

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